Pensión de viudedad: requisitos

Pensión de viudedad: requisitos

La pensión de viudedad es, después de la de jubilación, la que más se percibe en España. Sin embargo, no es tan fácil como parece. La pensión de viudedad y sus requisitos son bastante exigentes, y no solo afectan a la persona que sobrevive, sino que también se la condiciona al fallecido.

Si quieres conocer cuáles son los requisitos de la pensión de viudedad, qué debes tener en cuenta y, sobre todo, lo relacionado con esta pensión, a continuación te damos todos los datos.

Qué es la pensión de viudedad

Según la Seguridad Social, la pensión de viudedad se conceptualiza como aquella prestación a la que «tenemos derecho cuando nuestra pareja ha fallecido». Sin embargo, es una definición que no abarca todos los supuestos que pueden ocurrir. Y es que, por ejemplo, las parejas de hecho no inscritas también pueden recibir la pensión de viudedad, lo mismo que hombres y mujeres separados que han tenido una relación con esa persona fallecida.

Así, la pensión de viudedad se pueden entender como una cantidad de dinero mensual que se recibe por la pérdida de una persona que ha sido pareja antes o en el momento del fallecimiento, independiente de que exista un vínculo matrimonial o civil entre ambas personas.

Pensión de viudedad: requisitos del fallecido y el superviviente

Pensión de viudedad: requisitos del fallecido y el superviviente

Una vez que ya sabes lo que es la pensión de viudedad, necesitas conocer cuáles son los requisitos, ya que tanto el fallecido como la persona que le sobrevive, tienen que cumplir unas condiciones para conseguir beneficiarse de esta prestación. ¿Y cuáles son?

Los requisitos de la persona fallecida

A la hora de determinar si una persona puede o no recibir la pensión de viudedad hay que tener en cuenta cuál era la situación en que se encontraba el fallecido. En otras palabras, si el fallecido cumplía los requisitos para reconocerle a su viudo o viuda el percibir la pensión.

Entre ellos, están:

  • Haber cotizado antes de su fallecimiento al menos 500 días. De hecho, ha de haberlos hecho al menos 5 años antes de fallecer, siempre que sea por enfermedad común. Si la muerte ha sobrevenido por una enfermedad profesional o por un accidente, entonces no se exige ese periodo de cotización. Si el trabajador no estaba dado de alta (por ejemplo porque estuviera en el paro), sí necesitará haber cotizado 15 años, de lo contrario, no podrá dejarle a su viudo o viuda una pensión.
  • Ser pensionista o jubilado. Es decir, aunque no se esté dado de alta en la Seguridad Social, estas dos condiciones sí que se asimilan al alta, y por tanto dan derecho a beneficiarse de una prestación de viudedad. Lo mismo que si se estuviera en riesgo durante el embarazo, maternidad o paternidad, riesgo durante la lactancia… Ahora bien, es necesario tener el periodo de cotización; de lo contrario tampoco se podría tramitar.

Pensión de viudedad: requisitos del beneficiario

Pensión de viudedad: requisitos del beneficiario

Además de lo que hemos visto antes, los beneficiarios han de cumplir una serie de requisitos para poder optar a la pensión. En concreto, los que ellos tienen son:

  • Que el matrimonio haya durado al menos un año.
  • Tener hijos en común.
  • Disfrutar de una pensión compensatoria por estar separados o divorciados (y que no haya un nuevo matrimonio o unión de hecho).

Esto no quiere decir que se deban cumplir los tres requisitos, sino uno al menos.

En el caso de que, en el momento del fallecimiento, la pareja estuviera separada o divorciada, si es antes de 2008, entonces se tiene derecho a la pensión de viudedad si se dan estos casos: han pasado menos de 10 años de la separación o divorcio, el matrimonio duró un mínimo de 10 años, hay hijos en común, o se tienen más de 50 años. Incluso los mayores de 65 que no tengan otra pensión pueden acceder a ella, siempre que demuestren que el matrimonio duró un mínimo de 15 años.

Ahora bien, en el caso de las parejas de hecho, tras la sentencia número 480/2021, de 7 de abril, de la Sala de Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, aquellas que no estén inscritas, pero sí puedan demostrar que se ha compartido techo con esa persona fallecida, pueden optar a esta prestación. Además, hay que demostrar que los ingresos anuales no son superiores al 50% del total de la pareja, o del 25% en caso de que haya hijos.

Por ley, también se les reconoce el derecho a percibir esta pensión siempre que cumplan:

  • El estar inscritos dos años antes de que sobrevenga el fallecimiento.
  • Que son convivientes durante, al menos, cinco años antes de la muerte de uno de ellos.
  • Que en esos cinco años previos ninguno estaba casado o separado de otra persona (si es el caso la pensión podría dividirse entre las parejas).

Cuánto se cobra de pensión de viudedad

Cuánto se cobra de pensión de viudedad

Otra de las grandes dudas que se tienen sobre la pensión de viudedad es la cuantía que se recibe una vez que se cumplen con los requisitos que nos piden.

Has de saber que la pensión de viudedad, dependiendo de los requisitos, será más o menos generosa.

Por norma general, se recibe el 52% de la base reguladora.

Sin embargo, hay casos en los que se puede recibir el 70%. ¿Cuándo? Pues:

  • Cuando se tienen cargas familiares: hijos o acogidos menores de 26 años o mayores de esa edad pero discapacitados (al menos el 33%).
  • Los rendimiento de la unidad familiar no superan el 75% del salario mínimo interprofesional anual, quitando las pagas extras.
  • La pensión es la principal fuente de ingresos de la familia. Es decir, que no se recibe otro salario, ya sea económico o en especie.
  • Los rendimientos anuales no deben superar, con la pensión, el límite establecido por ley.

También la ley establece una serie de cuantías máximas y mínimas de pensión de viudedad, siendo la máxima de 2.707,49 euros. De todas formas, has de tener en cuenta que, si se recibe una prestación o salario, la pensión de viudedad suele reducirse mucho más allá del mínimo en muchos casos.

Como ves, obtener la pensión de viudedad no es tan fácil como parece, y es que los requisitos no solo debe cumplirlos la persona que “sobrevive”, sino que también el fallecido debe haber cumplido los requisitos que abren la posibilidad al beneficiario para recibirla. ¿Te quedan dudas acerca de los requisitos de la pensión de viudedad?


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