¿Qué son las pagas extras prorrateadas?

Qué son las pagas extras prorrateadas

Como sabes, el Estatuto de los trabajadores (E.T.) establece como obligación que los trabajadores tienen derecho a un mínimo de dos pagas extraordinarias: una en Navidad y otra según el mes en que se fije por la empresa, aunque suele ser en junio o en julio. Pero, ¿qué son las pagas extras prorrateadas?

Haces bien en pensar que están relacionadas con las pagas extras, pero, ¿alguna vez has pensado cómo funciona ese prorrateo? ¿O a qué nos referimos exactamente? De todo eso es de lo que queremos hablarte a continuación. ¿Empezamos?

Qué son las pagas extras prorrateadas

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Siguiendo el hilo con el que hemos empezado este artículo, tenemos dos pagas extras mínimo. Se reciben en Navidad y en junio-julio. Pero hay trabajos y empresas que no las pagan así. En realidad, ellos determinan lo que se llamarían las pagas extras prorrateadas. ¿Y qué quiere decir?

Pues, en lugar de recibir dos veces al año esas pagas extra, lo que se hace es que se reciben mes a mes. Dicho de otra manera, cada mes recibes lo que te corresponde por tu salario pero, también, un «extra» que sería la parte proporcional de esas pagas.

Por ejemplo, vamos a pensar en dos supuestos: por un lado, un trabajador que cobra 1500 euros al mes. Por otro, un trabajador que cobra 1100 euros.

Mes a mes, cada uno cobraría ese dinero. Ahora bien, ambos tienen derecho a sus dos pagas extras. El primero las recibe prorrateadas, lo que implica que mes a mes recibe un “extra” junto a su sueldo; el segundo, en su fecha concreta (una en Navidad y otra en junio).

Imagina que es diciembre. Por ley tocaría recibir una paga extra. De tal forma que, el segundo trabajador recibe 1100 euros de su salario de diciembre más 1100 euros de su paga extra.

¿Y el primero? Al estar prorrateadas esas pagas extra, no recibiría dos pagos de 1500 euros, sino que le pagarían su sueldo, 1500, y el prorrateo de esas pagas, es decir, 1500 + 1500 (por las dos pagas) dividido entre 12 (meses del año). Lo que nos da que recibirá 1500 euros más 250 euros.

Por supuesto, las pagas extras a veces no son de igual cuantía que la nómina, sino que tienen en cuenta el sueldo base. O bien, por convenio colectivo, se puede establecer una cuantía superior a ese mínimo.

¿Se pueden prorratear las pagas extras? ¿No sería ilegal por el E.T.?

Según el artículo 31 del Estatuto de los trabajadores:

«El trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores. Igualmente se fijará por convenio colectivo la cuantía de tales gratificaciones.
No obstante, podrá acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce mensualidades».

Por tanto, sí, las pagas extras se pueden prorratear pero, para hacerlo, es necesario que se haya acordado y registrado por convenio colectivo. Y, aunque legalmente una de esas pagas tiene una fecha concreta para ser recibida (Navidad), la propia ley establece que puede fijarse el prorrateo de ambas.

Ahora bien, como por convenio colectivo se pueden establecer otras condiciones (incluso recibir hasta cuatro pagas extras), también se puede establecer el caso de que solo se prorratee una paga extra y se reciba otra íntegra en Navidad. No es lo normal, pero podría podría ocurrir.

Cómo se calcula la prorrata de las pagas extras

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Por ley, se dice que las pagas extras no serán inferiores nunca a 30 días de salario base o, como mínimo, el salario mínimo interprofesional. Esto quiere decir que como mínimo tendrás ese dinero extra; pero por convenio colectivo o por acuerdo con la empresa, tus pagas extras podrían ser superiores o incluso recibir más pagas.

¿Y siempre se recibe ese mínimo? En realidad no. Hay dos supuestos en los que la paga extra puede ser inferior:

  • Cuando se está en ERTE.
  • Cuando hay una incapacidad o baja médica.

Ahora bien, una vez se establece el valor de las pagas extras (que será el mismo valor para ambas), la prorrata se realiza con un cálculo muy sencillo.

Por un lado, sumamos dos veces la cifra de las pagas. Y con ese nuevo valor, dividimos entre 12 meses. Esa cifra será la que se sume al salario base mensual de las nóminas.

Para ponértelo más fácil.

Imagina que la paga extra es de 1200 euros. Si sumamos dos veces esa cifra obtenemos 2400 euros. Ahora, dividimos entre 12, lo que nos da 200 euros al mes.

Por tanto, si el sueldo del trabajador es de 1100, en realidad lo que cobraría mes a mes (sin trienios, ni otras gratificaciones), sería de 1100 más 200, es decir, 1300 euros.

¿Qué es mejor: el prorrateo de las pagas o recibirlas íntegras?

hombre con dinero en la mano

Para finalizar, una pregunta que puedes hacerte tiene que ver con el momento en que se reciben las pagas extras. Realmente, no es mejor ni una cosa ni otra. Primero, porque se va a recibir la misma cantidad de dinero, ya sea de un vez o por mensualidades. Y segundo, porque la elección no le corresponde al trabajador.

Los trabajadores no deciden cuándo recibir las pagas sino que eso está establecido por convenio colectivo y, en caso de que no haya ninguna referencia a ello, la empresa no puede prorratear las pagas, sino que tendrá que cumplir con la legalidad y dar 14 pagas al año.

Solo en caso de que se despida a un trabajador, este pasaría a cobrar en el finiquito la parte proporcional de sus pagas extras. El resto, tendrían que esperar a Navidad y a junio o julio para recibirlas.

Ahora que ya sabes qué son las pagas extras prorrateadas podrás fijarte si en la nómina aparecen como tales o no. Si no es así, y en los meses habituales en que se deben pagar no las recibes, ya sabes que puedes denunciar porque es un derecho de todos los trabajadores por cuenta ajena. ¿Tienes alguna duda más sobre estas pagas?


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