Modelo 037, ¿para qué sirve este documento?

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Si eres un trabajador por cuenta propia te interesará mucho esta información. Porque incluso te evitará que tengas que visitar a gestor para que te explique la mecánica de este importante documento. Porque en efecto, los autónomos deben realizar una serie de trámites administrativos para poder desarrollar su actividad profesional. Y uno ellos es el modelo 037, del que muchas veces habrás nombrado pero que no sabes realmente para que sirve y como debes formalizarla correctamente para que no tengas problemas con los órganos tributarios de nuestro país.

Pues bien, en primer lugar debes saber que el modelo 037 es el documento con el que debes darte de alta en Hacienda precisamente para convertirte en trabajador por cuenta propia o autónomo. Porque en el preciso de cumplimentarlo te estarás dando de alta en el censo de empresarios. ¿Esto qué quiere decir en la práctica? Pues algo tan sencillo como que a partir de este momento ya estarás en disposición de ejercer tu actividad profesional. Además, evitarán que en el futuro tengas alguna que otra complicación con tus cuentas ante las instituciones tributarias.

No obstante es muy frecuente entre los usuarios que se confundan entre lo que es el modelo 037  y el 036. Aun siendo prácticamente el mismo documento su principal diferencia radica en que el modelo 037 es el simplificado. Pero mucho cuidado, porque no todas las personas pueden optar por su formalización. Si no que por el contrario, si tus intenciones es constituirte como pequeño y mediano empresario no podrás usarlo. Es decir, tendrás que cumplimentar el otro, el modelo 038. Se trata de una pequeña matización que deberás plantearte desde un principio.

Condiciones para el modelo 037

De todas formas, para hacer efectivo este trámite administrativo no tendrás otra solución que cumplir con una serie de requisitos que te vamos a exponer a continuación. Y sin los cuales no podrás optar por formalizar este modelo del alta censal en Hacienda.

  • Ser residente en España, sea cual fuese tu nacionalidad.
  • Tener el número de identificación fiscal (NIF).
  • No tener la condición de gran empresa bajo ningún concepto.
  • No actuar mediante representante o alguna figura que lleve los asuntos profesionales.
  • Será completamente necesario que el domicilio fiscal y el de gestión administrativa coincidan.
  • No estar incluido en alguno de los regímenes especiales del IVA.
  • Y por último, no realizar determinadas adquisiciones no sujetas al impuesto las adquisiciones intracomunitarias de bienes.

¿Quiénes deber formalizarlo?

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En cualquier caso, estarás obligado a cumplimentar el modelo 037, o en su defecto el 036, si eres una persona física, empresario o profesional, que vas a desarrollar cualquier clase de actividad económica dentro del territorio nacional. Siempre que reúnas los requisitos expuestos anteriormente. Para ello, dispondrás de un mes como plazo para  su cumplimentación. Por otra parte, este será el mismo periodo de tiempo que tendrás para causar baja en el censo de registro. No en vano, la vulneración de estos plazos conlleva unas penalizaciones que debes contemplar para asumirlas.

En la primera página de este documento deben entrar los datos relativos a las causas por las que deseas darte de bajo, baja o incluso otras clase de modificaciones en el censo empresarial. Mientras que en la segunda el contenido es más técnico. Es decir, la obligación de realizar el pago fraccionado y de qué forma tributarás el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF). En donde deberás dejar muy claro si será en formato normal o simplificado. No es muy complicado de formalizarlo, pero quizás requieras del asesoramiento de un profesional que te ayude a canalizar este trámite administrativo.

Regímenes aplicables en el 037

El siguiente paso que tendrás que formalizar a partir de estos momentos es el referente a las actividades en la que estará vinculadas tus tareas laborales. Es este sentido, no olvides que los regímenes aplicables que se muestran en el modelo 037 son varios y de diversa naturaleza y que son los siguientes que te exponemos a continuación:

  • General.
  • Régimen especial recargo de equivalencia.
  • Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.
  • Régimen general simplificado.
  • Régimen especial del criterio de caja.

Ya solamente te quedará formalizar la tercera y última página que es quizás la más compleja para buena parte de los trabajadores por cuenta propia. Esto es debido a que está dedicada a las retenciones e ingresos a cuenta. Así como a la especificación de la actividad que vas a desarrollar a partir de ahora. Es decir, no tendrás más remedio que apuntar el epígrafe del impuesto de actividades económicas en donde esté ubicada tu iniciativa profesional. Por otra parte, deberás notificar a Hacienda las retenciones e ingresos de tus cuentas profesionales, con sus correspondientes declaraciones trimestrales.

Con respecto al IRPF e IVA

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Desde luego que en este apartado fiscal, en donde se indicará si la empresa está incluida en el método de estimación directa (normal o simplificada). Por otra parte, se utilizará la casilla 600 para empresarios individuales o la 601 para los miembros de una entidad en régimen de atribución de rentas. Por lo que respecta a otro de las tasas, el IVA, el declarante deberá indicar si realiza exclusivamente operaciones no sujetas o exentas que no obligan a presentar autoliquidación periódica.

Otro de los aspectos a tener en este apartado es el referente al régimen aplicable a cada una de las actividades económicas que desarrolle el sujeto pasivo del IVA. Para que no haya ninguna clase de errores en su identificación será necesario que se desarrolle de acuerdo con las normas y la clasificación del Impuesto sobre Actividades Económicas. Será uno de los apartados más complicados de cumplimentar y que necesitarás de un correcto asesoramiento para cumplir con tus obligaciones para darte de alta en el censo empresarial. En especial, si es la primera vez que lo pones en práctica.

Actividades empresariales

Será otro módulo de especial importancia y que deberás cumplimentar en todos los casos. No en vano, es el que identificará a que sectores profesionales estarás vinculado a partir del momento en que has decidido constituirte en un trabajador por cuenta propia o autónoma. En este sentido, incorporan varias secciones que van precedidas de un número que es el que te ayudará a identificarlo de la forma más rápida posible. De cualquier forma, no será un proceso excesivamente complejo y desde luego menor que el apuntado en los apartados anteriores.

En este sentido, desde el ministerio de Hacienda se ha ordenado a las empresas según a las diversas actividades que se pueden dedicar. Clasificadas, por tanto en las siguientes secciones que te exponemos a continuación y que servirán para que rellenes correctamente el modelo 037 que estamos tratando en este artículo.

  1. Actividades empresariales: son las ganaderas independientes, industriales, comerciales, de servicios y mineras
  2. Actividades profesionales: son aquellas denominadas profesiones liberales, que están avaladas por unos estudios, muchas de ellas colegiadas y que  son siempre prestaciones de servicios y no venta de productos. Se realizan individualmente
  3. Actividades artísticas: relacionadas con el cine, teatro, circo, con el baile, con la música, con el deporte y con los espectáculos taurinos. Se realizan individualmente.

Identificar la línea de negocio

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Tendrás que captar dentro de estas actividades cuál es el realmente la tuya. Para que de esta forma, estés en perfectas condiciones de darte de alta como trabajador por cuenta propia. Si tuviese alguna duda a este respecto es realmente aconsejable que te dirijas a los órganos del ministerio para que aclaren en donde debe estar ubicada tu empresa o actividad profesional. Porque puede pasar, como sucede con algunos autónomos, que te inscribas en una actividad a la que no pertenezcas. Esto puede traerte graves consecuencia para todo el proceso de alta en el censo empresarial.

El modelo 036, por el contrario, aunque muy parecido con el 037 presenta algunas diferencias que te conviene conocer desde estos precisos momentos. No en vano, se trata del modelo de declaración de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores en régimen ordinario o general. Además de funcionar para los autónomos, también se emplea para formar sociedades. Este es un dato que conviene saberlo para su correcta formalización. En cualquier caso, es un modelo estándar y el más completo para darse de alta en Hacienda.

Notificaciones de cambios en los datos

En unas situaciones será más recomendable que utilices uno u otro modelo, en función de la actividad que vayas a desarrollar en cada momento. Porque si lo que deseas hacer es ventas online, por ejemplo, el documento que deberás rellenar es el 036 ya que es el incluye estas opciones en el desarrollo de tu profesión. Por otra parte, no te quedará más remedio que notificar cualquier variación o cambio a Hacienda. Como por ejemplo, aquellos relativos a los datos identificativo, domicilio fiscal u otros de similares características.

Por otra parte, otro aspecto a tener en cuenta es que el mismo modelo también te servirá para declarar la baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Por último, en caso de albergar alguna clase de dudas entre el modelo 036 y 037, desde los órganos ministeriales te explicaran las principales diferencias entre ellos. Puede que en algún que otro momento lo necesites.


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