Certificado de últimas voluntades

certificado de ultimas voluntades

El certificado de últimas voluntades tiene un nombre que puede llevar a equívoco. Y es que, para empezar, este documento se debe pedir una vez ha fallecido una persona. El objetivo es saber si esta hizo testamento y quién es la persona que lo conserva.

Entonces, ¿qué es realmente el certificado de últimas voluntades? Te explicamos su concepto, quién lo solicita y los pasos para pedir el certificado, así como lo que debes pagar por él.

Qué es el certificado de últimas voluntades

Qué es el certificado de últimas voluntades

El certificado de últimas voluntades también se conoce como Actos de última voluntad. Se trata de un documento en el que se aclara si la persona que ha fallecido ha dejado testamento y, en caso afirmativo, muestra quién es el notario que tiene este.

El documento es muy importante debido a que los herederos pueden conocer así la existencia de un testamento y también quién es el notario que lo tiene para obtener una copia autorizada del mismo.

Quién puede pedir el certificado de últimas voluntades

Quién puede pedir el certificado de últimas voluntades

Al contrario de otros documentos, donde han de ser específicamente los herederos los que los soliciten, el certificado de últimas voluntades puede pedirlo cualquier persona siempre que cuente con la documentación pertinente, esto es el certificado de defunción y un justificante de haber pagado las tasas correspondientes.

Habitualmente, este documento lo piden los herederos ya que es parte de la documentación que se exige para tramitar una declaración de herederos, procesos judiciales, pólizas de seguro, cerrar cuentas bancarias del difunto, etc.

Asimismo, es recomendable pedir también el certificado de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento, otro documento que te informa de si esa persona tenía contratado un seguro de vida y quién es la entidad con la que lo tenía.

¿Hay un plazo para pedirlo?

No hay un plazo máximo para pedirlo, pero sí uno mínimo. Y es que el certificado de últimas voluntades no se puede pedir hasta que hayan pasado 15 días desde el fallecimiento.

Cómo pedir el certificado de últimas voluntades

Cómo pedir el certificado de últimas voluntades

Si has sufrido una pérdida y tienes que afrontar el trámite de solicitar el certificado de últimas voluntades, queremos ayudarte a que sea rápido para que no tengas problema para obtenerlo.

Actualmente, existen tres formas diferentes para hacerte con este documento. Estas son:

Solicitarlo presencialmente

Deberás ir a una Gerencia Territorial del Ministerio, o bien a una Oficina central de atención al ciudadano. En cada Comunidad autónoma (y ciudad) existe un organismo destinado a estas funciones. Si no sabes dónde acudir puedes buscarlo a través de Internet.

Una vez lo localices, tendrás que informarte si es necesario pedir cita previa para este trámite o puedes presentarte en cualquier momento para ser atendido.

Es importante que lleves la documentación necesaria (certificado de defunción) e incluso el pago de las tasas hechas (o bien que te den el papel en la oficina, lo pagues y vuelvas).

Solicitarlo por correo postal

Otra de las opciones que te ofrecen para el certificado de últimas voluntades es el medio postal. Se trata de rellenar el documento, adjuntando fotocopia de la documentación y del pago de la tasa, y mandarlo con Correos a la siguiente dirección: Registro General de Actos de Última Voluntad – Ministerio de Justicia

Plaza Jacinto Benavente, 3

28012 – Madrid.

Esto puede tardar unas semanas en llegarte por lo que si tienes prisa, puede no ser el mejor método.

Además, debes tener en cuenta una cosa. Y es que en el mismo sobre donde metes la documentación, has de incluir un sobre, con sello incluido, y con tus datos en la parte frontal para que el Ministerio de Justicia pueda remitirte el certificado. Dicho de otra forma, ellos no van a gastar nada en enviártelo, has de proporcionarles el sobre y sello, así como tus datos postales, para que te lo remitan. En caso contrario pueden no enviarlo.

Certificado de últimas voluntades por Internet

Finalmente, tienes la opción de Internet para solicitar este documento. Para hacerlo, debes acceder al Ministerio de Justicia, a la zona de Ciudadanos. Desde ahí, localizarás el certificado que podrás pedir siempre y cuando el fallecimiento se haya producido después del 2 de abril de 2009, y además no esté inscrito en un juzgado de paz.

Además, para solicitarlo, será necesario que tengas el DNI electrónico, o bien un certificado digital. En caso contrario, va a ser imposible que utilices este método.

¿Qué modelo es el que tengo que rellenar para solicitar el certificado de últimas voluntades?

El modelo que deberás rellenar para solicitar el certificado es el llamado 790. Este documento puedes descargarlo de Internet o bien obtenerlo en la oficina de manera presencial. Debes tener en cuenta que, cuando se descarga e imprime, este refleja un número y este no puede ser el mismo para dos fallecidos diferentes.

Por ejemplo, imagina que uno de los fallecidos es tu padre y necesitas el certificado de últimas voluntades. Pero también tu hermana ha fallecido. En este caso, no se puede utilizar el mismo documento para los dos, ni siquiera modificando el tipo de certificado; es necesario presentar modelos individuales para cada persona fallecida (así como el pago por separado de cada uno de ellos).

Cuánto cuesta el certificado

El certificado de últimas voluntades no es gratis, hay que pagar una cantidad antes de que te den el documento. Afortunadamente, no es demasiado caro, ya que solo te costará 3,70 euros.

El pago se puede hacer en cualquier banco, así como en la banca electrónica. De hecho, si te descargas el modelo 790 y lo rellenas, puedes seguir los pasos para realizar el pago de forma inmediata a través de Internet, bien mediante pago con tarjeta, transferencia, etc.

¿Se puede pedir el certificado desde el extranjero?

Puede darse el caso de que la persona que quiera solicitar el certificado de últimas voluntades se encuentre fuera del país. En este caso sí que se puede solicitar.

En concreto, podrás hacerlo de forma presencial, acudiendo a alguna oficina o entidad financiera española (aparece un listado en el modelo 790) con sucursal en el país.

Otra opción es realizar el trámite a través de Internet pero debes tener en cuenta que la transferencia bancaria debe ser hecha de cuentas abiertas fuera del territorio nacional.


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