Qué es una sociedad limitada

Qué es una sociedad limitada

A la hora de crear una sociedad, hay muchas formas societarias entre las que elegir. Sin embargo, hay una que sobresale de las demás. Hablamos de la Sociedad de Responsabilidad Limitada, también conocida como Sociedad Limitada. En España es de las más escogidas junto con la Sociedad Anónima. Pero, ¿a qué se refiere esta?

Si quieres conocer qué es una sociedad limitada, cuáles son sus características, ventajas, inconvenientes y más información sobre ella, sigue leyendo porque te la presentamos a continuación.

Qué es una sociedad limitada

Si quieres saber lo que es una sociedad limitada deberás saber que esta S.L, o S.R.L, las siglas por las que se la reconoce, es una sociedad mercantil. Está enfocada principalmente a pymes, es decir, a pequeñas y medianas empresas (o empresarios) y con ella pueden llevar a cabo su actividad empresarial sin que por ello entre en juego su patrimonio o sus ahorros. Tampoco tienen por qué pedir un préstamo para crearla.

Cada persona que forma parte de la sociedad limitada aporta un dinero x al capital, y es por ese dinero que aporta que limita la responsabilidad frente a terceros. Por ejemplo, imagina que sois tres en la sociedad y que cada uno pone 1000 euros. El capital final de la sociedad serían 3000 euros. Pero, si ocurre algo y hay que indemnizar a un tercero, con por ejemplo 3000 euros, no quiere decir que un solo socio deba poner ese dinero, sino que solo pondrá aquello por lo que ha metido en el capital, en este caso 1000 euros.

Además de aportar el capital, todos los socios reciben a cambio participaciones sociales, que son indivisibles y acumulables, pero dejan a un lado el patrimonio individual de cada persona.

Características de la sociedad limitada

Características de la sociedad limitada

Ahora que sabes qué es una sociedad limitada, para que la entiendas perfectamente, debes saber qué la caracteriza, es decir, los requisitos que se exigen para poder crearla. Y estos son:

  • Número de socios. Es necesario que la sociedad limitada tenga al menos un socio, pero no hay un máximo exigible, es decir, que puede haber tantos como quieran. Además, puede ser una sociedad con personas jurídicas o físicas. Estos socios pueden ser trabajadores (que aportan su trabajo a la sociedad) o bien capitalistas (que ponen el dinero).
  • Responsabilidad. Como te hemos explicado antes, la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado, de tal forma que no van a responder a las deudas o problemas que surjan con nada más, y mucho menos con su patrimonio personal (porque queda exento).
  • Denominación Social. En este caso hay que registrar la sociedad limitada en el Registro Mercantil Central y, en su nombre, debe aparecer lo de Sociedad de Responsabilidad Limitada, o en su caso S.R.L o S.L.
  • Capital social. El mínimo para crear una sociedad limitada es un capital de 3000 euros. No hay un máximo para poner. Este dinero no tiene por qué ser solo dinerario, sino que puede ser en especie, por ejemplo con el mobiliario de la sociedad. A su vez, por el capital que se aporta, se obtendrán unas participaciones sociales que tienen limitaciones legales y que irán en base al capital que se aporte (quien dé más, recibe más participaciones).
  • Constitución de la sociedad limitada. Esta, además de registrarse, ha de contar con unos estatutos y una escritura pública que ha de ir firmado ante notario, y también presentados al Registro Mercantil. En estos papeles debe quedar claro el número de aportaciones de cada socio y el porcentaje de capital social que ha puesto. También ha de establecerse cuáles van a ser los órganos de administración y gestión, es decir, si hay un administrador único (y quién es), los administradores solidarios, los mancomunados o el Consejo de Administración.

Ventajas de una Sociedad Limitada

Ventajas de una Sociedad Limitada

Está claro que la limitación de la responsabilidad en base al capital aportado es una de las grandes ventajas de lo que es una sociedad limitada (frente a otras sociedades o figuras laborales). Pero no es la única ventaja que nos ofrece. Hay más:

  • Es fácil de crear. No tiene tantos trámites burocráticos como pueden tener otras.
  • El capital exigible es relativamente bajo. Además, el hecho de poder aportarlo tanto en dinero como en bienes o especie ayuda a que sea más fácil de conseguir. Y aunque hay que sumarle los gastos de constitución, que pueden ser entre 600 y 1000 euros, es totalmente asumible.
  • No se requiere más que una persona para crearla.
  • Te facilita el acceso a préstamos y créditos en los bancos, porque lo ven como un mejor «partido» frente a particulares o autónomos.

Inconvenientes de una Sociedad Limitada

Sin embargo, si bien todo parece bueno, lo cierto es que hay algunos aspectos que pueden frenarte a la hora de crearla. Por ejemplo:

  • El hecho de que las participaciones no sean transmisibles, de decir, que no se pueden pasar a otra persona ni tampoco vender. A las únicas personas que sí podrías venderles son a los socios de esa sociedad, pero no a alguien externo.
  • Hay un periodo más o menos largo (40 días) para que la constitución de la Sociedad Limitada se termine, por lo que cuando necesitas que el trámite sea rápido, no es la figura que se escoge.
  • A la hora de pedir un crédito o préstamo, muchos bancos exigen «garantías personales», algo que va en contra de las características de la sociedad limitada, por lo que al final, si aceptas, toda la esencia de esta desaparece porque ya sí has implicado a tu patrimonio.

Qué impuestos hay que pagar cuando se crea una S.L.

Qué impuestos hay que pagar cuando se crea una S.L.

A la hora de crear una S.L. debes saber también los impuestos que hay que pagar con ella. Y es que no es tan sencillo como un autónomo. En este caso, deberás estar al día con:

  • El impuesto de Sociedades (IS). Lo pagan todas las sociedades de España e implica que hay que pagar el 25% del beneficio neto que se obtiene en un año.
  • El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Solo en caso de que tengas trabajadores contratados, o que subcontrates servicios a autónomos.
  • El impuesto sobre el valor añadido (IVA). Algo habitual, ya que al presentar factura, salvo casos específicos, tendrás que cobrar el IVA y recaudarlo para después ingresarlo a Hacienda.
  • El impuesto sobre actividades económicas (IAE). Solo para las empresas que facturen más de un millón de euros.
  • Otros impuestos. El de una comunidad, alquiler, IBI…

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

*

  1. Responsable de los datos: Miguel Ángel Gatón
  2. Finalidad de los datos: Controlar el SPAM, gestión de comentarios.
  3. Legitimación: Tu consentimiento
  4. Comunicación de los datos: No se comunicarán los datos a terceros salvo por obligación legal.
  5. Almacenamiento de los datos: Base de datos alojada en Occentus Networks (UE)
  6. Derechos: En cualquier momento puedes limitar, recuperar y borrar tu información.