Si tengo 2 trabajos, ¿cotizo doble?

Si tengo 2 trabajos, ¿cotizo doble?

Cada vez es más habitual tener no solo un trabajo, sino dos. La precariedad laboral y el hecho de que los sueldos no sean los que de verdad corresponden, hace que muchas personas se tengan que buscar otro contrato laboral. Pero entonces surge la pregunta de muchos: si tengo dos trabajos, ¿cotizo doble?

Si estás en esta situación, o bien te lo estás planteando, a continuación te vamos a dar las claves para que lo entiendas, tanto sobre lo de la doble cotización como todo lo bueno, y lo no tan bueno, de tener dos trabajos.

¿Puedo tener dos contratos de trabajo?

Una de las primeras dudas que te surgirá es si es legal que tengas dos trabajos a la vez. Normalmente, esto no ocurre, pero lo cierto es que en España no hay ningún impedimento para tener dos o más trabajos a la vez con un contrato de trabajo.

Ahora bien, hay algunos matices que sí tienes que tener en cuenta es que, si esos dos contratos, son para una misma empresa, no podrías superar el límite de 40 horas semanales, porque no se permite. Si el contrato es con dos empresas diferentes, entonces no habría limitación.

Por ejemplo, imagina que estás trabajando para la empresa A 40 horas semanales. Y que la empresa B te ofrece también un contrato. ¿Puedes firmarlo? Sí, porque la ley no dice nada al respecto. Es decir, como es otra empresa, tú podrías cogerlo y trabajar también a tiempo completo si es lo que quieres.

Y es que, las 40 horas semanales es un máximo pero solo para un contrato de una empresa. Si tienes dos empresas y dos contratos, no estarías haciendo nada ilegal, sino que es algo que se puede hacer porque podrías trabajar más de 40 horas semanales. Siempre teniendo dos contratos de dos empresas diferentes, ojo.

Tener dos trabajos = pluriempleado

Si tengo 2 trabajos, ¿cotizo doble?

Ser pluriempleado se califica como aquella situación en la que una persona trabaja por cuenta ajena en distintas actividades. En otras palabras, cuando una persona trabaja para dos o más empresas y está dado de alta en ese mismo régimen de la Seguridad Social.

Aquí hay que tener en cuenta esto último. Y es que no sería un pluriempleado una persona que trabaja para una empresa pero, después, tiene un trabajo por cuenta propia.

Como sabes, cuando se firma un contrato, sabes que de tu sueldo te van a descontar las cotizaciones como trabajador. Es decir, un contrato = cotizaciones. Por lo que, si se tienen dos o más contratos, en cada uno de ellos se cotiza, porque hay una obligación por parte de la empresa de retener esa parte para la Seguridad Social.

Pero, ¿cotizas doble? ¿De verdad pierdes de los dos contratos un dinero y pagas dos veces por lo mismo?

Tener dos trabajos = pluriactividad

Cuando una persona tiene dos o más contratos, y por tanto ejerce la pluriactividad, quiere decir que tiene dos o más trabajos, pero la diferencia con el pluriempleado es que estos dos trabajos son en dos regímenes diferentes.

Por ejemplo, imagina que una persona tiene un trabajo a tiempo completo. Y después de cumplir con su jornada diaria, también ha decidido emprender. Como sabes, estará dado de alta en la Seguridad social por el contrato de trabajo. Y estará en el régimen por cuenta ajena.

Pero su emprendimiento implica estar dado de alta en el régimen por cuenta propia, es decir, autónomo.

Esto significa que tendrías que cotizar, por un lado por cuenta ajena. Por otro, por cuenta propia. Pero, ¿es así?

Si tengo dos trabajos, ¿cotizo doble? El caso entre cuenta ajena y cuenta propia

Si tengo dos trabajos, ¿cotizo doble? El caso entre cuenta ajena y cuenta propia

Vamos a empezar diciéndote que tener dos contratos implica que tienes que cotizar doble. Sí. Pero también que la Seguridad Social está encargada de devolver una doble cotización. Con matices.

Y es que no es lo mismo ser pluriempleado (tener dos o más contratos en un mismo régimen de la Seguridad Social) que practicar la pluriactividad (tener dos o más trabajos en distintos regímenes de la Seguridad Social).

Qué es la doble cotización

Vamos a explicarte primero qué es la doble cotización para que entiendas todo. Esta se produce cuando una persona cotiza en dos regímenes de la Seguridad Social. Es decir, cuando estás trabajando por cuenta ajena y, además, estás dado de alta como autónomo.

Además, otra condición que cumple la doble cotización es que se paga por contingencias que son iguales, o similares, entre ellas. Por ejemplo, las contingencias comunes que se tienen tanto en cuenta ajena como propia.

Cuando esto ocurre, sí puede devolverse la cotización de aquellas contingencias por las que se ha pagado doble. De hecho, si no se limitan las coberturas como autónomo, se puede llegar a pagar estas por cuenta ajena, y al mismo tiempo, por cuenta propia. Y si eso pasa, desde 2018 la Seguridad Social tiene la obligación de devolver esas cotizaciones dobles. Pero hay tres condiciones que se dan:

  • Que la Seguridad Social no devuelve el 100% sino solo el 50%.
  • El límite por el que hay devoluciones es de 12386,23 euros al año.

Lo máximo que van a devolver va a ser el 50% de las cuotas ingresadas como autónomo.

Cómo sabes si tienes derecho a devolución

Para conocer si la persona tiene derecho o no a devolución lo primero que necesitas es calcular cuánto se ha pagado de Seguridad Social. Hazlo primero de cara al contrato por cuenta ajena y, por otro lado, del RETA, en un año.

Si sumas esas dos cantidades y superan los 12386,23 euros entonces la Seguridad Social tendría que emitirte una devolución.

Si tengo dos trabajos, ¿cotizo doble? El caso entre contratos por cuenta ajena

El caso entre contratos por cuenta ajena

Ahora vamos a ver el caso también habitual de tener dos trabajos. Si tengo dos trabajos, ¿cotizo doble? Sí, y no.

En este caso es el empresario el que tiene que saber tu condición de pluriempleado. En cuanto él lo sepa tiene que avisar a la Seguridad Social y será esta entidad la que se encargue de realizar las acciones necesarias en cuanto a cotizaciones y prestaciones.

Dicho de otro modo, va a ser la Seguridad Social la que determine si cotizas doble para que ella misma gestione todo para no hacerlo, pero para conseguirlo, el empresario debe saber que tú tienes otro contrato por cuenta ajena.

¿No puedes el trabajador? Podría, pero para ello lo mejor es realizar una consulta en alguna oficina de la Seguridad Social para que te asesoren cómo hay que hacerlo.

¿Te queda más claro ahora?


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