Qué hacer si se te acaba el paro

cobrar el paro

Sin la menor duda, uno de los peores momentos que podemos experimentar es el paro, y es que cuando involuntariamente nos vemos obligados a dejar nuestro trabajo, sea por recorte de personal o porque la empresa quebró, nos vemos en una situación complicada al ya no contar con un ingreso fijo, y esto se vuelve algo preocupante especialmente cuando hay familia que depende de nuestro ingreso.

Pero con la finalidad de apoyar a quienes se encuentran en situación de paro, el gobierno español ha provisto al sistema de una serie de ayudas que nos podrán permitir cubrir nuestras necesidades básicas mientras encontramos un trabajo estable. Así que si bien existen las opciones de primera instancia puede existir la posibilidad de que hayamos agotado el paro, veamos un poco más a fondo que significa esto.

La prestación por desempleo

Lo primero que hay que considerar es que la prestación por desempleo o el paro tiene ciertos lineamientos en los que se hace valida. Considerando que durante los primeros seis meses que se cobra tenemos derecho de hasta el 70% de lo que corresponde al sueldo base del trabajador, pero a partir del séptimo mes ahora solo se tiene derecho a cobrar el 50% del sueldo; además hay que considerar que el límite de tiempo que podemos cobrar el paro es proporcional al tiempo que hayamos cotizado.

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Dado este último hecho aclaremos que de 360 a 539 días de cotización se tiene derecho a 120 días de paro; y así el paro aumenta conforme aumenta el tiempo de cotización hasta llegar a una cotización de 2160 días o más, entonces se tiene derecho a 720 días de paro. Pero si ya hemos agotado esta prestación y aun no encontramos empleo, existen algunas otras ayudas que el gobierno nos ha provisto veamos que hay que hacer si se te acaba el paro.

Subsidios

Los subsidios nos sirven de ayuda en dos situaciones, cuando hemos agotado el paro, o cuando debido a nuestro tiempo de cotización aún no tenemos derecho al paro. Este tipo de subsidio es el primer apoyo al que debemos recurrir en caso de que hayamos hecho uso de toda neustra prestación. Existen 4 tipos de subsidios, cada uno para perfiles distintos veamos cuales son.

Por insuficiencia de cotización

El primero es el subsidio por insuficiencia de cotización, y este aplica únicamente cuando no hemos llegado a cotizar el tiempo mínimo que es de un año o 360 días. Este subsidio puede llegar a ser de hasta 426 euros, pero este valor estará determinado por diversas variables como son el tiempo de cotización además de las responsabilidades que tanga, pueden ser cónyuges o hijos bajo su responsabilidad.

Ayuda familiar

El segundo tipo de subsidio que existe es la ayuda familiar para desempleados, este tipo de ayuda es de hasta 426 euros mensuales; y es aplicable para los trabajadores que no cuenten con ninguna renta y que tengan responsabilidades familiares; además claro de que hayan agotado el paro. Concretamente existen 2 tipos de ayudas familiares, veamos cuales son y cuáles son sus especificaciones.

La ayuda por agotamiento del paro es la que más nos interesa en este articulo; para acceder a este apoyo económico es requisito haber agotado el paro, así como también es requisito estar en situación de desempleo o bien, estar inscrito como demandante de empleo; aquí debemos aclarar que para que esto sea válido hay que considerar que hay que estar inscritos por lo menos un mes desde que agotamos el paro. Además, tenemos que cumplir con las obligaciones del parado.

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Otro de los requisitos es que tengamos alguna responsabilidad con un familiar directo, esto implica a hijos que tengan menos de 26 años de edad o algún hijo discapacitado, o con un cónyuge que dependa del trabajador. Para dejar el punto más claro debemos mencionar que este apoyo económico sirve no solo para quienes tengan hijos, sino que también las parejas, legalmente casadas, pueden acceder a este subsidio si uno de los dos cónyuges depende económicamente del otro.

Para poder acceder a este subsidio también es requisito que comprobemos que no contamos con ninguna renta que equivalga al 75% del salario mínimo, o más. Así que en caso de que tengamos una renta que supere los 530,78 euros mensuales esta ayuda no es para nosotros. Cabe destacar que este requisito incluye al solicitante directamente; pero una vez hecha esta comprobación es requisito que los ingresos o rentas medias de todos los miembros de la familia no superen los 530,78 euros mensuales.

En cuanto al trámite para poder acceder a esta ayuda, debemos realizarlo en un periodo de 15 días hábiles, que se cuentan desde que se cumple el mes de espera. Es importante que tengamos en mente este plazo, pues en caso de no cumplirlo no perderemos el derecho de solicitarlo, pero si dejaremos de cobrar tantos días como el tiempo que haya entre el plazo, y la fecha de solicitud.

Si bien la cantidad que representa este subsidio es de 426 euros al mes, es importante tener en cuenta que el valor real de la cantidad que podremos cobrar es equivalente al tiempo que hayamos trabajado, de manera que, si nuestro último empleo era a medio tiempo, solo tendremos derecho de cobrar el 50% del subsidio mensual.

Otro punto importante de mencionar es que podremos cobrar este paro durante un periodo equivalente a 18 meses como periodo total, pero el tramite inicial es válido para 6 meses; posterior a esto debemos realizar una renovación, la cual podemos hacer únicamente 2 veces, dando como total los 18 meses mencionados.

Subsidio para mayores de 45 años

Este subsidio está especialmente diseñado para los trabajadores que cuenten con una edad mayor a los 45 años, que hayan agotado el paro y que no tengan ninguna responsabilidad familiar. Si este subsidio es que más se acomoda a sus necesidades esto es lo que debe hacer para poder acceder a este mismo.

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El plazo de solicitud de este subsidio es de 15 días hábiles que se comienzan a contabilizar desde que se cumple el mes de espera, que es el mes de transición entre el agotamiento del paro y el comienzo del plazo para solicitar otros subsidios. Así que si ya nos encontramos en este plazo el trámite se realiza con los siguientes documentos.

Hay que contar con un impreso oficial de solicitud en la que viene incluida la declaración de rentas, los datos para la domiciliación bancaria, es importante también contar con el compromiso de actividad, así como también debemos tener la autorización de petición de información de la AEAT. Junto con estos documentos se nos pedirá presentar una identificación oficial.

Una vez que tenemos nuestra documentación hay que presentarnos en la oficina de empleo del SEPE que es el servicio público de empleo estatal. Pero para saber cuándo tenemos que presentarnos es importante agendar neustra cita, para que se nos indique el día y el horario en que tenemos que asistir con neustra documentación. Otra posibilidad es realizar el tramite mediante la página web del SEPE.

Subsidio para mayores de 55 años

Los requisitos para poder solicitar este apoyo son, como dice su nombre, contar con una edad mayor a los 55 años; también es importante haber estado inscritos como demandante de empleo durante un mes a partir de que agotamos el paro. También debemos tener en consideración que hay que suscribir el compromiso de actividad.

Otro de los requisitos es no contar con rentas que sean superiores al 75% del salario mínimo. Y que la renta media de su familia no supere los 530,78 euros al mes. También debió haber cotizado por desempleo durante un periodo mínimo de 6 años durante su vida laboral. También se debió haber cotizado durante 15 años, y de estos, 2 deben hacer sido durante los últimos 15 años de su vida.

El periodo por el cual podemos cobrar este subsidio es hasta que se cumpla la edad suficiente para poder cobrar la pensión. Pero durante cada año hay que hacer una declaración de rentas, esto es para que demostremos que no se han superado los limites admitidos. De esta manera podremos mantener nuestro subsidio por el tiempo requerido.

Al igual que los subsidios antes mencionados, el plazo para poder solicitar este mismo es de 15 días posteriores al mes de espera. La documentación que debemos presentar para solicitar este subsidio es un impreso de la solicitud con toda la información requerida. Un documento de identificación personal. El certificado del instituto nacional de la seguridad social, en este se debe acreditar que se reúne el periodo de carencia que es suficiente para poder acceder a una pensión de jubilación.

Para que se pueda completar la cotización por jubilación que se efectúa mediante el INEM, es importante que se suscriba un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social. De esta manera podemos estar seguros de que contaremos con todas las prestaciones y que, llegado el momento de jubilarse, se hará de la mejor manera posible.

Todas estas ayudas sin duda nos permitirán hacer que los tiempos de carencia sean menos desfavorables, sobre todo si tenemos responsabilidades familiares o una edad mayor. Aunque siempre se recomienda el seguir tratando de encontrar empleo.


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