Qué es un Pagaré

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Los pagarés son un documento financiero que se emite y entrega a otra empresa o persona con un objetivo muy claro que no es otro que contraer una obligación monetaria. Es decir, se compromete a abonarle una cuantía de dinero en una fecha determinada.

Es muy habitual ante ciertos problemas de liquidez por parte de sus emisores y que prefieren pagar con este formato que con otra clase de productos, incluido el abono tradicional a cuenta. Se trata de una práctica a la que recurren algunas pequeñas y medianas empresas para solucionar sus problemas contables.

Este es un sistema que se utiliza no solo para pagar a clientes o empresas de servicios, sino también a sus propios trabajadores. Aunque de una forma puntual y nunca como un hábito más o menos regular en el envío de importes monetarios a terceras personas. Por otra parte, y para entender mejor su comprensión, es un producto que es muy parecido a lo que es una letra de cambio.

Requisitos para emitir correctamente un pagaré

Además de todas estas condiciones, el pagaré debe contener unos requisitos mínimos para que el documento sea válido y que son los siguientes:

  • Debe expresarse en el documento de una manera muy clara la palabra “pagaré”, no valiendo otras acepciones o vocablos.
  • Será necesario que se incluya en todos los casos el vencimiento. Es decir, el plazo en donde se abonará el dinero a otra empresa o persona.
  • Se designará un lugar un pago. No tiene por qué ser un banco en concreto o en una dirección determinada. Sino que por el contrario bastará con que se indique la población en donde se va a efectuar esta movimiento bancario (Madrid, Barcelona, Segovia…)
  • Será una promesa firme con la que se compromete el emisor para realizar el abono y que se expresará, bien en número o en letras.
  • Por supuesto que es obligatorio que en este documento quede reflejado el lugar y la fecha de emisión de este producto. Al igual que la firma del emisor ya que si faltasen algunos de estos datos seria declarado como nulo y por tanto no podría cobrarse bajo ningún aspecto.

pagare no a la orden

Pagaré a la orden y no a la orden

De todas formas hay una diferencia en este producto financieros que puede llevar a ciertos equívocos en su emisión. Es la diferencia que existe entre el pagaré a la orden y no a la orden, en donde el primero de ellos consiste en que su ordenante se compromete a abonar el pago seleccionado dentro de un periodo de tiempo determinado.

Mientras que por el contrario, el denominado no a la orden se basa en que no permite que pueda ser endosado a una tercera persona y como consecuencia de ello, se pueda generar una mayor capacidad de negociación. Aunque a través de la vía notarial y con el total consentimiento del emisor. Este es un aspecto que debe tenerse en cuenta para no llevarse alguna que otra sorpresa negativa en su formalización.

Aunque hay una ventaja en este último modelo de pago que algunos pequeños y medianos empresarios no saben: no tributan por el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Con lo que pueden obtener un mayor beneficio económico con su emisión al ahorrarse este gasto fiscal. Mientras que por el contrario, tiene como principal desventaja el hecho de que no se pueda acudir a la vía ejecutiva para reclamar el correspondiente cobro, en caso de devolución o impago del mismo.

Por tanto, tendrá que determinar cuál de las dos alternativas se les es más eficaz para cada momento porque aportan características diferentes. Y que en principio, no son ni mejores ni peores, sino que van en función de las necesidades reales en la contabilidad de la empresa.

Tipos de pagarés

Este medio de pago admite muchos modelos y diversa naturaleza. Una primera diferencia se materializa respecto a quien es su emisor. Puede ser un pagaré bancario que son los emitidos por una entidad de crédito y pasan por ser los más reconocidos de todos. Mientras que por otra parte, están los pagarés de empresa que como su nombre indica corren a cargo la misma.

Otra diferencia tiene lugar en función del momento en que se realiza el pago y que son los que más interés despiertan debido a la importancia de esta característica. Estas son las clases que hay en estos momentos:

  • Pagarés a la vista: son los que se tienen que ejecutar en el preciso momento en que se presentan y por tanto no pueden producir dilaciones en este movimiento contable.
  • Pagarés a día: se produce cuando se decide poner una fecha fija para el momento de cobro y que se constituye en su vencimiento. Tiene el inconveniente de que prescribe si se realiza la demanda con tan solo un día de dilación.
  • Pagarés sin vencimiento: aunque no sea el formato más habitual hay que incidir en que es prácticamente igual al documento a la vista. Es decir, se cobra en el preciso momento de ser solicitado por el usuario.

Tipos de pagaré según la forma de pago

Es otra de las divisiones más comunes en este producto financiero. Da lugar a que se originen nuevos formatos que te vamos a detallar a continuación:

  • Pagarés cruzados: se caracterizan especialmente por una particularidad muy especial: deben ser abonados, bien en cuenta o en una oficina bancaria.
  • Pagarés para abonar en cuenta: tal y como es su denominación se refieren a los documentos que tan solo se pueden cobrar en cuenta. Mientras que en la última distinción se atiene en función de la acción de endoso, con los siguientes modelos que exponemos:
  • Pagarés a la orden: en donde el destinatario podrá trasmitirlo a un tercero por medio de esta estrategia financiera.
  • Pagarés no a la orden: no se podrá ejecutar la anterior actuación en su abono y que destaca por ser uno de los formatos más expansivos respecto a las comisiones que se aplican sobre el mismo.
  • Y por último, otro viejo conocido por parte de los pequeños y medianos inversores, como es el pagaré nominativo. Cuya principal característica es que se presenta sin cláusula a la orden. Mientras que por otra parte, sí que puede ser endosado a una tercera persona o empresa.

Pagaré nominativo

Como es fácil comprender hay muchas clases de pagarés, aunque quizás por sus especiales características uno de los más relevantes es el pagaré nominativo. ¿En qué consiste este documento? Pues como su nombre da a entender se trata de un producto por el cual una persona o empresa se responsabiliza de pagar a otra parte en el proceso una determinada cantidad de dinero ajustándose a unos plazos en el periodo de tiempo.

Una de sus utilidades más importantes es que es un documento que se suele utilizar con efectos bancarios. ¿Esto qué quiere decir? Pues sencillamente que su uso se destina al pago de proveedores y es por este motivo por el que es una operación muy frecuente por parte de las pequeñas y medianas empresas para llevar a cabo esta clase de abonos a cuenta.

Además, es más sencillo de cumplimentar que en otros pagarés más complejos. Entre otras razones, porque para sea válido este sistema de pago debe ser nominativo y nunca al portador. Es decir, su emisión se realizará a otra persona que es la del cobrador.

Formas de un pagaré nominativo

A pesar de su aparente sencillez se presentan con diferentes formatos en su emisión, tal y como vamos a explicar a continuación:

  • Nominativo, sin cláusula de a la orden. Es el más habitual de todos y se basa en que hay que designar a una persona como objeto del derecho. En donde habrá que poner el nombre del destinatario en el documento.
  • Nominativo no a la orden. Es un documento poco más complejo, pero que puede comprenderse con gran facilidad al tratarse de un sistema que necesita de la prohibición por parte del ordenante de que sea transmisible mediante endoso. De cualquier forma, para rellenar este documento habrá que especificar el importe de dinero, nombre del destinatario y la fecha en que se realiza. Con la advertencia de que este pagaré es “no a la orden”.

En ambos casos, son unos sistemas de pago muy utilizados por pequeños propietarios para pagar a proveedores por la sencillez de su modelos. Al igual que les permite ajustarse a la fecha de pago.

Ventajas al ejecutar un pagaré nominativo

La utilización del pagaré nominativo conlleva una serie de ventajas a sus ejecutores y que por tanto en todo momento deberán valorar, tanto si estas operaciones son realizadas por particulares o por pequeñas empresas. Como las siguientes actuaciones que vamos a exponer a continuación:

Se trata de una herramienta de pago que sirve como sustitutivo del dinero en efectivo y que permite a sus ordenantes una mayor flexibilidad en su gestión y emisión.

Su aplicación permite de hecho de que no haya que manejar grandes cantidades de efectivo. Con la comodidad que aporta a los pequeños y medianos empresarios que en buena parte de las ocasiones no disponen de liquidez en caja como para llevar a cabo estas operaciones monetarias.

Una de sus grandes aportaciones reside en que posibilita disponer de grandes importes de dinero en las entidades bancarias. Hasta el punto de que lo pueden utilizar en cualquier momento para impulsar los pagos desde estos pagarés.

Mientras que visto desde la otra parte, el destinatario, supone una gran ventaja al tratarse de un contrato que es legalmente vinculante en el movimiento de flujo monetario. Pero lo que es aún más importante para sus intereses: les garantiza que el cobro va poderse realizar sin ninguna clase de restricciones.

En la fecha que venga estipulada en el documento. Generando un mayor seguridad sobre el dinero adeudado. Debido a su emisión con el nombre de la persona física o jurídica que deberá cobrarlo y que se diferencia del pagaré al portador porque en este no aparecen estos datos en ningún momento.

Pagaré bancario

Se trata de una de las modalidades más habituales que hay en los pagarés. El pagaré bancario es un documento en el que las empresas se responsabilizan a abonar un importe monetario a otras personas. Siendo una forma habitual como medio de pago en las transacciones comerciales que se desarrollan entre las pequeñas y medianas empresas.

Su particularidad reside en el hecho de que este documento suele contratarse en plazos muy cortos: 30, 45 o 60 días. Nunca para plazos de permanencia superiores. En donde cuando llega el momento de su vencimiento, es el propio banco quien lo presenta como cobro en la cuenta corriente a la que va dirigido este producto financiero.

Ventajas del pagaré bancario

Tal es el uso que en estos momentos se da el pagaré bancario que es necesario poner de manifiesto los beneficios de esta operación contable. Son varios y de diversa naturaleza, como los que exponemos a continuación, y en todo caso afectan a ambas partes del proceso:

Uno de los más relevantes reside en que el beneficiario del documento va a percibir el importe que queda reflejado en el documento sin ningún problema.

Mientras que por el contrario, al retrasarse el abono, el ejecutante puede disponer del ese capital para destinarlo a otras tareas empresariales. Como por ejemplo, invertir en otros proyectos que sean rentables para la entidad.

Desde este escenario, hay que reseñar un escenario que puede suceder con cierta frecuencia. No es otro de que pase la fecha de vencimiento sin haberlo cobrado por parte del destinatario. En este caso en concreto, no tendrá otra solución que acudir a los órganos judiciales para recibir el dinero adeudado. Normalmente se ejecutará el cargo a cuenta, aunque puede que pase un cierto tiempo hasta que llegue este escenario.

Por otra parte, el pagaré bancario se distingue de otros documentos de similares características porque se conoce de antemano cuál es la fecha de pago. Esto es de esta manera, porque se refleja siempre en un vencimiento. Este producto financiero también es conocido como “promesa de pago” por las connotaciones de intenciones que tiene. Al igual que por la seguridad que aporta al destinatario del mismo.

Si bien es una forma para pagar a clientes o proveedores, no es muy extraño que sea utilizado para pagar las colaboraciones de los profesionales o incluso en alguna que otra situación la nómina de los trabadores. Aunque en este último supuesto, siempre de una forma puntual y excepcional en su utilización.

Negociar pagaré

En este proceso habrá que tener en cuenta a varias partes que forman parte de este proceso. Por una parte, a los destinatarios de este producto financiero y por otro a las propias entidades bancarias si se diese el caso. Para que de esta forma, puedan cambiarse sus condiciones en la contratación. En cualquier caso, negociar el pagaré no tiene que ser una operación compleja para ninguna de las partes si hay una clara coincidencia en los objetivos perseguidos.

Desde este escenario general, uno de los escenarios más habituales en donde se requiere una negociación es cuando se desea cobrar  el importe antes de que llegue su vencimiento. Pues bien, en este caso en concreto, es necesario conocer que habrá que solventar todas las dudas que puede interponer la entidad financiera para anticipar el cobro. Hasta el punto de que no le quedará más remedio (al banco) que justificar su decisión, en uno u otro sentido.

Delimitar las responsabilidades y formas de pago

En este sentido, una de las primeras medidas que tomarán los bancos será abrir un estudio muy minucioso sobre la documentación aportada por el ejecutante. En donde se tenga en cuenta las necesidades en ambas partes. Por otra parte, uno de los aspectos más relevantes en la negociación del pagaré reside en el hecho de que hay que dejar muy claros todos los aspectos vinculados con este producto financiero. Es decir, si el pagaré es endosable, bancario o por el contrario comercial. Son tantas las variables que se pueden dar que puede genera una negociación muy compleja.

Mientras que por otro lado, tampoco puede olvidarse un aspecto tan importante como es si la empresa es titular de un pagaré no a la orden. Debido a que puede ser una dificultad para llegar a un acuerdo satisfactorio. Al igual que en el formato de descuento con recurso al contemplarse la posibilidad de que si diese lugar a un escenario de impago por parte de la empresa, sería esta misma quien tuviese que afrontar el pago.

No menos importancia tiene los gastos en la gestión y mantenimiento de todos estos escenarios y que también pueden estar incorporados en la negociación. Para evitar un desembolso que puede ser excesivo para los intereses de las empresas. Por último, otros de los factores a tener en cuenta a partir de estos momentos es conocer las entidades financieras que proporcionan descuentos con o sin recursos. No en vano, de ello dependerá quien es al final el que tenga que responder del pago.

Cobrar pagaré antes del vencimiento

Cuando nos estamos refiriendo a un pagaré estamos hablando de un documento por el cual una empresa o persona se compromete a abonar un importe a otra empresa o profesional en un periodo de tiempo previamente establecido. Este plazo es lo que se denomina su vencimiento y el problema en algunos casos reside en el hecho de que estas aportaciones monetarias se necesitan antes de que llegue su vencimiento.

En estos momentos existen varias estrategias en su gestión para cobrar el pagaré antes de su vencimiento. Generalmente a través en realizar este producto financieros atendiendo a su forma de pago. Esta estrategia conduce a que hay varios formatos en su redacción que cumplen con estas características tan definidas. La más habitual, tal y como su nombre indica, es por medio de los pagarés sin vencimiento y que permitan a los destinatarios en el preciso momento en que se solicita esta transacción monetaria. Sin tener que esperar a ninguna fecha en particular.

Pagaré antes del vencimiento: más flexibilidad

Se trata de modelo más sencillo para las empresas que tienen que cobrar un dinero como consecuencia de su trabajo, servicios o cualquier otra motivación. Al disponer de una mayor flexibilidad para percibir el dinero en efectivo.  Se trata de una alterativa que tienen, tanto empresas como trabajadores por cuenta propia para agilizar esta parte del proceso.

Por otra parte, es bastante frecuente entre las pequeñas y medianas empresas que tengan la necesidad de contar con la suficiente liquidez antes de la fecha marcada en este contrato. O por el contrario, que se pueda percibir antes del vencimiento. Pues en estos casos, una solución está materializada por lo que se denomina descuento de pagaré. ¿Pero en que consiste este otro producto financiero? Pues en algo tan sencillo como permitir a la segunda de las partes del proceso para recabar el importe del pagaré antes de que llegue la fecha de ejecución.

Empresarios y autónomos que no pueden esperar

Este es un escenario que se presenta con cierta frecuencia entre los autónomos. Hasta el punto de que necesitan de una punta de liquidez para desarrollar sus actividades profesionales o comerciales. En el sentido, de que no pueden esperar mucho tiempo hasta que se haga efectivo este cargo a cuenta. Por lo que es muy recomendable que expresen su deseo a la otra parte de que no sean objeto de un pagaré al día o a la vista. Ya que en este caso, no podrán cobrarlo antes de tiempo.

Endosar un pagaré

Esta actuación se reconoce cuando hay una cláusula escrita en el documento por la que el endosante transmite o cede a una tercera persona los derechos derivados de esta operación. Generalmente y para que se entienda mejor, con el siguiente encabezado: “Páguese a Miguel Ángel García Juez….”. En donde deberá ir rubricado con su firma para que sea válido. Mientras que por otra parte, no debe olvidarse que endosar el pagaré se suele realizar en todos los documentos con la única excepción de los pagarés no a la orden.

Pagaré cruzado

Como todos sabemos hay muchas clases de pagarés y una de las más relevantes es el denominado cruzado. ¿Pero en que consiste realmente este medio de pago que utilizan con frecuencias las pequeñas y medianas empresas? Pues bien, se trata básicamente de que solo podrá ser cobrado aportando el documento y que presenta unas líneas en el anverso (en donde puede estar expresada la denominación de la entidad bancaria en la que se va a ejecutar este movimiento monetario). Con la opción real de percibir el importe desde la oficina bancaria siempre y cuando el beneficiario sea clientes de le entidad financiera en donde se producirá la liberalización de este modelo de pagaré.

A pesar de lo que pueden pensar inicialmente algunos usuarios el pagaré cruzado no es homogéneo. Sino que por el contrario se divide en dos formatos diferentes. Son los pagarés cruzado general y el especial. En el primero de los casos, se refiere a que no se expondrá el nombre de ninguna entidad financiera. Como consecuencia de esta característica, su principal efecto es que podrá cobrarse en cualquier entidad bancaria, aunque su destinatario no sea cliente de la misma.

Una de sus ventajas más relevantes reside en el hecho de que es un sistema de pago más sencillo de formalizar y que no requiere de ninguna vinculación con el banco que lo emite. Por este motivo es muy utilizado cuando las dos partes llegan a un acuerdo para desarrollar esta estrategia para el pago de un servicio o trabajo profesional. Desde este punto de vista, es un producto mucho más flexible para realizar el pago a cuenta.

El otro formato, denominado pagaré especial, en las dos líneas del anverso vendrá expresado el nombre del banco que se encargará de realizar el abono a cuenta. Es decir, no habrá más remedio que tener una cuenta corriente o de ahorro suscrita con la entidad financiero. Se trata de un modelo más rígido que puede generar ciertos problemas para llegar finalmente a su resolución.

Intervinientes en el pagaré cruzado

Al igual que pasa con otra clase de pagarés, en este proceso intervienen dos partes, como por otra parte es fácil comprender. Por un lado, la figura del girador que no es otra que quien asume el rol de obligado principal. Mientras que por otra parte, también está presente el beneficiario y que se refiere a la persona o empresa que podrá exigir el contenido de este documento. Más allá de otras consideraciones de carácter técnico.

Como se puede constatar hay una amplia gama de alternativas si se quiere realizar un abono a un cliente, proveedor o trabajador. En donde el escenario ideal es que se elija un modelo consensuado por ambas partes. Para evitar situaciones muy poco deseadas que pueden provocar más de un problema en el cargo a cuenta. Y que lleva a que los importes se cobren más tarde de lo necesario y planificado desde las partes intervinientes.

Beneficios de los pagarés a la orden

Una de las principales ventajas de los pagarés a la orden radica en que aporta una mayor flexibilidad y comodidad a los intervinientes y durante el proceso de transmisión. Mientras que por contrario, el otro formato (los pagarés no a la orden) se distinguen fundamentalmente porque no se permite la cesión a terceros por endoso. Y de esta manera puede perjudicar notablemente los intereses del destinatario de este producto financiero. Más allá de otra serie de consideraciones técnicas que serán objeto de otra clase de análisis técnico.

Otro de los aspectos que es necesario valorar es el que se refiere a su pago. En el sentido de que los pagarés no a la orden requieren de su oportuna notificación para confirmar que se respeta la fecha de pago que está expresada en este documento contable. Al igual que el hecho que es un proceso que habitualmente puede demorarse más en el tiempo como consecuencia de las características que presenta.

En cualquier caso, es muy conveniente que los dos agentes de este proceso analicen sus ventajas e inconvenientes para dar una solución a este problema que se les suele generar a las empresas en el momento de realizar un pago. Porque en principio, uno no es mejor no peor que el otro, sino que depende de las necesidades reales de los ordenantes y los destinatarios de estos pagarés. Aunque puede que sea más favorable el primero de ellos, sobre todo por su mayor sencillez para emitirlo y gestionarlo hasta su terminación.

¿Cómo rellenar un pagaré?

Quizás uno de los aspectos más relevantes que demandan los usuarios es como se canaliza o  rellena este producto. No es un proceso excesivamente complejo, pero se necesita desarrollarlo correctamente porque cualquier error en el mismo puede generar excesivos problemas a las dos partes que forman este proceso. Incluso con el riesgo real de que el destinario del pagaré no pueda cobrarlo. Por tanto, es necesario prestar un poco de atención a esta parte práctica sobre este producto financiero.

En primer lugar, es importante recalcar que puede que sea diferente en función de la clase de pagaré que tengamos en trámite realizar. Pero en líneas generales te los vamos a explicar a través de los siguientes pasos que necesariamente habrá que formalizar. Con los datos que habrá que expresar en este documento:

Denominación de la entidad y oficina librada. Normalmente vendrá en la parte superior izquierda del documento. En todos los casos deberá ser expresado de una forma muy nítida y sin que haya ninguna incidencia o borrón como para que no pueda ser identificado o sencillamente sea realmente inelegible.

Su vencimiento. Sin lugar a dudas es una de las partes más importantes del pagaré porque de ella dependerá la fecha de abono del importe consignado en este documento. Vendrá expresado debajo del anterior dato. Y deberá estar muy claro y sin motivos para la confusión.

Identificación de la persona a la cual va dirigida el abono del pagaré. Como es lógico comprender es total imprescindible para su correcta redacción. Será bien el nombre de una empresa o una persona jurídica y deberá ir acompañado por el importe total que se envía a otro destinatario. Todos estos datos vienen expresados en la parte central del documento. Con un pequeño detalle, y que es el importe deberás ser escrito en letras, nunca en números.

Número de serie y documento del pagaré. Como es lógico comprender deberá tener una secuencia en función de la actividad en este medio de pago. A través de unos dígitos que será diferentes y que estarán visualizados en la parte inferior izquierda de este documento.

Codificación del número de serie y documento. Son las cifras que vienen por defecto y que están ubicadas en la parte baja del documento. Es indispensable para que sea válido y pueda abonarse la cantidad en las condiciones establecidas en cada uno de los formatos de los pagarés.

La fecha y lugar de emisión del pagaré. Se expresa el día, mes y año en que se emite este producto. Al igual que la localidad desde la que formaliza y en ambos casos deben redactarse muy claramente en letras.

La promesa de pago y el importe consignado en cifras. Viene en la parte central del documento con el mensaje siguiente: “por este pagare, me comprometo a pagar, en el vencimiento indicado”.

Cuenta del cliente y código IBAN de la cuenta librada. Con todos los datos bancarios sobre la cuenta en la que se va a ejecutar este movimiento contable. Debe ser completo, sin que falte ningún  detalle, tal y como se pone en facturas a empresas a proveedores. Estando presente en el ángulo superior derecho del documento.

Si todos estos datos son incorporados de forma correcta no habrá el más mínimo problema para llevar a cabo esta operación con total éxito en cuanto a sus resultados.