Provisión de fondos

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¿Qué es una provisión de fondos?

Una provisión de fondos, es una solicitud que deberá hacer el prestador de servicios a su futuro cliente, para que así, dicho cliente le pueda dar el pago de un determinado porcentaje de dinero para que con él pueda ir pagando los gastos que se van generando al llevar a cabo la tramitación de los servicios que se le han solicitado.

Las provisiones de fondos son muy recurrentes en diversos sectores, como pueden ser en la abogacía, donde siempre se deberá iniciar un trabajo con una solicitud previa de una provisión de fondos.

Diferencias entre provisión fondos y pago de cuenta.

Por lo regular, estos dos conceptos, suelen ser confundidos a menudo, esto se debe a que en los dos tipos de situaciones lo que se hace es lo mismo, es la entrega de un porcentaje de dinero que proviene del cliente para el que le prestará los servicios y más adelante cuando el trámite o gestión termine, se restará del pago final.

Pero aunque tienen similitudes, la provisión de fondos y el pago de cuenta son totalmente diferentes ya que sus consecuencias fiscales y legales, no son las mismas, así que debemos tener bien claro, en qué momento se nos está pidiendo o proporcionando una previsión de fondos y cuando lo que se está requiriendo es que se realice un pago de cuenta.

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  • Provisión de fondos: Es el tipo de pago realizado, por el cliente a manera de un anticipo de los que serán los honorarios totales que se establezcan por los servicios que se van a realizar.
  • Pago de cuenta: A diferencia del anterior, este pago deberá hacerse antes de iniciar; es el pago parcial del total de honorarios según se vayan devengando, de tal manera que el pago total, es decir, el pago de cuenta se efectúa, una vez se inicien los trabajos.

¿Cuál es la cantidad apropiada a solicitar de la previsión de fondos?

Una costumbre que se ha ido extendiendo hasta generalizarse, especialmente en algos sectores, lo que suele sucedes en el pago de la provisión de fondos, es que deben ser coincidente, con la cantidad que se cobrará de los honorarios totales que se destinó para la realización de esa gestión o trabajo, de esta manera, una vez recibido el porcentaje destinado a la provisión de fondos, al término de dicho trabajo, se deberá proporcionar la factura que corresponda con dicho porcentaje y así no se necesite efectuar más pagos.

De esta manera, en vez de recibir en un inicio el pago del servicio, que se hará bajo un precio ya cerrado, que no se podrá alterar, siempre hay una opción de que si se ha puesto un mayor esfuerzo y dedicación al que se tenía destinado, se tendrá la opción de complementar la previsión de fondos del inicio con un porcentaje adicional que se sumará al final y así poder completar el pago de los servicios.

Por otro lado, esta posibilidad, nos supone una garantida de manera relevante que se cobrará como un pago a nuestro trabajo, puesto que al tener ya el primer pago del servicio que se hará, antes de iniciar el trabajo, ya se ha recibido esa cantidad, así que no existe riesgo de morosidad de ningún tipo.

Otra forma en la que se puede realizar y que suele ser más favorable, desde un análisis diferente, es que la provisión de fondos, sea correspondiente a un 50% de lo que es el presupuesto previsto, de esta manera en el momento en que surgiera cualquier tipo de contrariedad con el pago después, ya se haya realizado el pago de al menos la mitad del pago planeado y con ellos tener sufragado los posibles costes que nos haya supuestamente implicado la realización del trámite o pago.

De cualquier forma, como puedes darte cuenta, no es una regla que existe que nos indique o diga ciertamente cuál debe ser la cantidad a solicitar de la provisión de fondos para poder hacer el trabajo, sino que esta misma, va a depender de la situación en concreto. Y si por ejemplo se trata de empleados frecuentes y en los que no existe duda de que el trabajo y el pago por este se deban desarrollar sin problema alguno, por lo que no sería necesario la solicitud del pago de previsión.

Préstamo hipotecario.

En el caso que se pidiera un préstamo hipotecario sea a algún banco o entidad financiera, este una vez autorizado el préstamo, no necesitará pedir una previsión de fondos, pues, este dinero por adelantado, no se tocará. Dicho requisito es de manera obligatorio si se acepta que te otorguen el préstamo hipotecario, explicado de otra manera, el banco da la orden de que deberás entregarle una provisión de fondos de esta manera, primero se debe dar una provisión de fondos y por ultimo antes de la entrega de las escrituras hipotecadas se deberá pagar el importe total.

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Esto es debido a que la tramitación del mismo banco, lo que hace es encargarse de pagar algunos trámites que deberán ser necesarios para realizar la formalización de la hipoteca. Sin olvidar de hacer un estudio de la operación del que se requiere también un pago.

¿Esta previsión de fondos a que está destinada?

Entre los trabajos que se deben pagar se encuentran los de registro de la propiedad, además de los de notario, los gastos de tipo administrativo como por ejemplo el de actos jurídicos documentados, así como el impuesto de tramitaciones patrimoniales si es el caso de una vivienda usada, los gastos de tipo tasación para así poder saber lo que vale una propiedad y sus gastos de gestoría.

Por otro lado, si esta provisión de fondos es requerida por el abogado, puede necesitarla para el pago de los gastos y suplidos inherentes a trabajo que está realizando o como una entrega que se hace como previo anticipo de lo que serán sus servicios profesionales, después como ya lo hemos comentado se hará un ajuste una vez terminados todos los tramites.

Un ejemplo de los gastos que el abogado deberá cubrir como provisión de fondos, se encuentran los siguientes ejemplos:

  • Las nota de la propiedad o el registro mercantil.
  • Los documentos que se considere necesarios expedir bajo el nombre de la persona que contrata los servicios (cliente).
  • Gastos de kilometraje.
  • Hospedaje.
  • Dietas del desplazamiento.
  • Gastos del notario.

Todo esto será necesario, solo en el caso de que el abogado o representante legal tuviera la necesidad de desplazarse a otro sitio para dar solución al asunto por el que fue contratado.

¿Cuál es el coste aproximado de la provisión de fondos?

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La tramitación que se deben hacer para formalizar un préstamo hipotecario, no dependerá de la cantidad que represente al final el importe, así que no por el registro de una casa más cara se tiene que cobrar más; el tramite será del mismo precio y porcentaje que de la de una casa menos costosa. De lo que dependen los precios, es de las tarifas de gestoría impuestas previamente, por ejemplo una casa con un precio aproximado de 200.000 euros, deberá pagar un porcentaje de tramitación de hipotecas entre unos 200 o 240 euros según el tipo de gestoría, obviamente esto es solo una guía.

Este tipo de gastos pueden tener una variación al alza por diferentes motivos, como por ejemplo, si la propiedad que se va a registrar se encuentra lejos y genera gastos para desplazarse. Por lo regular, lo que se debe pagar de provisión de fondos resulta ser mayor si el trámite lo realiza las gestoría del banco, puesto que lo que hacen es sumar los gastos del proyecto o los de tasación.

Casi siempre, el dinero que está destinado para lo que será la provisión de fondos, se deberá depositar en un tipo de cuenta que el abogado o la gestoría, nos proporcionen e indiquen. Si no se realiza el pago de esta provisión de fondos ocasionará que la gestoría o el abogado, descarte nuestro caso y no trabaje con él. Esto es debido a que en la mayoría de los casos es regla realizar el pago de la provisión de fondos pues es un requisito sumamente importante para que se acepte trabajar con nuestro caso y se comience inmediatamente con los trámites necesarios para su gestión. De ahí la importancia de realizar este pago lo antes posible para de igual manera poder exigir o esperar resultados rápidos en nuestra tramitación.

Para concluir y explicarlo de una manera más resumida, la provisión de fondos, la podríamos definir, como una cantidad de dinero que solicita el abogado a su cliente, esto a cuenta de sus honorarios o de los gastos que vaya a hacer con respecto a dar inicio al trabajo o durante la tramitación de este, resulta ser la primera interacción económica de manera real entre lo que son el abogado y el cliente, dicho de otra manera, es la primera ocasión en la que el abogado pedirá un porcentaje de dinero a cuenta de lo que será su pago y el clientes podrá consolidar la pronta solución del servicio mediante el hecho objetivo de la realización del pago.


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