No cabe duda de toda operación en bolsa conlleva unos gastos fijos, como operación bancaria que es en realidad. Porque en efecto, a la hora de cuantificar las posibles ganancias de cada operación bursátil no solamente hay que buscar la diferencia entre el precio de compra y el de venta. Si no que por el contrario, hay que añadir también las tarifas de las comisiones que tiene cada operación de bolsa. Así como las de custodia y, por supuesto la cantidad que está destinada a la tributación fiscal que es del 18 %.
Sumadas todas ellas –que representan entre un 0,50 % y 1,50 % del capital invertido- se conseguirá detectar la verdadera rentabilidad de la inversión, que en los casos en que las plusvalías sean mínimas puede que no llegue ni a amortizar el efecto de las comisiones e impuestos. Esta debe ser una operación que han de realizar todos los minoristas antes de decidirse a vender o esperar a que los beneficios sean mayores. Por el contrario, cuando las plusvalías generadas sean más abultadas menor será el impacto de estas cantidades.
Asimismo hay que tener en cuenta que a mayores cantidades invertidas –a pesar del incremento de las comisiones- menor será su impacto en las cuentas finales por cada operación realizada. Por ello es aconsejable decantarse por una oferta de las muchas que ofrecen bancos y entidades financieras para operar en bolsa y, que en algunos casos pueden representar hasta un 5 % o 15 % de descuento. No hay que olvidar de que algunas de ellas incorporan ofertas y promociones que pueden ser muy rentables para los pequeños y medianos inversores. Con una contención de los gastos de cara a sus liquidación a finales de año.
Gastos: en la compra y venta
No debes olvidar que los bancos te cobrarán por dos veces las comisiones, en el momento de realizar la compra y la venta de acciones. Con un porcentaje que desde luego será muy parecido y en donde o habrá prácticamente diferentes. Siempre y cuando este movimiento se desarrolle bajo el mismo paquete accionarial ya que son tarifa uniformes y que afectan a estos dos movimientos contables. Independientemente de cuál sea la inversión que hayas realizado en ese preciso momento. En este sentido, es un importe que debes conocer porque se restará de tus posibles ganancias en los mercados de renta variable. Es decir, tendrás que pagar unas comisiones fijas en dos ocasiones.
Mientras que por otra parte, también deberás tener en cuenta a partir de estos momentos que estas comisiones que te aplicarán las entidades bancarias no son deducibles desde el punto de vista fiscal. Sino más bien lo contrario ya que se descontarán directamente del cargo realizado sobre la operación en bolsa. Por ejemplo, estas comisiones para una operación de compra o venta de acciones por un valor de 5.000 euros corresponden a un coste total en torno a 10 o 15 euros por cada uno de los movimientos llevados a cabo. Es decir, por la compra y la venta con lo cual el gasto total sería de entre 20 y 30 euros por la liquidación de la inversión en los mercados de renta variable.
Compra y venta de acciones
A modo general, hay que indicar que cada entidad aplica sus propios márgenes de intermediación. En este sentido, para las operaciones de hasta 2.000 euros es cercana a 4 euros por cada una de las operaciones. Mientras que para las operaciones superiores a 2.000 euros y hasta 60.000 euros sería de aproximadamente entre 8 y 10 euros. Por último, en los movimientos de compra y venta de acciones en bolsa se elevaría hasta el 0,08 % sobre el efectivo invertido, con un importe máximo en torno a 200 euros.
Por otra parte, la modificación y cancelación de órdenes no tiene comisión. Mientras que el alta de órdenes stop tampoco, aunque sí la ejecución de las órdenes resultantes de la activación de órdenes denominadas como stop. La comisión de las entidades financieras, por otro lado, no suelen incluir los gastos de correo que están estimados en un gasto de 0,60 euros. De todas formas, hay que indicar que puede haber sensibles diferencias de una entidad a otra y que posibilita que los pequeños y medianos inversores pueden contener este desembolso que deben afrontar en sus inversiones en la renta variable.
Cánones de bolsa
Se trata de un nuevo gasto que conlleva esta clase de operaciones y que no tendrás más remedio que asumir en tus planteamientos en la inversión. En este sentido, conviene recordar a los inversores que se trata de una tarifa aplicable desde el 1 de marzo de 2018 a acciones del índice Ibex 35 cuya capitalización flotante supere los 10.000 millones de euros. Bajo una tarificación que está sobre el 0,003 % del total de efectivo negociado por orden con un mínimo de 1 euro. Es una tarifa que se aplica al resto de acciones y operaciones, incluidos los derechos de suscripción de cualquier acción que cotiza en el Mercado Continuo nacional.
Mientras que por otra parte, también están presentes los denominados cánones adicionales por diferentes conceptos. En donde desde el 1 de Marzo de 2018 BME se establece estos gastos bursátiles que se sumarán a los anteriores, por los siguientes conceptos:
Órdenes ejecutadas en subasta (de apertura, volatilidad y/o cierre). Por un importe de 1 euro por cada orden ejecutada por tipo de subasta, cliente final y fecha de contratación. Con una aplicación máxima de 3 euros, pues como límite en un mismo día una misma orden sólo se puede ejecutar en tres tipos de subasta diferentes. Aunque hay que especificar que esta tarifa no será de aplicación a órdenes relativas a derechos de suscripción.
Ordenes de volumen oculto
Otra de las comisiones que se han instalado en los últimos meses es la calificada como de volumen oculto y que representa el 0,01 % sobre el efectivo total negociado en el día por cliente final, con un máximo por orden de hasta 15 euros por este movimiento contable. Mientras que por último también están presentes en el desembolso final las órdenes con restricciones. Es decir, con volumen mínimo; ejecutar y anular; todo o nada. Con un porcentaje del 0,02 % sobre el efectivo total negociado en el día por cliente final, con un mínimo por orden de 0,5 euros y un máximo por orden de 1 euro.
Estas comisiones se constituyen en las grandes desconocidas para buena parte de los pequeños y medianos inversores. Entre otras razones, porque no siempre se aplican y además sus cuantías no son en realidad muy elevadas. Si no que por el contrario, se pueden asumir en cada una de las operaciones bursátiles en los mercados de renta variable nacionales. En cualquier caso, no puedes olvidar que son unas tasas de reciente implantación y que en cierta forma representan una gran novedad para los pequeños y medianos inversores.
Canon de BME Clearing
Este canon es una cantidad fija por ejecución (una orden puede llevar aparejadas varias ejecuciones), teniendo diferentes tramos según el volumen mensual de transacciones totales que tenga el miembro compensador del cliente. Es una cantidad mínima que varía entre 0,05 y 0,12 euros en función del volumen de transacción mensual. De todas formas, para este canon, las transacciones de derechos de suscripción tendrán un tratamiento especial, de modo que en cada orden de derechos solo computan las primeras 25 ejecuciones, estando el resto de ejecuciones de esa orden exentas de esta tarifa.
Otro de los cánones en bolsa que te pueden aplicar es el de liquidación Iberclear. Aunque buena parte de las entidades bancarias no lo repercuten al cliente final. Como consecuencia de esta estrategia comercial no lo notarás en el saldo de tu cuenta de ahorro. Otro más es el total y que se liquidará como resultado de sumar todos los cánones anteriores. No obstante a todas estas tasas hay que calificarlas como de minoritarias porque en raras ocasiones se aplican sobre los usuarios bursátiles.
Comisiones por canales ajenos a Internet
Por último, no nos podemos olvidar que también hay unas tasas que se ejecutan por la utilización de otros canales de comercialización distintos a Internet. Pues bien, uno de los casos más habituales entre los inversores es el servicio de banca telefónica. Para estas operaciones se ha habilitado una pequeña tasa del 0.30 % sobre efectivo, con un mínimo que oscila entre 10 y 15 euros para cada una de las operaciones. Mientras que por otra parte, si las operaciones se realizan a través de la red de oficinas la tasa es del 0.60 % sobre el total del efectivo de la operación, con un mínimo de 15 euros por movimiento.
Para órdenes en corros y también para órdenes en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), las comisiones que aplican habitualmente los bancos representan aproximadamente el 0,30 % sobre valor efectivo, con un mínimo de entre 11 y 15 euros. Por el contrario, para las órdenes en títulos de compañías y SOCIMIs que coticen en el MAB, la comisión será muy parecida a la de órdenes que se ejecutan en el Mercado Continuo. Otro más es el total y que se liquidará como resultado de sumar todos los cánones anteriores. No obstante a todas estas tasas hay que calificarlas como de minoritarias porque en raras ocasiones se aplican sobre los usuarios bursátiles.