Al referirnos a las letras de cambio estamos hablando de un documento muy utilizado en cualquier clase de relaciones mercantiles entre los trabajadores por cuenta propia y las pequeñas y medianas empresas. En donde su verdadera utilidad se manifiesta al garantizarse un importe monetario que se abonará a algunas de estas figuras u otras personas que estén debidamente autorizadas en una fecha previamente determinada en el propio documento.
Su incidencia reside en el hecho de que las letras de cambio pueden ser endosadas. Esto en la práctica quiere decir que el acreedor de la deuda puede dirigir los derechos a cobrar a una tercera persona que en la mayoría de las ocasiones está representada por un banco o entidad financiera. Se trata de sutil diferencia que distingue a este producto de otros de similares características. Hasta el punto de que puede ser la mejor de las estrategias para obtener un adelanto en el pago o descuento y ser una operación que realizan con cierta frecuencia las pequeñas empresas.
Mientras que por otra parte, este producto financiero ha sido recurrentemente un medio de pago al que se han acogido un buen número de empresarios para pagar a clientes, proveedores, suministradores u otros agentes financieros o sociales. En donde es necesario analizar las muchas ventajas que aporta este modelo de abono. Uno de los más relevantes es el derivado por la existencia real de un vínculo jurídico que sirve como protección frente a los acreedores. Al igual que por constituirse en un sistema de pago que ayuda a simplificar una cadena de abonos mediante la aplicación del endoso.
No de menor importancia, y a pesar de su elemental función, puede decirse sin temor a equivocarnos que una letra de cambio sirve como alternativa no física a la moneda. Mientras que otro lado, nadie duda de que un instrumento puesto en manos de los pequeños y medianos empresarios para que les garantice un pago aplazado. Si es una operación bien desarrollada y sin fallos en la ejecución no cabe duda que puede solucionar algún que otro problema en la contabilidad de las empresas.
Aunque por el contrario, es uno de los productos más complejos y es necesario conocer todas sus variantes y cuando debe aplicarse correctamente. La única manera para rentabilizarlo al máximo. Por otra parte, también es muy común que a veces se confunda con el pagaré tal y como se va a explicar en otros apartado de este artículo
¿Qué es una letra de cambio?: definición y partes
La definición de la letra de cambio no ofrece ninguna clase de dudas a los usuarios. Se trata de un documento que permite garantizar el abono de una cuantía económica a una persona autorizada y en que se debe de constatar, tanto su importe como la fecha y el lugar en donde se ha emitido.
Otro de los aspectos que merece la pena detenerse es para explicar las partes que intervienen en este proceso. Pues bien, para que quede muy claro hay que indicar que en la emisión y circulación de una letra de cambio intervienen las siguientes personas:
- El librador: es la persona que acreedora de la deuda y que por otra parte se encarga de emitir este producto financiero. Con una finalidad muy bien definida en este proceso: que la otra parte (deudor) lo pueda aceptar y de esta forma se ha cargo con el importe del mismo.
- El librado: es la parte contrario del proceso, es decir la persona a quien se le adeuda un dinero y que por tanto es el responsable de abonar la letra de cambio en su fecha correspondiente. O lo que es lo mismo, en el momento que llegue su vencimiento. En cualquier caso, tiene la potestad de aceptar o no la orden de pago.
- El beneficiario: también conocido como portador o tenedor y que en este caso en concreto se refiere a la persona que tiene en su poder la letra de cambio.
Tipos de letra de cambio
Este no es un producto financiero completamente homogéneo. Sino que por el contrario, admite varias modalidades o formatos, tal y como vamos a comprobar a continuación. Este es un aspecto muy importante porque puede que afecte en algún que otro momento de tu vida. De cualquier forma, en estos momentos existen varios tipos de letra de cambio en función de la fecha de vencimiento y que son las siguientes:
Letras de cambio a un día fijo
Son aquellas en el que su vencimiento no ofrece ninguna clase de dudas: aportan una fecha fija. Como por ejemplo, 23 / 09 / 2019. Esto quiere decir en la práctica que habrá que ejecutarla en esa fecha que se ha expresado.
Letras de cambio a la vista
Como por su propio nombre indica se diferencian en que se podrán cobrar cuando sean presentadas. Pero con un problema y es que esta operación no se puede formalizar cuando queramos. Sino que por el contrario, se materializa durante el año y antes de su fecha de libramiento.
Letras de cambio giradas a un plazo
Este documento se basa en que su vencimiento será a un plazo que empezará a contar desde el momento de su emisión. Es un sistema más complejo que los restantes y en donde solo cuentan los días hábiles y no los festivos. Por otra parte, no es el modelo más habitual entre los usuarios.
Letras de cambio a un plazo desde la vista
Su mecanismo se basa en que vencen a partir del preciso momento en que la letra de cambio es aceptada por los agentes sociales que intervienen en el proceso. Por lo tanto, su principal característica es que está íntimamente ligada a la fecha de aceptación.
¿Cómo rellenar una letra de cambio?
Quizás sea el apartado más engorroso si no tienes la suficiente experiencia en esta clase de operaciones mercantiles. En cualquier caso, deberán aparecer rellenos correctamente en el anverso del documento los siguientes datos:
- Lugar de libramiento: o lo que es lo mismo, el lugar en donde se emite la letra, Madrid, Barcelona, Bilbao…
- Importe: es la cantidad de la operación (por ejemplo, 10.000 euros) y debe ser expresada en números y con el nombre de la divisa (euro, dólar, franco suizo, etc.).
- Fecha de libramiento: deberá ponerse, en letra y no en número, el día, el mes y el año en el que se gira este producto financiero. Como por ejemplo, doce de enero de dos mil veinte.
- Fecha de vencimiento: en este caso, podrá utilizarse tanto en letras como en números, el día, mes y año en que se podrá demandar su pago.
- Designación del tomador: es el nombre de la empresa o persona a quien se dirige la letra de cambio. Como Medios Digitales SL.
- Domicilio de pago: es el número de la cuenta corriente o de ahorro en la que se deberá cargar el importe de la operación. Con todos los dígitos bien puestos, tal y como haces al realizar una transferencia bancaria a otra persona.
Tampoco deberá faltar la firma, nombre y domicilio del librador. Al igual que la fecha de su aceptación y por supuesto su firma correspondiente.
Si lo haces de esta manera, con toda seguridad, que no tendrás ningún problema en este proceso. Y si por cualquier circunstancia no supieses rellenar el documento necesitarás que alguna persona con conocimientos en este tipo de productos te ayude a formalizarla.
Diferencia entre letra de cambio y pagaré
Uno de los mayores problemas que plantea este producto es su diferenciación respecto a lo que es en realidad el pagaré. En este sentido, mientras el último de los documentos es necesaria la participación de dos figuras (personas o empresas). Por una parte, el que se compromete a pagar la deuda y por otro lado, al que se le abonará el saldo deudor.
Mientras que por otra parte, la letra de cambio requiere de la participación, al menos de tres personas y que son las siguientes: librador, librado y por último el beneficiario. Aunque ambos documentos tienen un importante punto de encuentro que reside en el hecho de que sirven como instrumentos para acceder a otros productos financieros, como por ejemplo el descuento de las letras de cambio.
Son pequeñas diferencias, pero que al fin y al cabo ayudan a entender un poco mejor su mecánica. En especial, por un aspecto clave como es el número de intervinientes en cada uno de estos dos documentos. Más allá de otras diferencias técnicas que serán objeto de más comentarios en otros artículos sobre las letras de cambio y los pagarés.
Ejemplo de letra de cambio
Esta parte viene reflejada en el apartado sobre cómo rellenar una letra de cambio. Si lo sigues al pie de la letra no tendrás porqué confundirte a partir de estos momentos. Como por ejemplo, podría ser una letra de cambio de 50.000 euros, en donde su librador es Empresas del Sol, SL. Y su librado José Antonio García Roiz. Y por supuesto que sin olvidarse firmarla. En donde es muy importante formalizarla perfectamente ya que cualquier incorreción dará lugar a que no sea válida y por tanto no tenga ningún valor.