La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dado un paso decisivo en la denominada pieza BBVA del caso Villarejo al confirmar el procesamiento de la entidad financiera como persona jurídica, de su expresidente Francisco González y de la cúpula del BBVA imputada. El tribunal ha rechazado los once recursos de apelación planteados contra el auto del juez instructor Manuel García Castellón, que puso fin a la investigación y propuso que todos ellos se sienten en el banquillo.
El caso gira en torno a la contratación por parte del BBVA de empresas vinculadas al excomisario José Manuel Villarejo entre 2004 y 2016 para llevar a cabo supuestos encargos ilícitos. Según la instrucción, esos contratos habrían servido para obtener información reservada mediante el acceso indebido a bases de datos policiales, seguimientos personales e intervención de comunicaciones, con el objetivo de proteger intereses corporativos del banco frente a empresarios, abogados, periodistas y otros actores económicos.
Qué ha decidido exactamente la Audiencia Nacional
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal ha dictado una batería de autos en los que desestima íntegramente los recursos presentados por el BBVA, por Francisco González y por el resto de investigados contra el auto de procesamiento de junio de 2024. Con ello, avala la decisión del instructor de proponer juzgar a la entidad y a su antigua cúpula por delitos de cohecho continuado y de descubrimiento y revelación de secretos presuntamente cometidos en beneficio del banco.
Los magistrados destacan que, a la vista de los indicios acumulados, “no resulta creíble el desconocimiento alegado” por el propio BBVA sobre la naturaleza de los servicios prestados por el entramado empresarial de Villarejo, el Grupo Cenyt. Para la Sala, la tesis de que la alta dirección ignoraba estos encargos no se sostiene frente al volumen de contratos, a su duración en el tiempo y al tipo de información generada.
En sus resoluciones, el tribunal respalda la valoración de la Fiscalía Anticorrupción y del instructor, subrayando que existen indicios suficientes de delitos continuados de cohecho y de revelación de secretos. No se entra todavía a fijar responsabilidades definitivas, pero sí se concluye que la prueba recabada es bastante para descartar el archivo y avanzar hacia la fase de enjuiciamiento público.
La Audiencia recuerda que la función de la Sala en este momento procesal no es detallar cómo debieron organizarse los controles internos, sino comprobar si hay base indiciaria para un juicio oral. Y su respuesta es afirmativa: será en esa vista donde se analice de forma conjunta toda la documentación, los contratos con Cenyt, los flujos de pagos y las comunicaciones internas del banco.

Quiénes se sientan en el banquillo y qué se les imputa
El auto confirmado por la Audiencia Nacional señala como procesados al BBVA como persona jurídica, a su expresidente Francisco González y a una nómina de exdirectivos y mandos policiales. Entre ellos figuran el exconsejero delegado del banco Ángel Cano, el exresponsable de Seguridad y excomisario de Policía Julio Corrochano, el exdirector de Riesgos Antonio Béjar, el exjefe de Control Interno y de los servicios jurídicos Eduardo Arbizu y el que fuera director del gabinete de presidencia Joaquín Gortari, entre otros antiguos cargos de la entidad.
Junto a la cúpula del banco, también están procesados policías y colaboradores de Villarejo, como el propio excomisario, su socio y abogado Rafael Redondo y otros mandos vinculados al Grupo Cenyt. Según la instrucción, este entramado empresarial se habría aprovechado de la posición de Villarejo en la Policía Nacional para acceder a registros policiales, bases de datos reservadas y comunicaciones, poniendo esa información al servicio de clientes privados como el BBVA.
La Sala comparte el criterio de que los hechos presentan los rasgos de delitos continuados de cohecho y revelación de secretos. El cohecho se vincula a los pagos que el banco habría realizado al grupo de Villarejo —cifras que la investigación sitúa en más de diez millones de euros en el conjunto de encargos—, mientras que la revelación de secretos se relaciona con el uso de datos personales y de información sensible obtenida mediante recursos públicos para fines ajenos a la función policial.
Los encargos atribuidos a Cenyt incluyen desde seguimientos físicos de personas hasta la intervención del tráfico de llamadas, pasando por la consulta sistemática de bases de datos policiales y la elaboración de informes de inteligencia sobre patrimonio, relaciones empresariales y contactos de los objetivos. Entre esos objetivos se mencionan, en distintos momentos de la causa, a empresarios como el expresidente de Sacyr Luis del Rivero, a representantes de asociaciones como Ausbanc y a otros actores del mundo económico y mediático.
La Audiencia aclara que todos estos indicios deberán ser ponderados de forma conjunta en el juicio, pero considera que la interpretación realizada por el juez y por las acusaciones no es irrazonable, lo que impide acordar el sobreseimiento de las actuaciones en este punto y obliga a mantener a todos los investigados como procesados.

Un sistema de control interno en el punto de mira
Uno de los ejes de la resolución es la crítica al modelo de prevención y control de delitos implantado por el BBVA durante los años investigados. Para la Sala, ese sistema “no era eficaz”, porque dejaba fuera de cualquier supervisión real a la Presidencia Ejecutiva y a la alta dirección del banco, precisamente el núcleo desde el que, con carácter indiciario, se habrían tomado las decisiones ahora cuestionadas.
Los magistrados subrayan que existía un grupo reducido de responsables que podía actuar al margen de los protocolos internos y sin controles efectivos, cuyas órdenes eran obedecidas por los niveles inferiores sin apenas cuestionamiento. Esa estructura habría permitido que los contratos con Cenyt y los encargos sensibles se gestionaran de forma reservada, conocidos solo por un círculo muy limitado de directivos.
Según la Audiencia, esta configuración organizativa es clave para valorar la posible responsabilidad penal de la persona jurídica, figura incorporada al ordenamiento español para evitar que las grandes corporaciones se escuden tras la complejidad de su organigrama. Si se acredita en el juicio que el modelo de cumplimiento era meramente formal y no impedía prácticas delictivas desde la cúpula, el banco podría ser condenado como tal.
La Sala insiste en que no le corresponde diseñar cómo debería haberse articulado el programa de cumplimiento normativo del BBVA, pero sí constatar, con la información disponible, que los mecanismos que existían no lograron impedir ni detectar durante años una relación contractual anómala con un comisario en activo que explotaba su acceso a recursos policiales.
Ese análisis de la eficacia real de los sistemas de control será uno de los aspectos más relevantes del juicio, no solo para este caso concreto, sino como referencia para otras grandes empresas españolas y europeas sujetas a obligaciones similares en materia de prevención de delitos y de cumplimiento penal corporativo.

El papel de Francisco González y los contratos con Cenyt
En lo que respecta a Francisco González, los autos de la Audiencia Nacional ponen el foco en su participación directa en algunos de los contratos suscritos con Cenyt. La Sala, en línea con el juez instructor, resalta que determinados encargos habrían sido expresamente ordenados por el entonces presidente del banco, que ya conocía quién era Villarejo, la naturaleza del Grupo Cenyt y sus métodos de trabajo por acuerdos previos.
Para los magistrados, “no es irrazonable” concluir que González optó por recurrir a esa empresa precisamente porque otros métodos de obtención de información no habían dado los resultados esperados, mientras que Cenyt sí lo hizo. Eso refuerza, a ojos del tribunal, la hipótesis de que el expresidente era consciente de que estaba accediendo a un recurso anómalo, al margen de los canales habituales.
La Sala considera que hay base suficiente para sostener, de forma provisional, que González pudo participar en los delitos de cohecho y revelación de secretos ahora investigados. En particular, se subraya que, según los indicios, sabía que la información generada por Cenyt se obtenía sin respetar la legalidad, sirviéndose de funcionarios policiales para entrar en bases de datos y registros protegidos, recabando datos personales e íntimos sin autorización judicial.
A pesar de ello, y siempre según la versión que maneja la instrucción, desde la cúpula del banco se habría ordenado seguir contratando los servicios de Villarejo durante años. Esa persistencia en la relación contractual, unida a la naturaleza de los informes elaborados, es uno de los elementos que la Audiencia destaca como relevante a la hora de valorar la responsabilidad del expresidente.
Fuentes cercanas a Francisco González han trasladado que el exbanquero asume la decisión de la Sala con tranquilidad y confía en que el juicio oral le permita aclarar todas las dudas y demostrar su inocencia. De momento, la confirmación del procesamiento implica que seguirá figurando como acusado en una de las causas más sensibles para el sistema financiero español de las últimas décadas.
Origen del caso y siguiente paso: hacia el juicio oral
El capítulo ahora confirmado por la Audiencia Nacional se enmarca en la pieza separada número 9 del caso Villarejo, abierta específicamente sobre la relación entre el BBVA y el excomisario. Fue en junio de 2024 cuando el juez Manuel García Castellón, tras una extensa instrucción plasmada en un auto de más de 250 páginas, decidió dar por concluida la fase de investigación y propuso juzgar al banco, a González, a Villarejo y a otros implicados.
El origen de los hechos, según relató el instructor, se sitúa en la incorporación de Julio Corrochano al BBVA en septiembre de 2002 como responsable de Seguridad. Ese fichaje, que contó con la aquiescencia expresa de Francisco González, facilitó un enlace directo entre la entidad y antiguos compañeros de Corrochano en la Policía, entre ellos los comisarios en activo José Manuel Villarejo y Enrique García Castaño.
A partir de ese momento, Villarejo habría aprovechado de manera fraudulenta su posición dentro del organigrama policial para articular, a través del Grupo Cenyt, una estructura empresarial con la que lucrarse mediante el uso de recursos públicos. Esa red le permitía un acceso indirecto a numerosos registros policiales, así como a bases reservadas de datos a disposición de las fuerzas de seguridad, que habría utilizado en beneficio de distintos clientes privados.
El juez instructor detalló que, conociendo esa doble actividad de Villarejo, Corrochano puso este “recurso anómalo e ilegal” a disposición del banco, garantizando a la cúpula del BBVA discreción y opacidad si se recurría a él. Dada la ausencia de un programa efectivo de supervisión sobre las decisiones ejecutivas de la Presidencia, un núcleo muy reducido de altos directivos habría quedado al tanto de este mecanismo.
Fruto de esa dinámica, se firmaron una serie de contratos para desplegar lo que se denominaron “proyectos de inteligencia”: seguimientos personales, monitorización de comunicaciones, consultas a bases de datos de personas y averiguaciones patrimoniales de empresarios, abogados, periodistas y otros perfiles considerados sensibles para los intereses del banco. Es sobre ese conjunto de actuaciones sobre el que ahora se proyecta la apertura de juicio.
Reacción del banco y relevancia para el sector financiero
Tras conocer la decisión de la Audiencia Nacional, el BBVA ha emitido un comunicado en el que sostiene que la resolución no altera su situación procesal, que sigue siendo la de parte investigada hasta que el juez dicte, en su caso, auto de apertura de juicio oral. La entidad recalca que su prioridad continúa siendo la plena colaboración con la justicia en el esclarecimiento de los hechos.
El banco vuelve a defender que, a su juicio, de lo investigado no se deriva responsabilidad penal para la entidad. Añade que seguirá actuando con determinación y diligencia bajo el liderazgo del actual consejo de administración, cuyos miembros, subraya, no tienen ninguna conexión con los hechos analizados en esta pieza del caso Villarejo y pertenecen a una etapa posterior de la entidad.
La confirmación del procesamiento sitúa al BBVA en una posición inédita dentro del Ibex 35, al convertirse en una de las grandes empresas cotizadas que encara un juicio penal por su presunta relación con la red de Villarejo. Más allá del impacto reputacional, el caso es seguido con atención en el ámbito financiero y regulatorio europeo, donde se observan con lupa las prácticas de gobierno corporativo y de cumplimiento en los grandes grupos bancarios.
Para el conjunto del sistema, el procedimiento plantea interrogantes sobre hasta dónde puede llegar la competencia empresarial cuando se cruzan determinadas líneas rojas, y qué nivel de control efectivo debe exigirse a los órganos de administración para prevenir la utilización de recursos estatales con fines privados. También pone a prueba la eficacia real de la figura de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en España.
Con los recursos ya resueltos por la Sala de lo Penal, el camino queda despejado para que el Juzgado Central de Instrucción dicte, cuando se cumplan los trámites pendientes, el auto de apertura de juicio oral. Será entonces cuando se fije fecha para una vista que pondrá frente al tribunal a una de las mayores entidades financieras del país y a parte de quienes dirigieron su estrategia durante más de una década.
La confirmación del procesamiento del BBVA, de Francisco González y de varios exdirectivos por sus presuntos encargos al comisario Villarejo marca un punto de inflexión en un procedimiento que combina sospechas de cohecho, revelación de secretos y fallos graves en los controles internos de una gran entidad del Ibex 35; a partir de ahora, el foco se desplaza al juicio oral, donde se dirimirá si los indicios reunidos bastan para transformar esta larga investigación en condenas penales o en la exoneración de los acusados, y donde también se jugará buena parte de la credibilidad del marco de responsabilidad corporativa en España y en Europa.