Incapacidad permanente total

incapacidad permanente total

A lo largo de los años de trabajo, puedes encontrarte con situaciones que te incapacitan para llevar a cabo el puesto de trabajo. En esos momentos puedes plantearte solicitar la incapacidad permanente total.

Pero, ¿qué es la incapacidad permanente total? ¿Quién sería beneficiario de esta pensión? ¿Se puede compatibilizar con otras? Todas esas dudas son las que vamos a resolverte a continuación.

Qué es la incapacidad permanente total

Qué es la incapacidad permanente total

Según la Seguridad Social, la incapacidad permanente total se conceptualiza como «aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta».

En otras palabras, hablamos de una persona que no puede llevar a cabo el trabajo que ha estado haciendo pero que no le incapacita para hacer otra cosa diferente. Es decir, no puede haber una determinada tarea, pero sí podría considerar otras diferentes.

La diferencia entre la incapacidad permanente total, parcial y absoluta

En nuestro sistema, existen varios tipos de incapacidades. En la que hoy nos centramos es la incapacidad permanente total, pero hay que diferenciarla entre la parcial y la absoluta.

Incapacidad permanente parcial

Es aquella que incapacita a la persona a realizar las tareas de su puesto de trabajo, disminuyendo su rendimiento en un 33% o más. En este caso, la persona podría seguir trabajando en ese puesto de trabajo, pero hay que tener en cuenta que su incapacidad hace que no pueda rendir al 100% sino que se ve mermada la capacidad para hacerlo.

Incapacidad permanente total

Es aquella donde el trabajador se ve incapaz de realizar el trabajo que venía haciendo en su puesto de trabajo. Es decir, no puede llevar a cabo las tareas que debe hacer en el puesto. Sin embargo, sí que podría seguir trabajando en otro tipo de trabajo.

Un ejemplo podría ser el de una maestra de escuela infantil. Es posible que su dolencia le impida trabajar con niños (porque tienes problemas en las manos, por falta de coordinación, etc.) pero no le impediría hacer un trabajo diferente, como puede ser el elaborar propuestas educativas para los niños.

Incapacidad permanente absoluta

Esta situación es la que implica que el trabajador no puede realizar ningún tipo de oficio o profesión. Es decir, es incapaz de trabajar ya que su enfermedad o dolencia le impide realizarlo.

En estos casos, la pensión que recibe es la del 100% de la base reguladora debido a que no puede trabajar y por tanto no puede ganar dinero para subsistir. Además, si esta incapacidad viene dada por un accidente de trabajo en el que es la empresa la que ha tenido la culpa de ello, habrá un aumento de entre el 30 y el 50% del importe por parte de esta debido a su negligencia.

Quién puede solicitar la IPT

Quién puede solicitar la IPT

A pesar de que cualquier puede solicitar la incapacidad permanente total, lo cierto es que los beneficiarios de estos han de cumplir una serie de requisitos para que sean valorados, normalmente por un tribunal médico. Estos requisitos son los siguientes:

  • No tener la edad de jubilación. En otras palabras, hablamos de que la persona no haya reunido los requisitos para ser merecedor de una pensión de jubilación.
  • Estar en situación de alta, o asimilada al alta. Es decir, que para solicitar la incapacidad permanente total debe estar en activo trabajando, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena.
  • Tener un periodo de cotización previo. En este caso, dependerá de la edad de la persona. Por ejemplo, si es menor de 31 años, la cotización debe ser de la tercera parte del tiempo transcurrido desde los 16 años y el hecho que causa esta petición de incapacidad permanente total. Si es mayor de 31 años, entonces se pide como mínimo 5 años.

Cuánto se cobra con ella

La incapacidad permanente total no tiene, al igual que ocurre con otras prestaciones, una cuantía fija. Esta va a depender de la base reguladora que se tenga, y la causa que origina la incapacidad.

Por ejemplo, si hablamos de una incapacidad debido a una enfermedad común, la cuantía que se obtiene será, como mínimo, la que se fija anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para la pensión de incapacidad permanente total de una enfermedad común, siempre que se tengan menos de 70 años y no haya un cónyuge a cargo.

Por norma general, se recibe una cuantía correspondiente al 55% de la Base Reguladora. Sin embargo, se puede incrementar al 75% en el caso de que la persona tenga más de 55 años debido a que, su edad, así como la formación que tiene, puede no ser la adecuada para encontrar un nuevo empleo.

También se incrementa entre un 30 y un 50% en caso de que la incapacidad permanente total sea debido a un accidente de trabajo, o bien una enfermedad profesional. Dependiendo de qué cause la lesión, el recargo podría acabar en una subida que estará a cargo del propio empresario, siempre que este haya infligido la ley.

Incompatibilidades

La incapacidad permanente total es compatible con el desempeño de un trabajo, ya sea en la misma empresa o en otra. Sin embargo, ese trabajo no puede ser el mismo que le acreditó la incapacidad. Es decir, no puedes trabajar en lo mismo para lo que te han incapacitado, pero sí que puedes hacer otro trabajo y funciones diferentes.

Ahora bien, el incremento de ese 20% que se obtiene no puede ser compatible si se hacen trabajos, ya sea por cuenta propia o ajena, así como con las prestaciones que derivan de esos trabajos, por ejemplo, la incapacidad temporal o la maternidad.

Cómo se solicita la incapacidad permanente total

Cómo se solicita la incapacidad permanente total

Si después de leer todo piensas que puedes solicitar esta ayuda, lo primero que necesitas es conocer cuáles son los documentos que vas a tener que aportar. Para empezar, se te va a requerir el DNI o el NIE en caso de ser extranjero residente (o no) en España. Además, si la incapacidad permanente total se produce debido a una enfermedad común, debes incluir el pago de las cotizaciones de los últimos 3 meses; si es por accidente de trabajo, o bien por enfermedad profesional, deberás adjuntar un parte administrativo de ese accidente o enfermedad, así como un certificado empresarial de los salarios reales del año anterior.

Aparte, se recomienda aportar historiales clínicos relacionados con la dolencia que lo incapacita.

Una vez tengas toda esa documentación, podrás acudir a cualquier centro de atención e información de la Seguridad Social para tramitar la solicitud. Esta deberá estar junto con el modelo oficial de incapacidad permanente total. También se puede presentar de manera online, en el apartado de Ciudadanos de la página de la Seguridad Social, siempre y cuando se disponga de un certificado digital.


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