Impuesto de circulación

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Quien tiene un vehículo, tiene un ‘saca dinero’. Literalmente. Y es que, como sabes, un coche, una moto, o cualquier vehículo incluye un mantenimiento, gasolina o diésel, y también cumplir con una serie de impuestos como es el impuesto de circulación.

Pero, ¿qué es el impuesto de circulación? ¿Hay que pagarlo obligatoriamente? ¿Cuánto se paga? ¿Dónde? ¿Solo una vez o cada cuánto? Todas estas preguntas que puedes hacerte vamos a tratar de responderlas para que no te encuentres con una multa si te para la policía y te pide unos papeles que quizá no tengas.

¿Qué es el impuesto de circulación?

¿Qué es el impuesto de circulación?

El impuesto de circulación es el nombre por el que se le conoce habitualmente. Pero su nombre «formal», es Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, o sus siglas IVTM. Se trata de un gasto obligatorio que tiene cualquier persona que sea el dueño de un vehículo.

¿Y qué significa eso? Pues que, además de pagar por ese vehículo, has de pagar por circular por la vía pública con él. Es decir, este impuesto grava tu derecho a circular por la carretera (porque, en cierta forma, al darle uso a la misma implica que la estás gastando).

Este impuesto lleva en España desde 1990, año en que se puso, y son los Ayuntamientos los que se encargan de recaudar el dinero. Sin embargo, antes de esa fecha también existía otro impuesto que gravaba el uso de las carreteras; el llamado Impuesto Municipal sobre Circulación de Vehículos, IMCV.

¿Qué vehículos han de pagar el impuesto de circulación?

¿Qué vehículos han de pagar el impuesto de circulación?

Si estás pensando en un patinete eléctrico, en una bicicleta, en un coche, una moto… Sí, todos ellos son vehículos, pero hay una diferencia. Y es que realmente los que están «obligados» a pagar el impuesto de circulación son aquellos que se matriculen en España, ya sea de forma definitiva, temporal o con matrícula turística. Es decir, que si tienes un coche, moto, camión, autobús, etc. vas a tener que pagar ese impuesto.

Solo hay unos pocos casos en los que se está exento de pagar ese impuesto: en caso de que los vehículos sean oficiales, de representantes diplomáticos, vehículos sanitarios, para personas de movilidad reducida (igual o superior al 33%), transporte público urbano (con más de 9 plazas) y maquinaria (siempre que se tenga la Cartilla de Inspección Agrícola).

El impuesto de circulación, ¿se paga solo una vez?

Lamentablemente, no. Este impuesto es anual, lo que quiere decir que deberás asumir el coste todos los años. Algunos ayuntamientos permiten que el pago se haga de forma fraccionada, es decir, pagando una parte a primeros de año y otra a final de año, pero no es una norma que deban hacer todos sino que dependerá de cada ayuntamiento y de cómo gestionen la recaudación de este impuesto.

La notificación de pago se realiza antes, ya que deben dar un tiempo para pagarlo. Si pasado ese tiempo no se realiza el pago, pueden reclamar ese dinero, con un recargo por no haber hecho efectivo el pago en su fecha correspondiente, pero además, en caso de que la policía te pare y pida los papeles, te enfrentarías a una multa debido a que no tienes toda la reglamentación en regla.

Si aún así no se paga, te arriesgas a que se abra un proceso de embargo de la cuenta bancaria, con el objetivo de que la administración salde la deuda que tienes contraída. De hecho, hasta que no lo hagas no podrías utilizar tu cuenta (y tendrías muchos problemas para abrir otra y que estuviera operativa).

Cuándo y dónde se paga

El impuesto de circulación, ¿se paga solo una vez?

Desde el 1 de enero, todo propietario de un vehículo matriculado tiene la obligación de pagar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Sin embargo, no quiere decir que si no lo pagas el 1 de enero ya vas a tener un recargo; los ayuntamientos siempre dan un margen de tiempo para hacer efectivo el pago por parte del titular, o incluso de domiciliarlo para evitar tener que acordarte o pagarlo de manera manual.

En cuanto a dónde, esto queda determinado por el domicilio que conste en el permiso de circulación de cada vehículo. Estos han de estar «registrados» en un domicilio, que normalmente suele ser el familiar o el del trabajo, y por ende corresponderá al ayuntamiento de ese municipio la recaudación. ¿Qué significa eso? Pues que será en el Ayuntamiento donde se deba pagar este trámite, o, en caso contrario, a través del banco.

Cuánto hay que pagar

No podemos darte una cifra exacta de lo que hay que pagar de Impuesto de circulación, ya que la cuantía final va a depender del tipo de vehículo que tengas. Este se calcula con una parte fija, que se tarifa según la potencia, caballos fiscales, potencia fiscal (cilindrada y número de cilindros). Además, a esto hay que sumarle un incremento que puede aplicar cada ayuntamiento.

Esta es la razón por la que en según qué ciudad o municipio, el impuesto puede ser más barato o más caro.

Qué pasa si vendo el vehículo, ¿quién paga el impuesto de circulación?

Puedes encontrarte en una situación así. Por ejemplo, que decidas vender tu coche en algún momento a lo largo del año. En este caso, si el impuesto de circulación lo has pagado ya, lo que podrías hacer es sumar al precio de la venta la parte proporcional del impuesto de circulación que ya no vas a disfrutar tú.

Por ejemplo, imagina que en junio vendes el coche. Para esa fecha, el impuesto ya está pagado íntegramente, pero tú no vas a disfrutar del coche más allá de junio. Por tanto, a ese precio por el que vendes el coche podrías sumarle la parte de los 6 meses del impuesto de circulación que has pagado y no vas a disfrutar, sino que lo hará la otra persona.

Ahora bien, debes tener en cuenta que, cuando vendes un vehículo, debe haber un cambio de titularidad ya que, de lo contrario, a efectos legales podrías seguir siendo titular y eso te obliga a hacer frente a los impuestos que haya que pagar por él, aun cuando no lo tengas.


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