Despido disciplinario

Qué es el despido disciplinario

Tener una relación laboral es algo que necesitamos para poder tener dinero en la cuenta bancaria y utilizarlo para el día a día. Pero hay ocasiones en las que ese trabajo no se realiza bien y se incumplen varios aspectos que acaban en un despido disciplinario.

Pero, ¿qué es realmente un despido disciplinario? ¿Por qué te pueden despedir bajo esta figura? ¿Y qué le pasa entonces al trabajador? Todo esto y algunos aspectos más son lo que vamos a tratar a continuación.

Qué es el despido disciplinario

Para empezar, debes saber que el despido disciplinario está recogido en el artículo 54 del Estatuto de los trabajadores. En él se recoge todo lo relacionado con esta forma de perder el trabajo pero, ¿qué es realmente un despido disciplinario?

Este se entiende como aquella interrupción de una relación laboral entre un empleado y un empleador debido a un incumplimiento por parte de esa primera persona (el empleado o trabajador) que se califica como grave y culpable.

En otras palabras, hablamos de una situación que genera un problema por parte del trabajador a la empresa, ya sea a compañeros de trabajo, jefes o a la propia imagen de la empresa.

Realmente no podemos decir que sea una situación cómoda. De hecho, los trabajadores que son despedidos de esta forma pueden tener problemas para encontrar otro trabajo ya que no da una buena imagen para su currículum (y de hecho muchos lo ocultan para no cerrarse puertas).

Tipos de despido disciplinario

Tipos de despido disciplinario

Si analizamos un poco más detenidamente el artículo 54 del E.T. (Estatuto de los Trabajadores), nos daremos cuenta que están tipificados cuáles son esos incumplimientos que se aplican para con el trabajador y que se consideran graves. Entre ellos, te puedes encontrar con los siguientes:

Faltas repetidas o injustificadas

También aquí debemos incluir la impuntualidad del trabajador. Imagina que tienes una empresa y tus trabajadores deben empezar a trabajar a las 8 de la mañana. Pero hay uno que suele llegar a las 8:10 o más tarde. Todos los días.

Eso es una impuntualidad, y salvo que haya quedado con su jefe o con la empresa en que puede hacerlo así, supone una falta grave y culpable tipificada en el Estatuto como despido disciplinario.

Lo mismo pasaría si un trabajador empieza a faltar repetidamente o lo hace sin justificar (aludiendo que no ha podido ir a trabajar, saliendo antes sin causa justificada…). Todo esto genera un problema para la empresa y puede utilizar esta herramienta para terminar la relación laboral.

Resumiendo, nos encontramos con:

  • Falta de asistencia: cuando un trabajador no va a trabajar. Esto puede darse por toda la jornada o bien por una parte de la misma.
  • Impuntualidad: no cumplir con el horario de trabajo establecido.

Indisciplina o desobediencia

Esta causa de despido disciplinario la puedes encontrar en el artículo 54.2.b del E.T. Se trata de una situación en la que el trabajador no cumple con las órdenes que se le dan, o bien le replica y desobedece con lo que no se realiza el trabajo exigido.

Ahora bien, esto tiene una «letra pequeña» y es que el trabajador SÍ se puede negar a hacer algo que le pida el empresario cuando la realización de esa actividad supone poner en peligro la salud o la vida del trabajador; o bien cuando es un abuso por parte del empleador.

Tipos de despido disciplinario

Ofensas verbales y/o físicas

Imagina que estás trabajando con otros compañeros de trabajo y hay uno que no deja de insultar, vejar e incluso llega a las manos con otros. Esa situación, además de suponer una mala relación en el trabajo, también es motivo de un despido disciplinario.

En concreto, se establece que cualquier trabajador que provoque una falta de respeto, ya sea verbal, escrita, oral, física…hacia otra persona (compañeros de trabajo, empresario, jefes, o incluso familiares de estos), legitima a la empresa para despedir al trabajador bajo un despido disciplinario.

Algo que pocos conocen es que no tienen por qué producirse todas esas faltas en el ámbito laboral, sino que también se engloba lo que ocurra fuera del centro de trabajo y en cualquier horario, laboral o no.

Disminución del rendimiento de trabajo

Imagina que empiezas a trabajar y que, cada día, haces 100 productos. Es una buena marca. Pero, con el paso del tiempo, te vas cansando, o te aburre, o simplemente no quieres trabajar tanto, y en lugar de 100, hacer 50, o 20, o 10. Una bajada de ritmo continuado y voluntario también puede ser causa de despido disciplinario.

Por supuesto, cuando ocurre esto, normalmente los propios empresarios hablan con el trabajador para saber si hay alguna situación que lo provoque, e intentan que vuelva a ser productivo, pero si no hay causa justificada, ni tampoco interés por la otra persona, el empresario puede tomar la decisión de terminar la relación laboral.

Estado de embriaguez y/o toxicomanía

No hay duda que ir a trabajar borracho, o drogado, son causas más que justificadas para que el trabajador te pueda despedir. Pero es que además están recogidas en el artículo 54.2.f del Estatuto de los Trabajadores.

Ahora bien, no pueden despedirte a la primera, de hecho, según el artículo, debe haber una habitualidad a ese estado, es decir, que se produzca varias veces.

Despido disciplinario por acoso laboral

El acoso laboral, o mobbing, también puede ser un acoso sexual. Este puede venir por parte de un compañero de trabajo, o incluso de un jefe o empresario, y es una de las causas de despido disciplinario.

En este caso, cuando una empresa es notificada de un caso de acoso laboral, la empresa debe, en un periodo de sesenta días, despedir al trabajador.

Otras causas establecidas en el convenio colectivo

Hay empresas que tienen convenios colectivos y en ellos se pueden establecer otras causas o situaciones que den lugar a un despido disciplinario.

Qué pasa si se produce un despido disciplinario

Qué pasa si se produce un despido disciplinario

Cuando una empresa hace uso del despido disciplinario para terminar la relación laboral con un trabajador, ha de notificar por escrito a este. El documento no solo debe expresar que se va a despedir, sino también los motivos y hechos que están produciendo esta situación.

Por su parte, el trabajador puede impugnar la decisión, pero lo hará judicialmente. Para ello, se establece un plazo de 20 días hábiles para poder presentar una «papeleta de conciliación». Aquí mediará otra persona y podrá declarar el despido como:

  • Procedente: si da la razón al empresario y el despido se mantiene.
  • Improcedente: cuando da la razón al trabajador y puede ocurrir que, o bien se restituya al puesto de trabajo; o bien se le pague una indemnización (de 33 días por año trabajado o, si tiene un contrato de antes de febrero de 2012, de 45 días).
  • Nulo: donde la razón la tiene el trabajador. Este recupera su puesto de trabajo y puede conllevar una sanción a la empresa o el pago de una indemnización al trabajador.

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