Derechos de traspaso

Es importante tener en cuenta los derechos de traspaso si queremos adquirir un negocio de esta manera

Seguramente habréis visto en más de una ocasión algún negocio en traspaso. Puede ser una idea seductora el hecho de adquirir un comercio que ya está funcionando. ¿Pero qué implica realmente? Son muchos los aspectos que debemos tener en cuenta, siendo uno de ellos los derechos de traspaso.

Para ayudaros a aclarar estos conceptos, explicaremos en qué consiste el traspaso de un negocio y cuáles son los trámites implicados. Además, hablaremos más en detalle sobre los derechos traspaso, muy importantes si el local está siendo arrendado. Si os interesa el tema, no dudéis en seguir leyendo.

¿Cómo es el traspaso de un negocio?

Los derechos de traspaso tienen que estar incluidos en el contrato original para que puedan existir

Antes de hablar sobre los derechos de traspaso, vamos a comentar primero en qué consiste el traspaso de un negocio. Se trata básicamente de un contrato mediante el cual se ceden bienes tangibles (mobiliarios, productos, etc.) y también bienes intangibles (clientes, marca, etc.). Son varios los motivos por los cuales una persona puede decidir traspasar su negocio, siendo los más comunes la jubilación, alguna enfermedad o falta de tiempo, entre muchos otros. Claro está, la persona que quiere adquirir el negocio tiene que pagar el traspaso. El precio se determina en el respectivo contrato.

Trámites

Como seguramente ya imaginaréis, llevar a cabo un traspaso de un negocio no es tan sencillo como parece. Hay una serie de documentos y trámites que debemos realizar antes de finalizar el proceso. Veamos cuáles son:

  1. Contrato de cesión: Contiene los activos que se cederán y todo lo que se encuentra en el local y que resulte necesario para el negocio en cuestión. También quedará estipulado en el contrato el precio, en el cual se incluirán además la cartera de clientes, la infraestructura, el stock, etc. Y si fuera necesario, también se incluiría en este paso la licencia.
  2. Cesión de contrato de arrendamiento: Según dictamina la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos en el Artículo 32, el arrendatario tiene permiso para subarrendar el local o cederlo sin el consentimiento del arrendador. Sin embargo, debe notificarlo con al menos 30 días de antelación, ya que el propietario del local sí que puede aumentar el alquiler hasta un 20%, si así lo desea.
  3. Licencia de apertura: Se consigue en el ayuntamiento del municipio para hacer el cambio de titularidad. Suelen pedir una serie de documentos, siendo los más frecuentes estos: DNI con fotocopia, la identificación de la licencia anterior y, para sociedades, los poderes de la persona que firma la solicitud y la escritura de la constitución.
  4. Alta de empresa o de autónomos: Ya sólo nos queda darnos da alta como autónomos o empresa. Tras un traspaso, podemos escoger diversas modalidades, siendo estas las más habituales: Sociedad Civil, Sociedad Limitada (SL), Estimación Objetiva y Estimación Directa Normal o Estimación Directa Simplificada. Aquí os explicamos los pasos a seguir para darnos de alta como autónomos.

Todo esto puede llegar a ser un jaleo de mucho cuidado. Por este motivo es altamente recomendable ir a un asesor especializado para que gestione todos estos trámites. Además, se encargará de informarnos acerca de nuestras obligaciones fiscales. De esta manera evitaremos que nos sancionen por alguna gestión mal llevada.

¿Qué son los derechos de traspaso?

Los derechos de traspaso implican una cesión tanto de las obligaciones como de los derechos del arrendatario a una tercera persona

Ahora que ya entendemos un poco mejor en qué consiste el traspaso de un negocio, veamos qué son exactamente los llamados derechos de traspaso. Pues bien, se trata básicamente del importe que tiene que pagar una persona, ya sea jurídica o física, para adquirir el local en cuestión. Este local tiene que ser un negocio, es decir, un lugar donde se desarrolla cualquier tipo de actividad económica. Además, tiene que estar arrendado para que se pueda subrogar como arrendatario.

En otras palabras: Los derechos de traspaso, que deben ser pagados, implican una cesión tanto de las obligaciones como de los derechos del arrendatario a una tercera persona. Esta ocupa el lugar del arrendatario. De este manera, el tercero pasa a ser la parte arrendataria del ya existente contrato de alquiler original, al que era inicialmente ajeno. Así se subroga su posición, la de arrendatario.

Características de los derechos de traspaso

Los derechos de traspaso deben cumplir ciertas pautas. Por ello podríamos decir que las características principales de los derechos de traspaso son las siguientes:

  • La persona que adquiere el local tiene que pagar sí o sí una contraprestación o un precio cierto.
  • Tras realizar el traspaso del local se mantiene el contrato de alquiler anterior con los mismos términos, no se puede cambiar.
  • Los derechos de traspaso deben estar pactados en el contrato de arrendamiento. Si no es así, el arrendatario está obligado a obtener el consentimiento del arrendador si quiere traspasar el local.
  • Sólo existen los derechos de traspaso para locales comerciales, donde se estén desarrollando actividades económicas. No se puede aplicar a bienes inmuebles utilizados como vivienda.
  • Es imperativo que se inscriba el traspaso en escritura pública.
  • También es obligatorio notificar fehacientemente al arrendador de que se va a llevar a cabo el traspaso.
  • No se pueden traspasar existencias, sólo el local.

Ejemplo

Para entender un poco mejor cómo funcionan los derechos de traspaso, vamos un poner un pequeño ejemplo. Eva es la propietaria de un local y para sacarle algo de beneficio se lo alquila a Paco, quien decir abrir ahí una cafetería y realizar así una actividad comercial. Por lo tanto, Paco es el arrendatario y Eva la arrendadora.

Con el paso del tiempo, Paco decide que no quiere continuar llevando la cafetería y quiere traspasar el local. Entonces aparece Alex, que no es ni el arrendatario ni el propietario del local. No obstante, le interesa el negocio y le gustaría quedarse con el local. Para ello, Alex tendría que subrogarse como arrendatario. Dicho de otra manera: Ocuparía el lugar de Paco en el contrato de arrendamiento inicial, manteniendo todos los términos implicados.

Espero que con este ejemplo hayan quedado claros los derechos de traspaso. Básicamente se cambia el arrendatario, sin tocar el contrato original. Esto puede ser algo ventajoso en algunos casos, pero recordad que es de suma importancia leer bien los contratos, sean cuales sean, fijándonos sobre todo en la letra pequeña.


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