Como cada año, una de las preguntas habituales en los meses de marzo y abril tiene que ver con cuÔndo se hace la Declaración de la Renta. Este es un trÔmite obligatorio para muchos, que poner un poco el vello de punta para poder cuadrar todo con Hacienda.
Si estabas buscando información acerca de las fechas para presentar la Declaración de la Renta, hasta cuÔndo tienes de plazo para pedir cita previa para ayudarte a hacerla, aquà te lo indicamos todo.
CuÔndo se hace la Declaración de la Renta

Como sabes, sobre todo si ya has hecho la Declaración de la Renta mÔs veces, en el mes de abril suele iniciarse la campaña. Sin embargo, no todos los años se abre en la misma fecha.
En este caso, la Declaración de la renta 2022 (que se presenta en 2023) comienza la campaƱa el 11 de abril de 2023, finalizando el 30 de junio de 2023, que es la fecha lĆmite para presentarla y que no haya sanciones por hacerla tarde.
Ahora bien, hay truco.
Y es que, debes tener en cuenta que hay varios periodos en todo ese tiempo. VerƔs:
- Del 11 de abril al 30 de junio. Este periodo, que es el que te hemos dado, es en el que podrÔs presentar la Declaración por Internet. Pero este se acorta al 27 de junio si te toca pagar a Hacienda y lo vas a hacer a ingresar con domiciliación en cuenta. Este dato es algo que muchas veces se olvida y de ahà vienen las sanciones después.
- Del 5 de mayo al 30 de junio. A partir de este momento es cuando la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) puede hacer la declaración por teléfono. Pero, para ello, has de haber pedido cita previa, concretamente del 3 de mayo al 29 de junio. Y no te recomendamos esperar mucho porque las citas suelen «volar» y después no hay.
- Del 1 al 30 de junio. SerĆ” el momento para aquellos que prefieren que la AEAT haga la declaración presencialmente. Para ello, deberĆ”s pedir cita previa (el plazo se abre del 25 de mayo al 29 de junio). AdemĆ”s, has de ir a las oficinas con toda la documentación que tengas para que la persona que te toque pueda elaborarla con los datos que le aportas y los que ellos tienen en su ordenador. Eso sĆ, cuidado porque no te exime de una inspección o de que te digan que has hecho algo mal (que puede pasar).
CuÔndo puedo mirar el borrador de la Declaración de la Renta

Junto con el inicio de la campaña de la Declaración, también aparecerÔ el llamado borrador de la declaración, que es un documento previo que la AEAT elabora en base a los datos que tiene de ti. Sin embargo, este puede no terminar de ser correcto.
Por ejemplo, en el caso de los autónomos, no tendrĆa introducidos los ingresos, o estos pueden cambiar con respecto a los que tenga en la base de datos la AEAT.
Por eso, es muy conveniente que se revise o incluso se haga partiendo de cero para ver si el resultado es el mismo o no.
Pero, ¿cómo acceder a ese borrador? Este estarÔ habilitado a partir del 11 de abril, y se podrÔ consultar hasta el 30 de junio de 2023. Para ello, es importante que podamos identificarnos. Hay varios métodos para ello:
- Con el certificado electrónico, ya sea en tu móvil o en el ordenador.
- Con sistema Cl@ve PIN.
- Con el nĆŗmero de referencia (este se puede solicitar desde el 8 de marzo.
Dónde pedir cita previa para hacer la Declaración de la Renta
Ya sabes los plazos, pero, ¿y cómo pides cita previa? En este caso puedes hacerlo de varias formas diferentes:
- Por telƩfono, a los que han habilitado para tal efecto, concretamente:
901 12 12 24 / 91 535 73 26
901 22 33 44 / 91 553 00 71
- Por Internet, siempre que tengas DNI electrónico, certificado, Cl@ve PIN o referencia.
- Por la app Agencia Tributaria.
Quiénes estÔn obligados a presentar la Declaración de la Renta

Ahora que sabes cuÔndo se hace la Declaración de la Renta, y también cuÔndo vas a poder ver el borrador, ¿tienes dudas de si estÔs obligado o no a presentarla?
En este punto, la Agencia Tributaria es clara. EstĆ”n obligados a hacer la Declaración de la Renta (y a presentarla), segĆŗn el artĆculo 1 de la Orden HFP/310/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas FĆsicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2022, los siguientes:
- Las personas que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros brutos anuales, siempre y cuando provengan de un solo pagador. Si han sido de varios pagadores, el lĆmite baja a 14.000 euros anuales. Pero siempre que, con el segundo y sucesivos, se superen los 1.500 euros anuales.
- Aquellas personas que obtuvieran rendimientos de capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta que en su conjunto superen los 1.600 euros anuales.
- Aquellas que perciben solo rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos Ćntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demĆ”s ganancias patrimoniales derivadas de ayudas pĆŗblicas superiores a 1.000 euros anuales.
- Las que hayan cobrado el Ingreso MĆnimo Vital en 2022.
- Aquellas que hayan obtenido otros rendimientos del trabajo, de capital o de actividades económicas, asà como ganancias patrimoniales, distintos de los anteriores, que en conjunto superen los 1.000 euros anuales. O que tengan pérdidas patrimoniales superiores a 500 euros anuales.
Eso quiere decir que, si no estĆ”s dentro de estos grupos, no tendrĆas obligación de realizarla. Sin embargo, la Agencia Tributaria sĆ que envĆa el borrador a todos, tengan o no que presentarla. Y conviene que lo revises e incluso hagas el trĆ”mite completo porque podrĆa darse el caso de que, haciĆ©ndola de manera voluntaria, pudieras recibir un dinero a cambio (ya sabes que la declaración de la renta puede salir a pagar o a que te pague Hacienda).
Ahora que ya sabes cuÔndo se hace la Declaración de la Renta es el momento de prepararse para hacer el trÔmite lo antes posible. Ten en cuenta que, cuanto antes lo hagas, antes se inicia el trÔmite para devolver el dinero y antes te lo ingresarÔn.