Contrato de relevo

Contrato de relevo

Los trabajadores necesitan estar en activo varios años para poder acceder a la pensión de jubilación. Y una de las herramientas que ayuda a los más mayores a ir retirándose poco a poco de su relación laboral es el llamado contrato de relevo. Esta figura, si bien es muy conocida, no siempre se aplica. Pero puede ayudar a que no haya un cambio drástico en la vida de una persona que pueda traer consecuencias negativas.

Si quieres saber más sobre el contrato de relevo, como las características que tiene, los requisitos y cuándo finaliza, entonces sigue leyendo lo que te hemos preparado.

Qué es el contrato de relevo

Qué es el contrato de relevo

El contrato de relevo es una figura que regula la relación laboral, ya no de dos entes (trabajador y empresa), sino de tres, dos trabajadores y una empresa. Se trata de un documento que permite que un trabajador sea sustituido por otra persona debido a la jubilación próxima del primero, de tal manera que este debe transmitir todo su conocimiento a la nueva persona y enseñarle cómo es el trabajo antes de jubilarse por completo.

Por ejemplo, imagina que tienes un trabajador que ha cumplido los 65 años. Le queda poco para jubilarse y la empresa decide que en lugar de trabajar toda la jornada laboral, va a hacer menos a cambio de tener a otro trabajador que se encargará de suplir las horas que él no va a trabajar. A cambio, este debe enseñar a esa persona nueva cómo llevar el trabajo. En otras palabras, se convierte en el «maestro» de la otra persona.

Ahora bien, debes tener en cuenta que, aunque el contrato de relevo implica a tres figuras, no quiere decir que solo haya un contrato. En realidad estará el del trabajador antigua y el del nuevo.

Qué pasa con el trabajador relevado

El trabajador relevado es la persona que lleva tiempo en la empresa y que acepta que esta lo sustituya parcialmente, acogiéndose así a la jubilación parcial. El contrato que tiene con la empresa se modifica de tal forma que pasa a ser un contrato a tiempo parcial, y ha de realizarse por escrito y en el modelo oficial para que el cambio sea legal y además pueda presentarlo de cara a que le den la jubilación parcial.

Este pasará entonces a trabajar unas horas determinadas de la jornada laboral, siendo sustituido el resto de las horas por la persona que lo sustituye, es decir, el trabajador vinculado a otro contrato por el número de horas que no va a trabajar el relevado.

La figura del relevista

En el caso del relevista, es decir, el trabajador que sustituye al empleado antiguo, este debe cumplir con las horas establecidas en su contrato y además aprender del relevado todo el conocimiento que debe tener, tanto de la empresa como del puesto de trabajo que va a desempeñar. El objetivo es que esta persona aprenda todo de tal forma que, cuando el relevado decida acceder a la jubilación completa, la otra persona ya pueda dominar al 100% el puesto de trabajo para desempeñar, a partir de ese momento, una jornada laboral completa.

Requisitos para firmar un contrato de relevo

Requisitos para firmar un contrato de relevo

Visto todo lo anterior, cuando una empresa se ve en la necesidad de firmar un contrato de relevo, necesita cumplir con una serie de requisitos para que sea considerado «legal». ¿Y cuáles son esos? Pues los siguientes:

  • Que el trabajador relevista esté inscrito en el INEM. También se permite que ese trabajador pueda ser alguien que ya está relacionado con la empresa, pero tiene un contrato a tiempo de duración determinada. Por ejemplo, una persona que trabaja en la empresa pero por unos meses concretos.
  • Que el contrato se redacte en el modelo oficial y sea por escrito. En este caso no vale un contrato verbal. Este modelo oficial se puede descargar en la página oficial del SEPE y hay para escoger dos tipos: por un lado, el contrato de relevo indefinido; por otro, el contrato de relevo temporal.
  • Que la jornada laboral del trabajador relevista sea equivalente a la persona que sustituye. Es decir, si la otra persona tiene una jornada laboral de 8 horas, y cuatro ya no va a trabajar, el relevista suplirá esas 4 horas, pero no hará más.
  • El trabajador relevado, para que se pueda acceder a este tipo de contrato, necesita tener una antigüedad en la empresa de al menos 6 años que han de ser anteriores a la jubilación parcial.
  • Además, la reducción no está determinada por el contrato, sino que puede ser de entre un 25 y un 67% de la jornada laboral de trabajo. Solo puede haber un 80% de reducción si como trabajador relevista estás contratado a jornada completa (con el contrato de duración indefinida).
  • Que el trabajador relevado tenga la edad «oficial» para jubilarse de manera parcial. Y es que no se puede jubilar cuando quiera, sino que debe tener, al menos, 61 años y 10 meses siempre que lleve 35 años o más cotizados. Si solo tiene 33, entonces no podrá jubilarse parcialmente hasta los 62 años y 8 meses.

Finalización del contrato de relevo

Finalización del contrato de relevo

El contrato de relevo no es infinito. De hecho, según establece el Estatuto de los trabajadores, tiene una fecha indeterminada, pero que viene provocada por la jubilación total del trabajador. Esta no tiene que producirse a la edad legal de jubilación. Sino que el trabajador puede decidir continuar con su relación laboral más tiempo de tal forma que el contrato de relevo se prorroga anualmente.

¿Qué pasa cuando se produce esta? Realmente, el contrato de relevo no obliga a la empresa a seguir con el trabajador; es decir, no quiere decir que ese contrato se deba transformar en uno indefinido obligatoriamente. La empresa en ese momento tiene varias opciones:

  • Que el trabajador relevista pase a tener un contrato indefinido. Es lo normal ya que se le ha estado formando para eso mismo.
  • Que el trabajador relevista finalice su relación laboral con la empresa. Por tanto, se le pagará el salario correspondiente así como una indemnización. Eso sí, desde 2013, si el contrato de relevo que se realizó es de carácter indefinido y de jornada completa, la empresa está obligada a mantener la relación laboral dos años. Pasado ese tiempo, sí podrá terminar la relación.
  • Contratar un nuevo trabajador. Con el consiguiente aprendizaje del puesto de trabajo ya que no tendrá a nadie que le enseñe.

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