¿Te falta un empujón para completar los años necesarios para una pensión de jubilación óptima? Pues hoy en día, quienes tuvieron experiencias de prácticas académicas o de becario cuentan con una gran novedad: existe una vía legal para sumar hasta 5 años extra a la cotización de la Seguridad Social. Este mecanismo, recogido en recientes normativas españolas, ha supuesto un alivio y una oportunidad para miles de profesionales que buscan mejorar su futura pensión.
Si te preguntas, ¿cómo puedo conseguir estos 5 años adicionales de cotización?, estás en el lugar adecuado. A continuación, te desgranamos todos los detalles de este convenio especial, los requisitos, pasos prácticos, quién puede beneficiarse, los costes y consejos clave. Olvídate de dudas y rumores: aquí tienes información contrastada y completa para aprovechar al máximo esta medida, explicada con naturalidad y ejemplos claros.
¿En qué consiste la posibilidad de sumar 5 años de cotización extra?
Desde enero de 2024, la Seguridad Social permite, mediante un nuevo convenio especial, sumar hasta 1.825 días (es decir, 5 años) de cotización a aquellas personas que realizaron prácticas formativas, sobre todo si no estaban remuneradas, y cuyo tiempo de prácticas no fue contabilizado en su vida laboral en su momento.
Este avance responde a la voluntad de reparar desequilibrios históricos y reconocer prácticas que anteriormente no generaban derechos sociales, con el objetivo de mejorar la protección social y evitar que situaciones de becariado precarizado perjudiquen a las nuevas generaciones de pensionistas.
El mecanismo está regulado en la Orden ISM/386/2024 y va dirigido sobre todo a quienes hayan realizado prácticas académicas, artísticas o deportivas, tanto en territorio nacional como fuera de España. Ahora, gracias a esta vía, puedes convalidar periodos de prácticas que antes no sumaban para tu jubilación, siempre que cumplas los plazos y requisitos que a continuación detallamos.
¿A quién va dirigido el convenio especial para sumar años de cotización?
La nueva normativa establece unos requisitos muy claros sobre los beneficiarios:
- Personas que realizaron prácticas formativas no remuneradas a partir del 1 de noviembre de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2023.
- Quienes llevaron a cabo prácticas remuneradas antes del 1 de noviembre de 2011, momento en que las prácticas pasaron a cotizar por ley.
- Estudiantes de universidad (Grado, Máster, Doctorado, títulos propios), Formación Profesional (en todos los niveles: Básica, Media, Superior, Cursos de especialización), y quienes cursaron enseñanzas artísticas o deportivas, tanto en España como en el extranjero.
- Personas que participaron en programas de formación investigadora antes del 4 de febrero de 2006 también pueden acogerse a este convenio.
Una puntualización relevante: no podrán acogerse quienes ya estén jubilados o tengan una incapacidad permanente reconocida, salvo en algunas excepciones contempladas legalmente.
Cuántos años se pueden recuperar y cómo se calculan
Gracias a este convenio, es posible sumar hasta 1.825 días de cotización, es decir, 5 años completos, como máximo.
¿Tenías varios periodos de prácticas? Suma todos los días efectivamente trabajados bajo esas modalidades, siempre que no se supere el tope legal. Si ya habías recuperado hasta 2 años con la regulación anterior de 2011, puedes completar hasta los 5 años con la nueva normativa.
La cotización retroactiva se calcula sumando los días de prácticas que fueron no cotizados en el periodo aplicable y después aplicando la equivalencia legal. En algunos casos, cada día de prácticas puede llegar a computar más de 1 día de cotización, según el año y el tipo de estudio, por lo que se recomienda realizar el cálculo exacto con la Seguridad Social.
Requisitos clave para acceder al convenio especial
Para poder beneficiarte de la medida y suscribir el convenio especial, deberás acreditar los siguientes puntos:
- Haber realizado prácticas formativas, tanto curriculares como extracurriculares, en el marco de estudios universitarios, FP, enseñanzas artísticas o deportivas, o programas de investigación antes del 4 de febrero de 2006.
- Que esas prácticas no estuvieran cotizadas en su día, es decir, que no consten en tu historial de vida laboral como cotización efectiva.
- Contar con certificación expedida por el centro educativo, universidad, entidad colaboradora o entidad responsable de las prácticas, donde se detallen los periodos y la modalidad.
- No haber estado dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social durante esos periodos.
El proceso, además, solo puede solicitarse una vez, así que conviene recopilar toda la documentación posible antes de iniciar la solicitud para que no se quede ningún periodo sin computar.
Qué documentación necesitas para tramitar la solicitud
Para que la Seguridad Social tramite tu alta en el convenio especial y pueda sumar los años que te faltan, tendrás que presentar:
- DNI o NIE en vigor.
- Certificado oficial de las prácticas realizado por la entidad educativa o empresa, con indicación clara de fechas y tipo de prácticas.
- En su caso, documentación que justifique la modalidad de estudios: título universitario, de FP, enseñanzas artísticas o deportivas, o participación en programas de investigación.
Todos los documentos deben estar correctamente cumplimentados y, si has realizado estudios fuera de España, es recomendable traducir y legalizar los títulos o certificados si es necesario.
Fechas importantes: plazos para solicitar el convenio
El plazo para presentar la solicitud y beneficiarte del convenio especial está abierto desde el 1 de junio de 2024. La fecha límite para acogerse a este mecanismo es el 31 de diciembre de 2028.
Es aconsejable no esperar a los últimos meses, ya que la cotización comenzará a aparecer antes en tu vida laboral, y si dejas pasar la oportunidad, después de esa fecha no será posible recuperar años de prácticas no cotizadas.
¿Dónde y cómo se solicita? Proceso completamente online
La gestión puede hacerse de forma 100% telemática a través de la Sede Electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social. Debes acceder a la sección correspondiente de “Trámites y Gestiones de Convenios Especiales”, seleccionando la opción “Alta, baja o variación de datos del convenio especial”.
Una vez dentro, sube la documentación, completa los formularios y verifica que todos los datos coincidan con tu historial académico y laboral. También puedes solicitar cita previa y hacerlo presencialmente, pero la vía online es la forma más ágil actualmente.
¿Cuánto cuesta sumar estos años de cotización?
Es importante saber que este proceso no es gratuito. El Gobierno ha fijado unas cantidades que permiten financiar estas cotizaciones pasadas, calculando el importe según los siguientes criterios:
- La base de cotización de referencia será la del año en el que realizaste las prácticas, no la de la actualidad. Así se procura mantener la proporcionalidad y no penalizar a quienes hicieron prácticas hace décadas.
- El coste mensual oscila actualmente entre 40 y 140 euros por cada mes recuperado, dependiendo del año y de la base mínima de cotización del grupo 7 del Régimen General.
- El total podrá abonarse de dos formas: en un único pago o fraccionado en mensualidades (normalmente hasta un máximo de 84).
Para periodos realizados entre 1980 y 2006, la horquilla suele moverse en esos importes, pero siempre conviene consultar el cálculo oficial antes de decidirse. Es más, el importe mensual se multiplica por un coeficiente reductor del 0,77 según establece la normativa, lo que puede suponer un pequeño ahorro.
¿Qué ocurre después de abonar las cotizaciones?
Una vez aprobada tu solicitud y realizado el pago (total o parcial, si eliges la opción fraccionada), verás reflejado el nuevo periodo de cotización en tu vida laboral en los siguientes meses. Estos años extra podrán marcar la diferencia en la cuantía de tu pensión y, en algunos casos, pueden ayudar a cumplir los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria o anticipada sin coeficientes reductores.
Es fundamental recordar que si superas los 15 años de cotización, puedes optar a la pensión mínima contributiva, pero si alcanzas 35-37 años de cotización mediante esta ayuda, tendrás más opciones para jubilarte a los 65 años, en vez de tener que esperar hasta los 66 años y 8 meses o los 67 años a partir de 2027.
También es posible que quienes ya hayan regularizado hasta 2 años de prácticas en el pasado, con la normativa antigua, puedan ahora sumar hasta el total de 5 años, beneficiándose así del nuevo límite.
Exclusiones y matices: quiénes no pueden beneficiarse
Aunque el convenio tiene un espectro bastante amplio, hay algunas limitaciones importantes:
- Quedan fuera quienes ya se encuentren en situación de jubilación o tengan reconocida una incapacidad permanente (aunque se contemplan excepciones en la ley para casos muy concretos).
- No es aplicable a prácticas que ya fueron cotizadas correctamente, ni a periodos realizados fuera de los plazos establecidos.
- La solicitud sólo puede realizarse una vez: selecciona y documenta todos los periodos posibles antes de enviar la petición.
La Seguridad Social advierte que cada solicitud será revisada individualmente, así que si tienes dudas sobre algún detalle, acude a un asesor con experiencia o directamente al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Beneficios y ejemplos prácticos de la medida
El impacto de esta medida puede ser muy positivo para quienes no alcanzan la cotización mínima, o desean mejorar su futura pensión:
- Permite acceder a la pensión contributiva ordinaria al cumplir los 15 años mínimos sumando experiencias de prácticas no remuneradas.
- Al sumar años y aumentar la base reguladora, la cuantía de la pensión mensual también crecerá.
- Es posible alcanzar los 35-37 años de cotización requeridos para jubilarse antes de los 67 años, algo especialmente relevante según las reformas previstas para 2027.
- Mejora la protección de los jóvenes, que en su día trabajaron como becarios o estudiantes sin cotizar y ahora pueden obtener un reconocimiento justo.
Por ejemplo, si una persona cotizó solo 13 años y realizó prácticas durante dos años no remuneradas entre 1998 y 2000, ahora podría sumar esos dos años, alcanzar los 15 exigidos y asegurarse el derecho a pensión.
¿Y si no puedo pagar de golpe? Opciones de pago fraccionado
Muchos se preguntan si es obligatorio abonar de una vez el importe total de los años de cotización retroactiva. La buena noticia es que la administración permite el pago a plazos, normalmente hasta un máximo de 84 mensualidades, y todo mediante domiciliación bancaria. Este sistema facilita que quienes quieran aprovechar la medida no tengan que desembolsar una cantidad elevada de golpe, adaptándose a diferentes situaciones económicas.
Otras cuestiones frecuentes sobre el convenio especial
¿Si ya he recuperado años cotizados con normativas anteriores, puedo sumar más ahora? Sí, puedes llegar hasta los 5 años totales, aunque previamente hubieras recuperado 2 años gracias a anteriores promociones legales.
¿Qué pasa si mis prácticas fueron en el extranjero? También puedes beneficiarte, siempre que puedan ser certificadas por el organismo internacional o la universidad correspondiente y sean homologables.
¿Puedo solicitar la regularización para varios periodos discontinuos? Sí, siempre que se documenten debidamente y no sobrepases el límite de 1.825 días en total.
¿El pago de estos años extra de cotización da derecho a paro? No, sólo cuenta para la jubilación ordinaria y contributiva. No computa para cobrar subsidios por desempleo ni para calcular el tiempo de paro disponible.
Ventajas añadidas y consejos prácticos
Si tienes oportunidad de acogerte a este convenio especial, puede marcar una diferencia fundamental en tu calidad de vida tras la jubilación. Eso sí, antes de dar el paso:
- Haz un repaso exhaustivo de tu vida académica y laboral para no dejar ningún periodo fuera.
- Solicita todos los certificados cuanto antes, especialmente si pasaron años desde la realización de las prácticas.
- Consulta la herramienta de simulación de la Seguridad Social o pide asesoría para saber exactamente cómo afecta a tu caso particular.
- Elige la forma de pago más adecuada y prepárate para gestionar la solicitud online, que es la vía más rápida actualmente.
La Seguridad Social estima un plazo de resolución de hasta 6 meses desde la presentación, aunque en la práctica puede ser menos si la documentación aportada es completa y correcta.
También, si cumples los requisitos, puede ser una oportunidad para mejorar tu futuro pensional. Aprovechar este recurso puede ser el detalle que transforme tu jubilación.