Cómo obtener el número de referencia para la campaña de Renta

  • Desde el 11 de marzo de 2026 es obligatorio generar un nuevo número de referencia para operar en la campaña de Renta 2025.
  • La referencia se puede obtener por APP, sede electrónica, Cl@ve, casilla 505 de Renta 2024, IBAN o presencialmente con cita previa.
  • Solo la última referencia generada es válida, permite hasta 10 emisiones al día y da acceso a Renta WEB y al expediente de IRPF.
  • Si no se dispone de medios electrónicos o de la casilla necesaria, la Agencia Tributaria ofrece un servicio específico de cita para facilitar el número de referencia.

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La Campaña de Renta 2025 viene con una novedad que, en realidad, ya es un clásico para muchos contribuyentes: la necesidad de conseguir un nuevo número de referencia para poder gestionar el borrador, presentar la declaración y consultar el expediente online. Si estás un poco perdido con fechas, casillas y sistemas de identificación, aquí vas a encontrar todo explicado con calma, paso a paso y con lenguaje claro.

Desde el 11 de marzo de 2026 está operativo el servicio específico para obtener la referencia válida para esta campaña. Ese código sustituye por completo al anterior y te sirve para entrar en Renta WEB, revisar tus datos fiscales, presentar la declaración, consultar notificaciones y otras gestiones, tanto de la renta actual como de ejercicios anteriores. A lo largo del artículo verás todas las formas de conseguir la referencia, qué hacer si no tienes la casilla necesaria, cómo funciona Cl@ve y hasta cómo pedir cita presencial si no puedes hacer nada por internet.

Qué es el número de referencia de Renta 2025 y para qué sirve

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El número de referencia de la campaña de Renta 2025 es un código de 6 caracteres que la Agencia Tributaria genera de forma inmediata cuando te identificas a través de los canales habilitados. Es un sistema de acceso rápido pensado para personas físicas que no quieren o no pueden usar certificado digital o DNIe, pero que necesitan entrar a su expediente de IRPF para revisar o presentar la declaración.

Con esa referencia podrás acceder a Renta WEB, consultar los datos fiscales, confeccionar el borrador, modificarlo, presentarlo por internet y, en general, utilizar la mayoría de servicios relacionados con el IRPF. También sirve para otros trámites vinculados con la renta, como pedir una certificación tributaria de IRPF o revisar el estado de una declaración ya presentada.

Debes tener en cuenta que el código de referencia es personal, único y revocable: cada vez que generes uno nuevo, el anterior deja de ser válido. La Agencia Tributaria permite obtener hasta 10 referencias al día, pero siempre será válida únicamente la última que se haya emitido, tanto si la has generado desde la app como desde el navegador.

El uso de la referencia está pensado como una alternativa sencilla a Cl@ve o al certificado electrónico, por lo que muchos contribuyentes optan por esta vía cuando solo necesitan entrar puntualmente a su Renta y no quieren complicarse con otros sistemas de identificación más avanzados.

Cuándo se debe obtener la nueva referencia y qué cambia respecto a la anterior

A partir del 11 de marzo de 2026, todas las referencias obtenidas durante la campaña de Renta del ejercicio 2024 dejan de tener validez. Esto significa que, incluso aunque guardases el código del año pasado, ya no te sirve para entrar en los servicios de Renta 2025 ni en la mayoría de gestiones relacionadas con la campaña en curso.

Desde esa fecha, si intentas identificarte con una referencia antigua, el sistema no te permitirá seguir adelante y tendrás que solicitar una nueva. Esta nueva referencia estará vinculada exclusivamente a la campaña actual y, en general, a los servicios de Renta 2025 y anteriores, pero siempre bajo las condiciones fijadas para el ejercicio en curso.

El dato clave para obtener la referencia de este año es la casilla 505 de tu declaración de Renta 2024. Esa casilla recoge la «Base liquidable general sometida a gravamen», y es exactamente el importe que la Agencia Tributaria utiliza como dato de contraste para verificar tu identidad cuando no usas Cl@ve ni certificado.

Conviene recordar que el sistema de referencias funciona por ejercicios: las referencias obtenidas con el importe de la casilla 505 de la declaración de 2023 ya no tienen ningún efecto y no se pueden reutilizar. Para este año únicamente sirve el valor de la casilla 505 de la Renta 2024 o, en su defecto, los otros datos de contraste que la propia AEAT solicita, como las últimas posiciones del IBAN.

La nueva referencia, una vez generada, será válida para todas las gestiones de la campaña hasta el 30 de junio de 2026, que es cuando finaliza el plazo ordinario de presentación de la Renta 2025. Durante ese periodo, puedes volver a generar otra referencia en cualquier momento, pero recuerda que siempre se anula la anterior y tendrás que introducir de nuevo el código en la app o en la web cuando quieras usarlo.

Canales disponibles para obtener el número de referencia

La Agencia Tributaria ha habilitado varios canales para solicitar la referencia de Renta 2025, con el fin de que cada contribuyente pueda usar el que le resulte más cómodo. En todos los casos, la obtención es prácticamente inmediata y el código se muestra en pantalla o dentro de la APP.

Por un lado, puedes acudir directamente a la APP de la Agencia Tributaria. Desde la propia aplicación encontrarás la opción específica para generar la referencia de Renta. Si ya estás identificado por Cl@ve o tienes usuario activo en la APP, el proceso es muy rápido: basta con seguir las instrucciones, y una vez completado verás la referencia en tu dispositivo.

Por otro lado, la sede electrónica de la AEAT ofrece un enlace directo llamado «Obtén tu número de referencia», dentro del apartado de Gestiones de Renta. Al pulsar ahí, el sistema te guía a través de una ventana de identificación donde puedes elegir cómo autenticarte: Cl@ve, certificado electrónico, DNIe o bien NIF/NIE más casilla del ejercicio anterior.

Además, la referencia puede conseguirse también al acceder a cualquier servicio de la Sede que admita identificación con referencia. Si entras, por ejemplo, a Renta WEB y seleccionas el modo «Número de referencia» pero todavía no tienes una, aparecerá el botón «No tengo Referencia» para generarla en ese momento.

En el caso de los contribuyentes que no cuentan con internet o no disponen de ninguno de los sistemas electrónicos necesarios, existe la posibilidad de solicitar cita en una Administración de la Agencia Tributaria para que les faciliten el número de referencia de manera presencial, opción pensada como último recurso cuando no es viable la gestión online.

Obtención de la referencia usando Cl@ve Móvil y código QR

Uno de los métodos más extendidos para identificarte y conseguir la referencia es el sistema Cl@ve Móvil, que forma parte del conjunto de soluciones de autenticación para personas físicas que ofrece la Administración. Permite hacer trámites principalmente relacionados con la campaña de Renta, pero también abre la puerta a muchos otros servicios electrónicos de distintas administraciones públicas.

Cuando, dentro de la opción «Obtén tu número de referencia» o desde un servicio de Renta, eliges identificarte con Cl@ve Móvil mediante código QR, el navegador muestra una pantalla con la petición de autenticación: aparecen los datos del organismo que solicita el acceso, un código QR, un temporizador de caducidad de 5 minutos y un código de verificación de tres dígitos.

Si aún no tienes instalada la APP Cl@ve, en esa misma ventana se muestra un enlace del tipo «¿No la tiene instalada?» para que puedas descargarla e instalarla en tu móvil. Y si, por cualquier motivo, tu dispositivo no puede leer el código QR, el sistema te ofrece una vía alternativa con el mensaje «…continuar con la autenticación por Cl@ve móvil sin lectura del QR».

Para seguir el procedimiento estándar con QR, en la app Cl@ve deberás pulsar la opción «Escanear código QR» y enfocar con la cámara el código que ves en la pantalla del ordenador. Una vez leído, revisa que el código de verificación y el organismo que aparecen en la APP coinciden con los de la petición del navegador y, si todo concuerda, pulsa «Confirmar».

El sistema te pedirá, como medida de seguridad adicional, que introduzcas el factor de autenticación del dispositivo (huella dactilar, reconocimiento facial, PIN, patrón, etc.). Tras completar este paso, la APP mostrará el aviso «Autenticación realizada» y, automáticamente, el navegador cargará la gestión que estabas intentando hacer, ya con tu identidad verificada y listo para ver la referencia o generar la declaración.

Acceso con Cl@ve Móvil sin lectura de QR: DNI/NIE y PIN por SMS

Si no puedes escanear el código QR pero quieres seguir identificándote con Cl@ve Móvil, la Agencia Tributaria ofrece una alternativa sin lectura de QR. Desde la propia pantalla de autenticación tienes un enlace para continuar con esta opción, que funciona introduciendo manualmente tus datos personales.

En este modo, primero tendrás que escribir tu DNI o NIE y el dato de contraste correspondiente. Si se trata de un DNI, suele ser la fecha de validez o de expedición; en el caso del NIE, normalmente es el número de soporte que figura en la tarjeta de extranjero, permiso de residencia o certificado de ciudadano de la UE. Tras rellenar la información, pulsas «Continuar» y el sistema genera una petición de autenticación.

La pantalla mostrará entonces una nueva ventana con los datos del DNI/NIE, el organismo solicitante, un contador de 5 minutos de validez, un código de verificación y unas instrucciones básicas para que abras la APP Cl@ve y confirmes la operación. Es posible que recibas también una notificación en tu móvil avisando de que tienes una petición pendiente.

Cuando entres en la APP, verás la solicitud de autenticación con los mismos datos que aparecían en el navegador. Basta con pulsar «Confirmar» dos veces (hay una segunda confirmación por seguridad) y volver a introducir el factor de autenticación del móvil (huella, PIN, patrón, reconocimiento facial, etc.). En cuanto el sistema valide todo, el mensaje «Autenticación realizada» aparecerá en la pantalla y podrás seguir con tu trámite de Renta.

En caso de que no consigas autenticarte con Cl@ve Móvil de esta manera, transcurridos 59 segundos desde el inicio del proceso se habilita una opción alternativa para solicitar un PIN por SMS. De este modo, el usuario puede recibir un código de 6 dígitos numéricos en su teléfono, introducirlo en el campo «PIN de acceso» y pulsar «Acceder». Esta vía está pensada especialmente para quienes no tienen activado el usuario en la APP Cl@ve o todavía no la han instalado.

Generar la referencia con Cl@ve: visualización y validez

Una vez autenticado correctamente por cualquiera de las variantes de Cl@ve Móvil (con QR, sin QR o con PIN por SMS), el sistema muestra directamente en pantalla la referencia de 6 caracteres asociada a tu expediente de Renta. Es recomendable que anotes o copies ese código en un lugar seguro, ya que lo necesitarás, por ejemplo, para entrar en Renta WEB o para reanudar gestiones iniciadas.

La Agencia Tributaria permite obtener hasta 10 referencias al día, pero es importante entender cómo funciona la revocación automática. Cada vez que generas una nueva referencia, la anterior queda sin efecto, con independencia de que la hubieras creado desde la APP o desde la página web.

Esto tiene una consecuencia práctica: si habías conseguido una referencia a través de la APP y posteriormente, desde el navegador, obtienes otra, la generada en el móvil se revocará automáticamente. Cuando regreses a la APP tendrás que identificarte de nuevo, pues solo la última referencia emitida es válida para acceder a tu expediente.

Aunque pueda parecer algo engorroso, este sistema de revocación protege al usuario frente a errores o filtraciones del código, ya que limita la vigencia de las referencias anteriores y garantiza que solo el último código activo puede utilizarse para entrar en los servicios de Renta.

Con la referencia ya disponible, tendrás acceso a todas las gestiones habilitadas para tu NIF en el portal de Renta: consultar tu expediente, generar el borrador, presentar la declaración, verificar notificaciones, solicitar certificaciones de IRPF o revisar el estado de devoluciones si corresponde, y revisar el estado de declaraciones de ejercicios anteriores si el sistema lo permite.

Acceso con referencia desde los servicios de Renta y opción «No tengo Referencia»

Si decides identificarte utilizando directamente el número de referencia desde un servicio de Renta, el funcionamiento es muy sencillo. En la primera ventana de acceso, eliges el tipo de identificación «Número de referencia» y el sistema te pide tu DNI o NIE junto con la referencia de acceso válida para el ejercicio 2025.

En el caso de que todavía no dispongas de ese código, puedes pulsar en la opción «No tengo Referencia». Eso te llevará a la pantalla específica para generar una nueva, donde tendrás que introducir tus datos personales y, en su caso, el importe de la casilla 505 de la Renta 2024 o el IBAN, según corresponda.

Si prefieres adelantarte y obtener primero la referencia antes de entrar en cualquier servicio, puedes hacerlo desde el enlace «Obtén tu número de referencia» situado dentro del apartado «Gestiones» del portal de Renta. Al pulsar, verás una ventana en la que debes seleccionar la opción «Número de DNI/NIE y casilla del ejercicio» si quieres identificarte sin Cl@ve ni certificado.

Desde ese punto, el proceso es el mismo tanto si vienes de un servicio de Renta como si has entrado directamente en la opción general: el sistema te guiará por una serie de pantallas donde introduciras tu NIF o NIE y los datos de contraste que correspondan en tu caso, hasta llegar finalmente a la generación automática del código.

En todos los escenarios, la referencia se muestra directamente en el entorno en el que estés trabajando, ya sea la APP Agencia Tributaria o el propio navegador. Conviene no cerrar la sesión sin haber guardado ese código, sobre todo si piensas volver a utilizarlo más tarde para terminar de confeccionar o presentar tu declaración.

Datos necesarios: NIF, fecha de validez, número de soporte e IBAN

Cuando eliges identificarte con DNI/NIE y casilla del ejercicio, la aplicación te solicita una serie de datos personales que sirven para garantizar que solo el titular del documento pueda obtener la referencia. En primer lugar, se introduce el NIF y a continuación se pide un dato de contraste variable, en función del tipo de documento.

Si proporcionas un NIF asociado a un DNI ordinario, el sistema te pedirá la fecha de validez del documento en formato dd/mm/aaaa. Puedes escribirla manualmente o apoyarte en el calendario que facilita la página. Si tu DNI es de carácter permanente (aparece como 01/01/9999), en ese caso el dato de contraste que te solicitarán será la fecha de expedición, que también figura en la tarjeta.

En el supuesto de que introduzcas un NIE, el dato que deberás indicar es el llamado número de soporte, que aparece impreso en la tarjeta de extranjero, el permiso de residencia o el certificado de ciudadano de la Unión Europea. La Agencia Tributaria ofrece enlaces de ayuda específicos donde se explica cómo localizar este número y cómo consignarlo correctamente en el formulario.

Para los NIF de tipo K, L o M, que corresponden a determinados colectivos (como menores de 14 años o personas sin nacionalidad española con circunstancias especiales), el dato que se solicita es la fecha de nacimiento tal y como consta en el documento. Esta información también se introduce con el mismo formato de día, mes y año separados por barras.

Tras pulsar en «Continuar», el sistema comprueba si en el ejercicio anterior presentaste o no declaración de la Renta. Si la respuesta es afirmativa, te pedirá el importe de la casilla 505 de la Renta 2024; si no fuiste declarante o esa casilla tiene importe 0,00, te solicitará las últimas cinco posiciones del IBAN de una cuenta bancaria de la que la AEAT tenga constancia de que fuiste titular en 2025.

Uso de la casilla 505 de Renta 2024 para obtener la referencia

Cuando el sistema detecta que sí presentaste Renta 2024, la herramienta habilita un campo específico para que indiques el importe exacto de la casilla 505. Esa casilla se corresponde con la «Base liquidable general sometida a gravamen», que no debe confundirse con el resultado de la declaración ni con otros importes que aparezcan en el documento.

Para consignar correctamente el valor de la casilla 505, debes revisar la copia de tu declaración o borrador del año pasado, preferiblemente en el «Documento ingreso o devolución», que es donde aparecen los datos finales del ejercicio. Es importante que introduzcas la cantidad sin signos en la parte entera y usando una coma para separar los decimales, tal y como exige el formulario de la Agencia Tributaria.

Si cometieras un error al indicar el importe (por ejemplo, escribir un punto en vez de una coma, omitir decimales o equivocarte de casilla), el sistema no podrá generar la referencia y te pedirá que revises la información. De ahí la importancia de tener a mano la declaración o el PDF de la Renta 2024 antes de iniciar la gestión.

En el caso de que la casilla 505 de tu declaración de 2024 tenga importe 0,00, la aplicación no usará ese dato como referencia de contraste y pasará a solicitarte, en su lugar, las últimas cinco posiciones del IBAN de una cuenta bancaria. Lo mismo ocurrirá si el sistema detecta que no figurabas como declarante de IRPF en ese ejercicio.

Las referencias generadas con esta mecánica solo serán válidas para la campaña actual y se basan siempre en la información fiscal del ejercicio previo, por lo que cada año cambia la casilla de referencia. Para 2025, el dato imprescindible es la casilla 505 de la declaración correspondiente al año 2024, y ya no se aceptan las casillas utilizadas en ejercicios anteriores como 2023.

Qué pasa si no fuiste declarante de Renta 2024 o no tienes la casilla

Si el sistema comprueba que en 2024 no presentaste declaración de la Renta, o si la casilla 505 tiene importe 0,00, te pedirá un dato de contraste alternativo para poder emitir la referencia. En concreto, tendrás que introducir las cinco últimas posiciones del IBAN de una cuenta bancaria de la que conste que fuiste titular durante el año 2025.

Este requisito también se aplica a los contribuyentes que, pese a haber presentado Renta 2024, tienen esa casilla con importe cero. En ambos casos, el objetivo es garantizar que eres la persona asociada a esa cuenta y cruzar la información con los datos que obran en poder de la Agencia Tributaria para ese ejercicio.

Si no dispones del dato de la casilla 505 ni del IBAN adecuado, o si por cualquier motivo no logras completar la identificación con los datos de contraste, siempre tienes a tu alcance otras vías de identificación electrónica: Cl@ve, certificado electrónico o DNIe, además de los sistemas de autenticación eIDAS para determinados ciudadanos europeos.

En el supuesto de que tampoco puedas usar ninguno de estos métodos, la última alternativa es solicitar una cita presencial en una Administración de la Agencia Tributaria. Allí, el personal podrá verificar tu identidad y proporcionarte directamente el número de referencia que necesitas para la campaña.

Esta flexibilidad de opciones busca que ningún contribuyente se quede sin poder presentar su Renta por un simple problema de acceso electrónico. Eso sí, conviene no esperar al último momento, ya que la disponibilidad de citas presenciales puede variar según la oficina y la carga de trabajo en plena campaña.

Uso de la referencia para acceder al expediente y a Renta WEB

Una vez que dispones de una referencia válida, puedes entrar en tu expediente de Renta desde el portal específico de la campaña. En el apartado «Servicios Disponibles» aparecerán todos los trámites que, en ese momento, están habilitados para ti: desde la consulta del borrador hasta la obtención de certificados o la revisión del estado de devoluciones.

Si haces clic en «Borrador/Declaración (Renta WEB)», el sistema generará tu declaración con los datos fiscales que obran en poder de la AEAT hasta ese momento. Podrás revisar esos datos, añadir información que no aparezca (por ejemplo, alquileres, deducciones autonómicas o alguna ganancia patrimonial) y, finalmente, presentar la declaración directamente por internet.

Para determinados colectivos, existe también la opción «Borrador/Declaración (Renta DIRECTA)», que ofrece una mecánica de gestión adaptada a sus características. En cualquier caso, el uso de la referencia es similar: te permite identificarte rápidamente y entrar en los servicios de Renta que tu situación fiscal tiene disponibles.

Si deseas realizar una declaración conjunta, necesitarás igualmente la referencia del expediente de tu cónyuge o, en su defecto, que él o ella acceda con su propio sistema Cl@ve. De esa forma, el sistema puede cruzar correctamente la información de ambos declarantes antes de generar la declaración conjunta.

Además de servir para la confección y presentación de la declaración, la referencia permite llevar a cabo otros trámites vinculados al IRPF, como consultar notificaciones, revisar pagos, obtener certificados o aportar documentación cuando la Agencia Tributaria lo requiera dentro del contexto de la campaña.

Servicio de generación de PDF y descarga de la información

Dentro de la ayuda y de algunas secciones informativas de la sede electrónica, la Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de generar un PDF con la información mostrada en pantalla. Es una utilidad pensada para quienes prefieren guardar una copia local de las instrucciones o del índice de contenidos relacionados con la campaña de Renta.

Antes de iniciar la generación del documento, se muestra un aviso indicando que el proceso puede tardar varios minutos, en función de la cantidad de información incluida. Durante ese tiempo, el sistema compila todas las páginas seleccionadas y prepara un único archivo descargable.

El usuario puede escoger entre dos opciones: «Solo la página actual» o «Todas las páginas del índice». Con la primera, se limita a lo que se está viendo en ese momento; con la segunda, se obtiene un PDF mucho más completo, que agrupa todos los apartados disponibles en el índice de ayuda.

En cualquier momento es posible cancelar la generación del PDF si ves que no lo necesitas o si prefieres limitar el contenido. Una vez terminado el proceso, el navegador mostrará el archivo para que lo descargues o lo guardes donde quieras, facilitando así su consulta sin conexión.

Aunque no es un servicio directamente vinculado a la obtención de la referencia, esta herramienta de PDF resulta muy práctica para conservar todas las instrucciones y guías oficiales sobre la campaña de Renta y tenerlas a mano mientras elaboras tu declaración.

Solicitud de cita presencial para obtener el número de referencia

Para las personas que no disponen de medios electrónicos o que tienen dificultades serias para usar Cl@ve, certificado o casilla 505, la Agencia Tributaria ha habilitado un servicio de cita presencial específico para obtener el número de referencia de Renta 2025. Esta opción está pensada como respaldo para casos en los que resulta imposible gestionar la referencia por internet.

El servicio de citas para este fin está disponible desde el 11 de marzo y se puede utilizar hasta el 30 de junio de 2026, coincidiendo con el final del plazo de presentación de la campaña. No se trata de una cita para confeccionar la declaración, sino únicamente para obtener el código de referencia que te permitirá luego hacer la Renta por tu cuenta o con ayuda.

Para solicitarla, hay que entrar en el apartado «Todas las gestiones», «Otros servicios», «Asistencia y Cita» de la sede electrónica, o bien usar el banner de la página de inicio que lleva directamente a «Asistencia y Cita». Una vez dentro, deberás pulsar en «Asistencia y Cita para particulares», ya que el procedimiento está pensado para contribuyentes individuales.

En el primer paso, «Para quién», seleccionas «La cita es para mí» y rellenas tu NIF o NIE, junto con tu nombre y apellidos. Esta solicitud de cita no requiere ningún sistema específico de identificación electrónica, por lo que se puede hacer incluso aunque aún no tengas Cl@ve ni referencia.

En el segundo paso, «Para qué», es necesario desplegar el apartado «Otras gestiones» y marcar el servicio «Identificación electrónica», eligiendo dentro de él la opción «Obtención Número de Referencia». Tras pulsar «Siguiente», pasarás a la fase de selección de oficina, fecha y hora para acudir presencialmente.

Cómo elegir oficina, fecha y hora de la cita

En la pantalla de selección de cita podrás buscar la oficina más conveniente por código postal o por provincia. Una vez filtrada la búsqueda, se mostrará un listado de centros disponibles junto con las fechas y horarios libres dentro del periodo de campaña.

Al marcar la opción que te interese, se abre una ventana emergente con los días y franjas horarias que tienen huecos disponibles. Si ninguna de las sugerencias encaja con tus necesidades, puedes pulsar en «Ver más» para acceder al listado completo de citas y, si hace falta, ajustar los filtros.

La herramienta permite filtrar por provincia o código postal, intervalo de fechas y rango horario, de manera que puedas localizar opciones de cita alternativas si las propuestas iniciales no te resultan cómodas. Tras aplicar los filtros, basta con pulsar en «Aplicar» para actualizar el listado con los nuevos criterios.

Para fijar finalmente la cita, has de pulsar el botón «Seleccionar» de la opción elegida. Verás que cambia a «Seleccionado» y que los datos de fecha, hora y oficina aparecen en el cuadro lateral, junto a tu información personal. En ese momento, solo queda pulsar «Confirmar cita» para avanzar al último paso.

En la fase de confirmación, deberás indicar y confirmar un número de teléfono (se admiten números extranjeros) y una dirección de correo electrónico válida, ya que ahí recibirás el email con los datos de tu cita. También puedes añadir un breve comentario sobre el motivo de la consulta, con un máximo de 250 caracteres, por si quieres aclarar algo al personal de la oficina.

Al pulsar de nuevo en «Confirmar», el sistema mostrará un mensaje indicando que tu cita se ha solicitado correctamente, junto con el detalle de la oficina, la fecha y la hora. Poco después, recibirás un correo electrónico con toda esa información y un enlace desde el que podrás modificar o anular la cita si fuese necesario.

Gestión, modificación y anulación de la cita

Una vez tengas la cita confirmada en tu bandeja de entrada, es importante que conserves el correo, ya que será la vía más rápida para cambiar la fecha u hora si tus planes se alteran. Desde el propio email suele haber un enlace directo para gestionar la cita sin tener que volver a buscar el servicio en la sede electrónica.

También puedes acceder de nuevo al servicio de solicitud de cita y utilizar el enlace «¿Tienes ya una cita? Puedes anular o modificar tu cita». En este caso, para identificarte, tendrás que usar Cl@ve o un certificado electrónico/DNIe, dado que se trata de una gestión sobre una cita ya registrada en el sistema.

Si decides anularla, el sistema liberará ese hueco para que otros contribuyentes puedan usarlo, algo especialmente útil en plena campaña cuando la demanda de citas presenciales es alta. Si simplemente quieres cambiarla, tendrás que repetir la selección de oficina, día y franja horaria con los nuevos criterios que te vengan mejor.

Acudir a la cita con tu documento de identidad en vigor es fundamental, ya que en la oficina comprobarán tus datos antes de facilitarte el número de referencia. Una vez lo tengas, podrás utilizarlo igual que si lo hubieras obtenido por internet: entrar en Renta WEB, consultar tu expediente y realizar el resto de trámites de la campaña.

En definitiva, la Agencia Tributaria ha articulado un sistema bastante flexible para que cualquier contribuyente pueda obtener el número de referencia de Renta 2025, ya sea mediante la APP, la sede electrónica o de forma presencial con cita previa, apoyándose en Cl@ve, certificado, casilla 505, IBAN o verificación en oficina, lo que permite adaptarse a distintos niveles de familiaridad con la tecnología y garantizar que todo el mundo pueda cumplir con sus obligaciones fiscales sin quedarse bloqueado en la puerta de acceso.

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