¿Cómo hacer la declaración de la renta?

renta

La declaración de la renta es un proceso fiscal por el que tendrás que pasar todos los años. A pesar de lo que muchos usuarios, no solamente deberás responder de los ingresos derivados del trabajo. Sino también de otros generados desde las inversiones o incluso a partir de los ingresos de los productos bancarios (cuentas de alta remuneración, imposiciones a plazo fijo o cualquier programa de ahorro). Todos estos cargos deberán ser reflejados en la declaración de la renta de cada año. Puede que tú mismo puedas gestionar este proceso o por el contrario necesitar de la ayuda de un gestor o un profesional que te ayude a confeccionar este impuesto directo.

Para que asimiles todos los conceptos, nada mejor que comprender en qué consiste la declaración de la renta. Pues bien, es básicamente es un trámite administrativo que tienes que hacer para regularizar tu situación fiscal. En unas situaciones no te exigirá muchos esfuerzos, pero en otros casos será un proceso complejo que exigirá de un profundo conocimiento de las medidas fiscales impuestas en cada ejercicio fiscal. Porque no puedes olvidar que todos los contribuyentes tenemos que regularizar la situación fiscal. Porque si no es así, estás expuesto a unas duras penalizaciones.

Por otra parte, debes conocer que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto de los denominados directos que se generan por la obtención de ingresos. En unos casos, por los ingresos por cuenta ajena y en otros por cuenta propia. También por las plusvalías obtenidas desde el propio patrimonio de los interesados. Es decir, venta u operaciones con la venta de inmuebles inmobiliarios. Pero también por las rentas de capital o incluso por las prestaciones sociales, como por ejemplo en los casos de la prestación por desempleo o jubilación.

Primer paso: calendario

Desde luego que deberás estar pendiente de los plazos y fechas del calendario del contribuyente en cada ejercicio. No en vano, cualquier retraso en los pagos puede tener efectos perversos para tus intereses personales. Este es uno de los principales motivos por los que no te quedará más remedio que informarte sobre esta parte tan importante del proceso. Por otra parte, y con respecto a este periodo fiscal debes tener en cuenta ciertas medidas que se aplicarán sobre el IRPF que entrará en vigor en cada año.

Otro de los aspectos que son de gran importancia en relación al IRPF es que un impuesto de los denominados directos y que se generan por la obtención de los ingresos. Con una repercusión sobre los  rendimientos en el trabajo, pero también derivados por las inversiones que hayas realizado en cada ejercicio. Hasta el punto de que puedan hacer equilibrar las cuentas que deberás rendir cuentas con respecto a Hacienda.

Segundo paso: solicitar el borrador

borrador

La siguiente fase de este proceso fiscal se basa en decidirse si realmente te interesa realizar la declaración a través de Internet o por el contrario, de forma presencial en las oficinas de la AEAT. Por otra parte, también este año tienes la opción de formalizarlo a través de la aplicación para móvil que se ha desarrollado desde los organismos oficiales.

Con respecto al primero de los modelos, deberás tener en cuenta que tienes tres estrategias para impulsarlo nuestro borrador. Consisten en utilizar el certificado electrónico o por medio de la clave PIN. En cualquiera de los casos, una vez que hayas revisado el borrador, tendrás dos opciones para finalizar este proceso fiscal.

Por una parte, confirmarlo automáticamente y proceder a su presentación y por otro lado, elaborar tu propia declaración. Son trámites que no serán muy complejos de realizar y que están a disposición de todos los contribuyentes. Para que de esta forma, puedas cumplir con tus obligaciones fiscales correctamente y en sus plazos correspondientes.

Tercer paso: ¿cómo efectuar los pagos?

Llega ya el momento más importante de la declaración de la renta y es el que tiene que ver con la autoliquidación de tus cuentas personales. Y es el que al final indicará si tienes que pagar o por el contrario tienes que abonarte una cantidad en tu cuenta corriente. Pues bien, en este escenario no te quedará plantearte los dos escenarios de estos cálculos fiscales. En este sentido,  si la próxima declaración de la renta sale a devolver, Hacienda no suele tardar más de un mes en ingresarnos el importe a la cuenta bancaria facilitada. En cualquier caso, el plazo no deberá exceder de los seis meses ya que tendría un recargo que también deberían abonarte en tu cuenta bancaria.

Por otra parte, está el escenario contrario. Es decir, el más perjudicial para tus intereses que es que tengas que pagar a Hacienda. Pues bien, podrás realizarlo en un único pago o fraccionarlo en dos veces. Para utilizar esta fórmula simplemente hay que marcar la casilla de pago fraccionado en la declaración. Como consecuencia de este escenario, en el primer pago se abonará el 60 % de la cantidad total, mientras que el segundo se llevará a cabo durante la primera semana de noviembre, con el pago del 40 % restante.

Cuarto paso: ¿y si existe algún error?

errores

Tampoco puedes olvidarte que puedas equivocarte en la declaración de la renta. Es algo que puede pasar y por tanto debes contemplar este posible escenario. En donde será completamente necesario que si adviertes alguna clase de error en tu declaración de la renta se la comuniques con la máxima rapidez a los órganos tributarios. En cualquier caso, puede presentarse dos escenario dentro de este contexto.

Por una parte que tú seas el perjudicado del error y en cuyo caso deberás presentar una solicitud de rectificación de autoliquidación. Dispondrás de un periodo de hasta cuatro años para formalizar esta situación y que abonen los importes objeto de la reclamación.

Y por otra, que Hacienda sea la gran perjudicada de tu equivocación al hacer la declaración de la renta. Si esto es así, no te quedará más remedio que realizar una declaración complementaria en la que deberás incluir los errores que has cometido en esta operación fiscal. Pero mucho cuidado, hazlo muy rápido ya que pueden multarte y las penalizaciones pueden perjudicarte mucho en tus intereses personales.

De todas formas, es muy aconsejable que guardes todos los papeles de los últimos cuatro años fiscales. Porque en cualquier momento podrán revisarte alguna de las declaraciones de la renta que has realizado. Y desde luego que la mejor defensa que tienes es el apoyo de los documentos en que has basado los cálculos de la liquidación de tus ingresos personales y profesionales. Siempre es mejor estar precavido ente alguna incidencia que te pudiese pasar a partir de estos momentos. No lo olvides si no deseas tener algún que otro problema con las autoridades fiscales en cualquier momento.

Programa PADRE

gestión

Por otra parte, no puedes olvidar que desde el pasado año el Programa Padre ha sido sustituido por Renta Web, para realizar la declaración a través de Internet. Se trata de otra opción que tienes a mano y que te permite que su formalización sea online, cómodamente desde casa o desde cualquier otro lugar. En cualquier caso, dispondrás de un calendario para llevar a cabo esta tarea y que te conviene repasar para no llevarte ninguna sorpresa negativa  a partir de estos momentos.

  • Presentación: el borrador de la declaración de la Renta podrás presentarlo por Internet hasta la última semana de junio en cada ejercicio. No obstante, si el resultante es a devolver dispondrás de una pequeña ampliación hasta la primera semana del mes de julio.
  • Si deseas cambiar o modificar algunos de los datos o importes que estén incorporados en tu borrador podrás realizarlo desde las propias oficinas de la Agencia Tributaria. O incluso si es tu deseo, por medio de una cita previa que podrás demandar hasta los últimos días de junio.
  • Confirmación: por otra parte, también podrás solicitar el borrador de la renta por teléfono, a través de los números 901 121 224 (automático 24 horas) y 901 200 345 (de lunes a viernes, de 9 a 21 horas). Se tratará de una fase del proceso que podrás solventar en un espacio de tiempo muy reducido para que puedas realizar tu próxima declaración de la renta con total garantía en cuanto a su resultado.

Desde este momento ya solamente te quedará cumplimentar el resultado de la declaración. Sea cual fuese la operación, es decir a devolver o que te tengan que ingresarte una cantidad en tu cuenta corriente. En donde la principal novedad que tendrás este año es que este trámite administrativo podrás llevarlo a cabo a través de una aplicación desde tu móvil. Con una gestión mucho más flexible de todos los pasos que te hemos indicado anteriormente. Desde los órganos tributarios se incide en que la aplicación será «un canal ágil» que «sirva como nuevo cauce de comunicación. Y que está especialmente dirigido a un perfil de usuarios que no está habituado al uso de ordenadores personales.

El plan también contará con el envío de cartas a un total de 860.000 contribuyentes para instarles a la utilización del servicio telefónico y agilizar los trámites a través de la cita previa.


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