Qué es el catastro y la referencia catastral

catastro y referencia catastral

Dos de los conceptos que te interesa conocer a fondo sobre los bienes inmuebles es el catastro y la referencia catastral. Ambos términos están muy relacionados entre sí, pero al mismo tiempo son diferentes. Para que te hagas una idea, una referencia catastral no existiría sin un catastro, y al contrario, un catastro no existe si no hay referencia catastral.

Pero, ¿qué es el catastro? ¿Y la referencia catastral? A continuación te ayudamos a que entiendas estos dos conceptos y veas lo que les une.

Qué es el Catastro

Qué es el Catastro

El Catastro es en realidad una especie de «censo», un registro administrativo vinculado a Hacienda en donde se recogen todos los datos relativos a los bienes inmuebles. En otras palabras, hablamos de un lugar donde podrá encontrarse la descripción e información de bienes inmuebles de todo tipo: rústicos, urbanos, de características especiales…

Debes saber que inscribir tus bienes inmuebles en el Catastro es algo obligatorio, pero al contrario que otros trámites, en este caso no hay que pagar nada; es totalmente gratuito (al contrario del Registro de la propiedad).

¿Y para qué sirve el Catastro? Pues bien, tiene varias funciones recogidas en la Ley del Catastro Inmobiliario. Todas ellas pueden venir ejercidas:

  • Bien por los servicios centrales y de las gerencias de las distintas provincias y ciudades (salvo en País Vasco y Navarra).
  • Bien por la colaboración con otras administraciones y entidades públicas.

¿Y qué funciones desarrolla? En este caso, algunas de ellas son:

  • Dar seguridad y transparencia al recabar los datos que necesita el catastro para determinar a quién le corresponde el inmueble, su valor catastral, los metros de superficie…
  • Utilizarlo para calcular la base imponible del Impuesto de Bienes Inmuebles (más conocido como IBI), así como para el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto Municipal sobre le incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, el Impuesto sobre sucesiones y donaciones, y sobre transmisiones patrimoniales, o el IRPF.
  • Para desarrollar planes de ordenación urbana.

La información que se recoge en el Catastro

Como te hemos dicho antes, el Catastro recoge una serie de informaciones relacionadas con los bienes inmuebles. Pero, ¿qué tipo de información? En concreto, podrás encontrar a través de la referencia catastral de un inmueble lo siguiente:

  • La localización del bien inmueble.
  • Su referencia catastral.
  • El valor catastral que tiene.
  • Quién es el titular de ese bien inmueble.
  • La superficie que ocupa.
  • El uso y destino que tiene.
  • El tipo de construcción y su calidad.

Qué es la referencia catastral

Qué es la referencia catastral

Ahora que conoces qué es el Catastro, la referencia catastral es incluso más fácil de conceptualizar. Se trata de una identificación de los bienes inmuebles, de carácter obligatorio y oficial, además de gratuito. Está compuesto por un código alfanumérico; en concreto, se trata de veinte caracteres que registran el inmueble que se tenga. Además, debes tener en cuenta que no puede haber dos referencias catastrales iguale,s sino que cada una tendrá un número único.

La referencia catastral se puede conocer de varias formas:

  • Con un certificado en el Ayuntamiento.
  • Con una consulta electrónica a través de la página web oficial del Catastro.
  • Con el certificado del Catastro de las Gerencias.
  • En las escrituras públicas.
  • En el recibo del pago del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles).

El Catastro y la referencia catastral urbana

Como queremos ser un poco más prácticos, te vamos a enseñar cómo es una referencia catastral urbana y otra rústica para que sepas diferenciar una de otra.

En el caso de la urbana, un ejemplo de ella podría ser el número:

9578471 CA4523P 0003 WX

Como tal, no tiene mucho sentido, pero debes saber que cada grupo hace referencia a una información determinada. Así:

  • Los 7 primeros números van a determinar la finca, parcela o edificio al que se está haciendo referencia.
  • Los 7 siguientes dígitos ubican el bien inmueble en un plano.
  • En los 4 siguientes números se indican el inmueble que hay en la parcela.
  • Y las últimas dos letras son para erratas de transcripción.

El Catastro y la referencia catastral rústica

Cuando hablamos de un bien rústico, la referencia catastral cambia bastante. Un ejemplo de ese número sería el 18 072 A 182 00027 001 FP.

Como ves, es algo más largo que el anterior, y al mismo tiempo cada grupo determina una información diferente.

  • Los dos primeros números hacen referencia a la provincia.
  • En los tres siguientes dígitos se establece el municipio.
  • La letra nos dice cuál es la zona de concentración parcelaria.
  • Los tres dígitos siguientes nos hablan del polígono o lugar donde se ubique.
  • Los cinco siguientes identifican cada parcela que haya en el lugar donde se ubica la nuestra.
  • En los siguientes cuatro números se establece el lugar exacto donde está el inmueble en la parcela.
  • Por último, las dos letras sirven para posibles erratas de transcripción.

Cómo inscribir un inmueble en el Catastro y tener la referencia catastral

Cómo inscribir un inmueble en el Catastro y tener la referencia catastral

Si acabas de adquirir un bien inmueble y necesitas llevar a cabo este trámite, vamos a ayudarte a que sea lo más sencillo posible. Para empezar, debes saber que registrar los inmuebles en el Catastro es fácil y puedes hacerlo de tres formas diferentes:

  • Con el modelo 900D, es una declaración que debe presentar el interesado. En este caso, puede permitirte hacerlo online (aunque para ello vas a necesitar el DNI electrónico o un certificado digital).
  • Con una comunicación al Catastro. Esta debe ser enviada a través de Notarios, Registradores de la propiedad o incluso por Administraciones Públicas.
  • A través de una solicitud que presentes.

Otra de las opciones, y el motivo por el que puedes descubrir que, de un año para otro te suban el IBI es a través de una inspección. Si se llevan a cabo actuaciones de comprobación, pueden incluir los bienes inmuebles sin que haya mediado antes una solicitud o presentación formal. Por supuesto, si los datos son erróneos, siempre puedes presentar alegaciones o subsanación de discrepancias.

Simplemente vas a tener que rellenar los datos que te piden sobre la vivienda, titularidad, etc. para poder cumplir con el trámite. Y, recuerda, debes hacerlo en un plazo no superior a 10 días desde que se adquiere el bien inmueble.


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