El CIF quiere decir Código de Identificación Fiscal y se trata de un elemento de identificación administrativa utilizado por empresas y organizaciones para identificar los porcentajes y regímenes fiscales a los que pertenece cada tipo de empresa.
Índice
Origen de la mercancía y explicación de nomenclatura
Para comenzar debemos de identificar y clasificar la nomenclatura arancelaria del sistema TARIC, es decir el sistema de aduana utilizado en la Unión Europea.
La partida arancelaria tiene la función de indicar el porcentaje de arancel e IVA que se deberá aplicar en cada caso, así como los requisitos que tienen que cumplirse, por ejemplo, necesidad de presentar licencias y otras credenciales que identifican la legal procedencia de la mercancía importada.
La partida arancelaria es normalmente proporcionada por el que envía la mercancía, pero siempre recomendamos a los importadores revisar la información con su agente aduanal para evitar cualquier problema futuro.
El Código CIF consta de 9 dígitos alfanuméricos siempre siguiendo el esquema de la siguiente estructura:
T P P 0 0 0 0 0 C
Donde:
- T: Es la letra de tipo de Organización, que puede ser cualquiera de estas:A, B, C, D, E, F, G, H, J, K, L, M, N, P, Q, R, S, U, V, W.
- P: Código provincial.
- 0: Numeración secuencial que le corresponde dentro de la provincia.
- C: Dígito de control, un número o letra
El primer dígito T se trata de una letra que indica el tipo de empresa con la que estamos trabajando y puede ser cualquiera de los siguientes:
- A – Sociedad Anónima.
- B – Sociedad de responsabilidad limitada.
- C – Sociedad colectiva.
- D – Sociedad comanditaria.
- E – Comunidad de bienes y herencias yacentes.
- F – Sociedad cooperativa.
- G – Asociaciones.
- H – Comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal.
- J – Sociedades Civiles, con o sin personalidad jurídica.
- K – Formato antiguo, en desuso.
- L – Formato antiguo, en desuso.
- M – Formato antiguo, en desuso.
- N – Entidades extranjeras.
- P – Corporación local.
- Q – Organismo público.
- R – Congregaciones e Instituciones Religiosas.
- S – Órganos de la Administración del Estado y Comunidades Autónomas.
- U – Uniones temporales de Empresas.
- V – Otro tipo de empresas que no se definen en el resto de las claves.
- W – Establecimientos permanentes de entidades no residentes en España.
Las modificaciones que se introdujeron se pueden resumir en que:
La clave de letra G, que se asignaba a «asociaciones y otro tipo no definido», se convierte en 4 subcategorías.
G: En esta se engloban sindicatos, partidos políticos, asociaciones de consumidores y usuarios, así como federaciones deportivas. Incluyen también las fundaciones sin fines lucrativos y Cajas de Ahorros.
La siguiente parte de la clave es la identificación provincial que consta de los primeros dos dígitos que son P y los siguientes 5 dígitos que son 0, en el ejemplo de CIF, de los cuales los dos primeros corresponden al identificador de la provincia en que se ubica la organización y los 5 dígitos siguientes se tratan de una numeración secuencial o correlativa en la misma provincia.
- 01 – Álava.
- 02 – Albacete.
- 03, 53, 54 – Alicante.
- 04 – Almería.
- 05 – Ávila.
- 06 – Badajoz.
- 07, 57 – Islas Baleares.
- 08, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64 – Barcelona.
- 09 – Burgos.
- 10 – Cáceres.
- 11, 72 – Cádiz.
- 12 – Castellón.
- 13 – Ciudad Real.
- 14, 56 – Córdoba.
- 15, 70 – A Coruña.
- 16 – Cuenca.
- 17, 55 – Girona.
- 18 – Granada.
- 19 – Guadalajara.
- 20, 71 – Guipúzcoa.
- 21 – Huelva.
- 22 – Huesca.
- 23 – Jaén.
- 24 – León.
- 25 – Lleida.
- 26 – La Rioja.
- 27 – Lugo.
- 28, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85 – Madrid.
- 29, 92, 93 – Málaga.
- 30, 73 – Murcia.
- 31 – Navarra.
- 32 – Ourense.
- 33, 74 – Asturias.
- 34 – Palencia.
- 35, 76 – Las Palmas.
- 36, 94 – Pontevedra.
- 37 – Salamanca.
- 38, 75 – Santa Cruz de Tenerife.
- 39 – Cantabria.
- 40 – Segovia.
- 41, 91 – Sevilla.
- 42 – Soria.
- 43, 77 – Tarragona.
- 44 – Teruel.
- 45 – Toledo.
- 46, 96, 97, 98 – Valencia.
- 47 – Valladolid.
- 48, 95 – Vizcaya.
- 49 – Zamora.
- 50, 99 – Zaragoza.
- 51 – Ceuta.
- 52 – Melilla.
Para finalizar con la comprensión de un Código CIF tienes que identificar el último dígito marcado con una C, en donde pondrás un número o una letra según sea el caso:
Letra Naturaleza Jurídica Carácter que debe incluirse en el CIF:
A Sociedades anónimas Número
B Sociedades de responsabilidad limitada Número
C Sociedades colectivas Número
D Sociedades comanditarias Número
E Comunidades de bienes y herencias yacentes Número
F Sociedades cooperativas Número
G Asociaciones Número
H Comunidades de propietarios Número
J Sociedades civiles, con o sin personalidad jurídica Número
N Entidades extranjeras Letra
P Corporaciones Locales Letra
Q Organismos públicos Letra
R Congregaciones e instituciones religiosas Letra
S Órganos de la Administración del Estado Letra
U Uniones Temporales de Empresas Número
V Otros tipos no definidos en el resto de claves Número
W Establecimientos de entidades no residentes en España Letra
Cómo calcular el CIF
Toda la mercancía que llega a la Unión Europea desde otras partes del mundo, debe ser despachadas apropiadamente para que puedan ingresar de manera legal y ser aprobadas de manera oficial, aunque existen algunas excepciones según el objetivo de la importación, mejor dicho, el régimen que debe aplicarse según los casos diversos que pueden presentarse: por ejemplo, el perfeccionamiento activo o pasivo, importación temporal, entre otros.
Como resultado de este proceso de legalización de la mercancía, el importador tendrá que pagar los impuestos: IVA y arancel al despacho de aduanas. ¿Cómo se determinan entonces estos impuestos?
Valor aduana o valor CIF de la mercancía
Una vez que sabemos el origen y destino de la mercancía a continuación, determinamos el valor CIF de la misma, para hacerlo aplicamos el porcentaje arancelario, para obtener el coste del Arancel de Importación.
Entonces con base en estos importes podremos calcular la base de IVA, la cual se conforma por la suma de los siguientes conceptos:
- Valor en aduana
- Arancel de importación
- Tasas portuarias que se les identifica con la clave (T3)
- Descarga y manipulación que se le conoce con la clave (THC)
- Ya que tengamos la base de IVA, podemos aplicar dicho porcentaje
- Calcular IVA y Arancel en importaciones
Para que el concepto quede un poco más claro te mostraremos un ejemplo de cálculo de impuestos en una importación:
CALCULO DE IMPUESTOS EN UNA IMPORTACIÓN MARÍTIMA FCL DE CHINA
Supongamos una importación marítima proveniente de China, donde se han producido los siguientes gastos particulares:
En China:
- 450 USD: flete desde bodega del proveedor hasta la carga del contenedor en el buque
- 1000 USD: Flete marítimo
Gastos en España:
- 170 EUR: Descarga y manipulación
- 50 EUR: Tasas portuarias
- 200 EUR: Transporte desde el buque a la bodega del importador
- 150 EUR: Resto de gastos como documentación y papeleo.
Más información:
7.500 USD, valor de la mercancía.
Mercancía: pantalones de mezclilla
El agente de aduanas nos indica que la partida arancelaria que se deberá aplicar es la 6103.4200/00, la cual lleva asociada un arancel del 12% en el caso de provenir de China, y un IVA del 21%.
Primero deberás de convertir a EUR, y para ello se aplica el cambio oficial proporcionado por la Aduana de forma mensual. Para los ejemplos tomaremos como precio de cambio 1 USD es igual a 0,72 EUR.
Veamos el cálculo de los impuestos para una importación en condiciones FOB, basándonos en la información presentada previamente:
Concepto | Importe en dólares | Importe Euros |
Valor mercancía | $7.500,00 | 5.400,00 € |
Costo del flete | $1.000,00 | 720,00 € |
Seguro (3/1000) | $22,50 | 16,20 € |
Total | 6.136,20 € |
Debemos aplicar el porcentaje de arancel que le corresponde, según sea la partida arancelaria y el lugar de origen de la mercancía:
Valor en Aduana | 6.136,20 € |
Arancel 12% | 736,34 € |
Total | 6.872,54 € |
La base de IVA se obtiene con la suma de varios conceptos necesarios:
Valor en aduana + Valor arancel 12% | 6.872,54 € |
THC | 170,00 € |
T3 | 50,00 € |
Total | 7.092,54 € |
Y sobre la base de IVA, podemos entonces aplicar el porcentaje de IVA
Base de IVA | 7.092,54 € |
IVA del 21% | 1.489,43 € |
Puede decirse entonces que los impuestos de esta importación entonces serían: 736,34 Euros de Arancel, y 1.489,43 Euros de IVA.
Si puedes apreciar con detalle, este procedimiento se trata de una ecuación con dos incógnitas, en la que deberemos de tener muy claros los conceptos originales y la información recabada en base a la lectura del Código CIF, para calcular correctamente los aranceles que tendrás que pagar por importar cualquier tipo de mercancía, bastará con conocer su CIF para aplicar los conocimientos que has leído aquí, trata de basarse en el ejemplo y las tablas para comenzar a practicar, no necesitas ser un experto matemático, eso de las ecuaciones es otra forma más sencilla de resolverlo pero necesitas familiarizarte con los conceptos básicos necesarios primero.
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