Cuando llega el momento de la mujer de quedarse embarazada surgen varias dudas, sobre todo en su ambito laboral. Preguntas que tienen respuestas y que en este artĆculo vamos a desvelar.
Por ejemplo, conocer las ayudas por maternidad en este caso enfocandonos a la madre. Es cierto que el gasto económico que conlleva la crianza de un hijo es muy grande y todo empuje por parte del Estado es poco.
Existen programas de apoyo que tienen la finalidad de ayudar con los servicios que requiere el niƱo en su crecimiento y tambiƩn ayudar a la madre en el proceso si es que se encuentra trajando en el momento de quedar embaraza.
En España existen programas que ofrecen ayudas distintas y que por supuesto son ofrecidos de manera gratuita, esto, para ayudar a fomentar la tasa de natalidad de España que durante los últimos años ha ido decreciendo, el estado ofrece múltiples ayudas económicas y deducciones por el nacimiento del bebe.
Ayudas por maternidad estatales para nuestro hijo
En este caso, cualquiera de los dos padres del niƱoĀ puede solicitar la ayuda, cuyo pago Ćŗnico se calcula teniendo en cuenta el salario interprofesional de los padres en el aƱo en curso (actualmente el salario mĆnimo en EspaƱa es de 735.90 euros) y la cantidad de hijos propios o adoptados dependiendo del caso.
Si se tienen dos niƱos el salario mĆnimo interprofesional se multiplica por cuatro, si se tienen tres hijos el salario mĆnimo se multiplica por ocho y si se tienen de cuatro a mĆ”s hijos el salario mĆnimo se multiplica por doce.
En el caso de que unos de los niƱos padecieran de una discapacidad igual o superior al 33%, se ha de computar el doble.
También la ayuda anterior mencionada se compatibiliza con las prestaciones del nacimiento o adopción del niño en familias numerosas, madres con alguna discapacidad y monoparentales, la pensión por orfandad, el subsidio especial de maternidad por parto, entre otros.
Ayudas por maternidad por el nacimiento o la adopción.
Cuando las familias no superan los ciertos lĆmites de ingresos y se encuentran algunos de las siguientes circunstancias, Seguridad Social otorga una ayuda de 1.000 euros en un Ćŗnico pago:
- Niños nacidos o adoptados en una familia monoparental: es decir, aquella familia donde únicamente se constituye por un solo padre y que es con el que vive el hijo.
- Niños nacidos o adoptados en familias numerosas: es decir, aquellas familias que tienen demasiados hijos o que a través del tiempo adquieren esta condición.
- Niños nacidos o adoptados en familias donde la madre llega a padecer una discapacidad que iguala o supera el 65%: esto, siempre y cuando el nacimiento o la adopción del niño haya sucedido dentro del territorio de España.
La prestación anterior mencionada es exenta de del RIPF (Impuesto sobre la Renta de Personas FĆsicas) y es compatible con las prestaciones del nacimiento o adopción del niƱo en familias numerosas, madres con alguna discapacidad y monoparentales, la pensión por orfandad, el subsidio especial de maternidad por parto, entre otros.
Ayuda en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
Esta ayuda es otorgada a cada hijo o niño que tenga una edad menor a los 18 años, o en su defecto, a hijos que tengan alguna discapacidad y sean menores o mayores de los 18 años en un cargo que iguala o supera el 65%, que este a cargo del beneficiario, asà como la guarda con fines a la adopción y el acogimiento permanente.

En estas dos circunstancias se han de exigir requisitos distintos para cada una de ellas:
- Para recibir la ayuda económica con los hijos menores a los 18 aƱos de edad se necesita no rebasar el lĆmite de ingresos.
- Para recibir la ayuda con hijos con discapacidad va a ser necesario que el que estƔ a cargo del niƱo pueda comprobar que la discapacidad es de un 33%.
Ayuda a las familias numerosas.
Para que una familia pueda ser beneficiaria de este tipo de ayuda debe tener el tĆtulo de familia numerosa en carĆ”cter obligatorio, especificando si es de categorĆa general, de tres a cuatro hijos o de categorĆa especial, de cinco hijos en adelante.
Para esta ayuda existe un tipo de deducción especĆfica que puede ser aplicada en la declaración de la renta o, recibir 100 euros mensuales como abono anticipado.
Las deducciones son las siguientes dependiendo de la familia:
- 1200 euros de deducción, especĆfica a familias numerosas generales.
- 1200 euros de deducción, especĆfica a familias con hijos con alguna discapacidad.
- 2400 euros de deducción, especĆfica a familias con categorĆa especial.
Y no menos importante, disponen de una serie de beneficios y descuentos estatales exclusivos como transporte, centros culturales, empleados domƩsticos, tasas educativas, vuelos, entre otros.
Deducción del IRPF.
Las madres que son autónomas o que trabajan por su cuenta y que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social, pueden disponer de reducir una suma de 1.200 euros anuales por cada hijo menor a los tres años edad en la declaración de la renta que haya sido nacido o adoptado dentro de territorio Español.
Prestación por la maternidad.
El subsidio por maternidad o paternidad que es una prestación económica que se recibe por parte de la Seguridad Social al trabajador.
No es mÔs que la prestación de seguir recibiendo el salario debido durante un periodo de descanso por el nacimiento del bebe.
La baja por maternidad.
Otra cuestión que también es importante durante la maternidad es el tiempo que se le dedica al bebe desde el parto, para ello, las madres deben solicitar una baja por maternidad temporÔnea para que se les pueda respetar su lugar de trabajo y se les pague las semanas de incapacidad por el parto y el cuidado del niño.

Aunque quedar embarazada, mientras se trabaja en aƱos anteriores era muy discriminado e incluso la madre llegaba a perder el empleo, hoy en dĆa es muy bien protegido por la ley y a continuación explicamos a fondo este tema.
La baja por maternidad es una prestación que se concede por parte de Seguridad Social que reconoce la suspensión de labores por trabajo de maternidad, adopción y acogimiento preadoptivo permanente o simple.
La suspensión abarca un tiempo de periodo de 16 semanas el cual se disfrutara de forma ininterrumpida y que se llega a ampliar dos semanas mÔs a partir del segundo hijo nacido, en caso de que llegue a existir una hospitalización prolonga el tiempo se extiende hasta 13 semanas mÔs si asà se requiere.
Requisitos.
Para poder disfrutar de esta prestación se deben cumplir con dos requisitos indispensables:
Estar en alta en Seguridad Social: si la madre no se ha dado de alta por cuenta ajena o propia, existen situaciones donde también se puede cumplir con ello como el desempleo total por la que se perciba prestación de nivel contributivo, el traslado del trabajador por la empresa fuera del territorio nacional, entre otras situaciones.
Acreditar un periodo mĆnimo de cotización: cuando la trabajadora es menor de 21 aƱos de edad no necesita un periodo mĆnimo, sin embargo si no se cuenta con esa edad se debe tener entre 21 y 26 aƱos y contar con una cotización de 90 dĆas dentro de los 7 aƱos y se tiene mĆ”s de 26 aƱos se deberĆ”n de cotizar 180 dĆas en los siete aƱos.
Cuanto se cobra
Para saber cuĆ”nto se le va a pagar a la madre o al padre por la suspensión de la maternidad se debe tomar como referencia la nómina del mes anterior donde se puede apreciar un recuadro denominado Contingencias Comunes, en el cual esa cantidad la dividimos entre los 30 dĆas del mes y lo que resulta es el salario diario que se le pagara. Cuya prestación es pagada por el INSS.
Duración
El permiso de la maternidad dura 16 semanas ininterrumpidas salvo que existan circunstancias fuera de lo normal como las siguientes situaciones:
- A partir del segundo hijo se brindan 2 semanas de discapacidad por periodo de maternidad.
- Si se trata de un hijo con discapacidad, debe ser igual o mayor al 33% para que se puedan autorizar dos semanas mƔs al tiempo de maternidad.
- Si se trata de un parto prematuro o de cualquier situación que amerite una hospitalización mĆ”s prolongada independientemente de la causa. Si la hospitalización dura mĆ”s de 7 dĆas la madre puede solicitar mĆ”s tiempo que incluso llega a abarcar hasta las 13 semanas dependiendo de la situación. TambiĆ©n se puede ampliar hasta 13 semanas cuando el neonato tienen un periodo de hospitalización mĆ”s prolongado de lo usual.
