Ayuda familiar

ayuda familiar

Paro, subsidio de desempleo, ayuda familiar. Cada vez es más habitual que estos términos estén en boca de uno nada más perder el empleo, ya que a veces encontrar otro es bastante difícil de conseguir. Pero, muchas veces, los dos términos son los más conocidos; no así el tercero.

Si quieres saber qué es la ayuda familiar, qué requisitos deben cumplirse para solicitarla, cómo hacerlo y qué implica, a continuación te hablaremos de todo ello para que la entiendas perfectamente.

Qué es la ayuda familiar

Qué es la ayuda familiar

En términos generales, la «ayuda familiar» es una paga de unos 451,92 euros al mes que se le ofrece a los parados que tienen responsabilidades familiares y que, debido a que no tienen un empleo, y además se les ha agotado la prestación por desempleo, o no pueden cobrarla, no pueden hacer frente a los gastos que tienen.

Sin embargo, algo que muy pocos saben es que, por ayuda familiar, en realidad hay dos tipos de subsidios, que además son distintos entre sí.

  • Ayuda familiar. En cuanto a un subsidio que se cobra después de que se haya agotado la prestación por desempleo. Ahora bien, no se lo dan a todos, sino que tiene que haber una carencia de rentas además de la existencia de cargas familiares.
  • Ayuda familiar. También es un subsidio pero, al contrario que el anterior, se cobra cuando no se puede acceder a la prestación por desempleo. Ahora bien, para que te sea aprobado, tienes que tener al menos 90 días cotizados, además de las cargas familiares.

Como ves, ambos son lo mismo, pero los requisitos en sí mismos son totalmente diferentes.

¿La ayuda familiar se cobra para siempre?

No, la ayuda familiar tiene «fecha de caducidad». La primera causa que puede hacer que se retire esta ayuda es porque se celebre un contrato de trabajo con el trabajador. Al dejar de cumplir uno de los requisitos, que es el de carecer de rentas, automáticamente la ayuda quedaría cancelada. Ahora bien, eso no quiere decir que no se pueda volver a retomar, sin embargo, todo dependerá de cada caso concreto.

De manera general, la ayuda se cobra solo durante 18 meses. Esta se renueva de seis en seis meses. Pero existen casos en los que esta se alarga más en el tiempo. Por ejemplo:

  • Parados menores de 45 años con la prestación de desempleo agotada (pero habiéndola cobrado al menos 6 meses). Tendrán derecho a 24 meses de ayuda familiar.
  • Parados mayores de 45 años con la prestación de desempleo agotada (pero habiéndola cobrado al menos 4 meses). 24 meses de ayuda.
  • Los parados mayores de 45 años con la prestación de desempleo agotada (pero habiéndola cobrado al menos 6 meses). Pueden aumentar la duración hasta 30 meses máximo.

Cómo solicitar la ayuda familiar por agotamiento del paro

Cómo solicitar la ayuda familiar por agotamiento del paro

Si se te ha agotado el paro y sigues sin encontrar trabajo, puedes solicitar la ayuda familiar por agotamiento de la prestación de desempleo. Ahora bien, debes cumplir una serie de requisitos que son:

  • Haber finalizado el paro.
  • Seguir desempleado e inscrito como demandante de empleo.
  • Esperar un mes. Se le llama el «mes de espera», entre que se agota el paro y se solicita la ayuda familiar, para ver si consigues encontrar un trabajo.
  • Tener cargas familiares. Por cargas familiares se entiende que sean hijos menores de 26 años, pero también el cónyuge (si este depende económicamente de uno) o hijos incapacitados.
  • No tener rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.

Si cumples con los requisitos, deberás solicitar la ayuda familiar en 15 días hábiles siguientes a cumplir el mes de espera. Para ello, deberás acudir al SEPE (o hacerlo online) y esperar a que te respondan. Debes tener a mano el DNI, tanto el tuyo como el libro de familia y el DNI del cónyuge; un documento bancario donde aparezca el número de cuenta; y un justificante de las rentas.

Cómo solicitar la ayuda si no tienes derecho a paro

Cómo solicitar la ayuda si no tienes derecho a paro

Hay muchas personas que, cuando les finaliza un contrato de trabajo, no tienen derecho a paro, debido a que no tienen 360 días cotizados. Cuando eso pasa, y se cumplen el resto de requisitos que te hemos comentado antes (cargas familiares, no tener más del 75% del SMI de renta y estar desempleado), se puede solicitar una ayuda familiar.

Ahora bien, los tiempos para cobrarla son muy diferentes.

  • Si solo has cotizado 3-4-5 meses, y tienes cargas familiares, cobrarás el subsidio solo durante 3-4-5 meses, no más.
  • Si has cotizado más de 6 pero menos de 12 meses, entonces el subsidio será de 6 meses si no tienes cargas familiares, o 21 si los tienes.

Siempre que cotices más de 12 meses podrás pedir la prestación de paro.

¿Por qué no cobro 451 euros?

A pesar de que, como venimos diciéndote, la ayuda familiar es de 451 euros, hay muchos casos en los que las personas no están cobrando eso, y cobran 60 euros, 120, 225 euros… ¿Por qué pasa eso?

Realmente, no es que se hayan equivocado en el SEPE, sino que hay una «letra pequeña» de la que nadie te informa, y es lo que hace que tu ayuda sean tan pequeña a pesar de tener cargas familiares.

Lo que ocurre es que, desde el 2021, para calcular la ayuda familiar, se tiene en cuenta el último contrato que has firmado. Si es un contrato a tiempo parcial, o por horas, entonces el Estado no paga el 100%, como venía haciendo antes, sino que hace una proporción según las horas trabajadas.

Si trabajas la mitad de la jornada laboral, cobras la mitad del subsidio. Si trabajas menos horas, cobras menos ayuda. Así de simple. Antes sí que se pagaba toda la ayuda si se cumplían todas las condiciones; independiente de cuál fuera tu último contrato.

Aún así, si piensas que ha podido ser un error, lo mejor es concertar una cita presencial en una oficina del SEPE y exponer tu caso. Porque también ellos pueden equivocarse algunas veces.

¿Te queda más clara la ayuda familiar? ¿Te surgen algunas dudas? Coméntanos e intentaremos ayudarte a solucionarlo. Otra opción que puedes tomar es acudir a que te asesoren ya que, de esa manera, puedes exponer tu caso en particular y obtener una solución más adecuada.


Sé el primero en comentar

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

*

  1. Responsable de los datos: Miguel Ángel Gatón
  2. Finalidad de los datos: Controlar el SPAM, gestión de comentarios.
  3. Legitimación: Tu consentimiento
  4. Comunicación de los datos: No se comunicarán los datos a terceros salvo por obligación legal.
  5. Almacenamiento de los datos: Base de datos alojada en Occentus Networks (UE)
  6. Derechos: En cualquier momento puedes limitar, recuperar y borrar tu información.