Administradores mancomunados

Existen diferentes tipos de administradores

¿Sabíais que existen diferentes tipos de administradores para las sociedades? Pues sí, así es. En este artículo explicaremos cuáles son estos tres grupos, pero nos centraremos sobre todo en uno en concreto: Los administradores mancomunados.

Puesto que este tipo se asemeja mucho a los administradores solidarios, explicaremos cuál es la principal diferencia entre ambos y cuáles son sus ventajas y desventajas. Si os interesa el tema, no dudéis en seguir leyendo, seguro que resolveremos vuestras dudas.

¿Qué son los administradores mancomunados?

Los administradores mancomunados no pueden actuar solos

Según la Ley de Sociedades de Capital, una sociedad debe contar con administradores, claro está. Existen diferentes tipos:

  • Administrador único: Es una única persona que se encarga de todas las funciones que debe desempeñar en este puesto, como las labores de gestión. Sólo ella podrá representar oficialmente a la sociedad en cuestión frente a terceros. Suele ser el caso en sociedades pequeñas.
  • Consejo de administración: Se trata de un órgano colegiado formado por varias personas. Para llegar a acuerdos, se deben realizar votaciones. Por lo general, este consejo tiene la capacidad de delegar ciertas funciones en una comisión ejecutiva o en consejeros delegados.
  • Administradores mancomunados o administradores solidarios: Son varias personas que, de forma conjunta, desempeñan la labor de administradores. Ambos grupos se diferencian en un aspecto fundamental, el cual comentaremos más adelante.

De estos tres grupos, el que nos interesa es el último: Los administradores mancomunados. En este caso, para que puedan desempeñar las funciones que corresponden al cargo, estas personas deben actuar conjuntamente. Según los estatutos de la sociedad, en el caso de una Sociedad Limitada con tres o más administradores mancomunados, conque actúen dos de ellos suele bastar. No obstante, esta norma no se aplica en las Sociedades Anónimas.

¿Esto qué implica? Pues bien, a la hora de tratar ciertas cuestiones, como por ejemplo contratar algo o a alguien en nombre de la sociedad, representarla o firmar documentos relacionados con ella, se requiere la presencia de todos los administradores. Según los estatutos sociales, la presencia de dos de ellos puede ser suficiente. Es decir: Un único administrador mancomunado no podrá realizar actos relacionados con la sociedad de forma válida.

Ventajas e inconvenientes

Como todo en la vida, los administradores mancomunados tienen algunas ventajas pero también desventajas. Es obligatorio que este tipo de administradores estén inscritos en el Registro Mercantil. Además, para quedar vinculados a la sociedad, se requiere la firma de todos y cada uno de los administradores mancomunados que pertenecen a ella. Este tipo de organización resulta muy ventajosa en cuanto al control de la operatividad de la empresa o sociedad.

Sin embargo, hay una desventaja no poco importante. Puede darse el caso en el cual exista una disparidad de criterios y opiniones irreconciliable entre los diversos administradores mancomunados. Si es así, es posible que la administración de la sociedad quede completamente paralizada.

Administrados mancomunados y solidarios: Diferencias

Los administradores mancomunados son menos ágiles que los solidarios

Ya sabemos que son los administradores mancomunados, pero ¿y los solidarios? ¿En qué se diferencian? Veamos, estos dos tipos tienen en común que son varias personas las que están a cargo de la administración de la sociedad. Sin embargo, los administradores solidarios tienen una gran ventaja frente a los mancomunados: Uno solo de ellos puede desempeñar cualquier función propia del cargo. En otras palabras: Un único administrados solidario tiene plena autoridad para realizar actos relacionados con la sociedad sin ningún otro administrador más.

Por lo tanto, la principal diferencia entre ambos tipos de administradores es su poder de actuación. Mientras que los solidarios no necesitan la concurrencia de los demás para poder desempeñar las funciones que corresponden al cargo, los administradores mancomunados sí que tienen que presentarse todos a la vez para ello.

Ambos casos tienen una ventaja y una desventaja. En el caso de los administradores solidarios, sí que es cierto que se obtiene muchísima más agilidad en cuanto a la operativa de la sociedad. Esto se debe a que una sola persona puede realizar cualquier gestión sin tener que esperar a los demás o depender de ellos.

Por otro lado, los administradores mancomunados no son capaces de igualar el nivel agilidad de los solidarios, pero tienen un control mucho mayor en lo que se refiere a la toma de decisiones. Como tienen que estar todos presentes, es obligatorio que haya un consenso entre las personas que forman parte de este grupo de la sociedad. Los administradores solidarios podrían actuar más bien por libre, sin tener en cuenta las opiniones de los demás administradores.

Espero que toda esta información os haya ayudado a entender qué son los administradores mancomunados y en qué se diferencian de los demás. Recordad que todos tienen sus ventajas y desventajas. En algunos negocios puede funcionar mejor el método mancomunado, en otros el solidario, y en otros el consejo de administración. Sea como sea, ahora ya sabéis cuáles son los tipos de administradores que hay y en qué consisten.


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