Requisitos para jubilarse

Para jubilarse en España de manera total y cobrar una pensión pública contributiva, que recibe el nombre por ser derivada de las cotizaciones a la Seguridad Social y no de un régimen asistencial, las personas que quieran jubilarse deben de cumplir cuatro condiciones elementales:

  • Estar afiliados con la Seguridad Social
  • Tener cumplida la edad mínima para jubilación que son 67 años, o 65 si se ha cotizado durante 38 años y medio
  • Haber cotizado 15 años cuando menos
  • Estar en una situación específica que obligue a la jubilación según los estándares que la ley establece

Con respecto al primer punto, es necesario estar afiliado en la Seguridad Social en alguno de los regímenes que se contemplan, tanto el régimen general, el especial del mar y la minería o el de trabajadores autónomos, por citar algunos.

Serán beneficiarios aquellas personas incluidas en el Régimen General, afiliadas y en alta. La ley establece también, que serán beneficiarios los trabajadores que, en la fecha del hecho causante de la jubilación, no se encuentren en alta, siempre y cuando, reúnan los requisitos de edad y cotización que la ley previamente establece. Es decir, basta con estar afiliados al sistema de cualquier manera.

La edad mínima, será de 67 años para el año de 2027 pero hasta entonces se ha establecido un régimen transitorio desde el 1 de enero del 2016. Dicho régimen parte de los 65 años y va retrasando la fecha de jubilación a razón de un mes cada doce, desde el año 2013 hasta el 2018, y de dos meses por año a partir del próximo 2018 al año 2027. Así hasta que se cumplan los 67. La jubilación también se permitirá a los ciudadanos de 65 siempre y cuando hayan cotizado un mínimo de años que va en aumento de 35 hasta 38 años y medio para el 2027 creciendo en relación a un trimestre por año.

¿A qué edad llegará mi jubilación?

En el 2018 podrán retirarse aquellas personas que tengan 65 años y 6 meses y en 2019 los que cumplan 65 años y ocho meses. Así sucesivamente hasta que en 2027 la edad llegue a los 67 años.

15 años es el periodo mínimo cotizado, que se requiere para poder adquirir una pensión contributiva por el resto de su vida. Es decir 5.475 días cotizados para lograr ser acreedor. Además, tendrá que tener al menos dos años de cotización dentro de los 15 años anteriores en el momento que se generé el derecho que es lo que denominan como carencia cualificada o específica.

Esta implica que, si una persona ha cotizado por menos de 15 años en toda su vida, o si ha cotizado los 15 años, pero dos de estos no fueron dentro del periodo de 15 años anterior a su retiro por citar un ejemplo, desde los 52 años en el año 2027, cuando la edad de jubilación legal será a los 67, perderá el derecho que pudo haber tenido de recibir su pensión contributiva, aunque tendrá la opción de acceder a una pensión de tipo asistencial en ciertos casos específicos.

Según la ley para ser acreedor a una jubilación, tiene que pasar “el hecho causante”. Este hecho puede ser:

  • El día que el trabajador termine su actividad laboral, estando en estatus de alta en la Seguridad Social.
  • El día que el trabajador presente su solicitud, en las situaciones semejantes a la de alta en la Seguridad Social, con solo dos excepciones:
  •  En caso de excedencia forzosa, el día que termine el cargo que dio origen a la asimilación
  • En caso de que se trasladé de España, el día que termine sus labores en el trabajo por cuenta ajena.
  • El día que se presente la solicitud, en las situaciones de no alta.

Este año vino cargado de nuevas reformas y cambios en las cuantías que los ciudadanos reciben en sus pensiones, así como en nuevos requisitos para acceder a la jubilación. Desde el 1 de enero, más de 8,5 millones de ciudadanos que cuentan con su pensión, recibieron un aumento en sus cuantías, del 0,25%, el mínimo que la ley de pensiones ha fijado.

El año en curso es el segundo ejercicio en el que se ha venido aplicando el nuevo Índice de Revalorización, este incluye las reformas de las pensiones. Con el alza aplicada en este año, el incremento será de 2,5 euros mensuales. Y para la pensión de jubilación mínima, que es de 600 euros, el incremento será de 1,5 euros. Con dicho porcentaje aumentado, la cantidad de pensión máxima que puede recibir un jubilado esta en los 2.567 euros al mes.

Aquellas personas que sean pensionistas, dejarán de recibir la paga para compensar la desviación del IPC, que solía verse comúnmente en los años previos a la crisis económica.

Índice de Revalorización

El Índice de Revalorización, es aquel factor que afecta directamente la nómina de los pensionistas es un complejo indicador que toma en cuenta para su cálculo, factores como la cuantía de la pensión media por el efecto sustitución, que es la diferencia entre las pensiones que son dadas de baja y las que ingresan en el sistema, el número de personas pensionistas, los ingresos contributivos de los ciudadanos y el gasto de las pensiones. Se pretende siempre, que la revalorización se equilibre presupuestario a lo largo del ciclo. Es decir, que los periodos de crisis económica se compensarían con los periodos de expansión de las actividades económicas.

Esta fórmula tiene únicamente dos límites:

  1. La revalorización mínima garantizada del 0,25% anual para evitar que, en una determinada crisis, como la actual, las pensiones bajen y se dé una subida máxima del IPC
  2. La otra es el 0,5% que debe aplicarse en épocas de bonanza económica.

Mantener el mismo sistema, pero con algunos cambios

En el ejercicio actual se dieron nuevos cambios en los requisitos para ser candidato a una pensión contributiva, cumpliendo la reforma de pensiones, pactada desde el 2013, que obliga a los españoles a tener que trabajar durante más años y cobrar menos pensión, como fórmulas para mantener a flote el sistema de Seguridad Social, que se ha visto sacudido por la crisis que se ha llevado sin piedad a más de 3,7 millones de cotizantes.

Estas reformas pactadas en 2013 han ido retrasando progresivamente la edad final para poder retirarse a los trabajadores españoles que llegaría a los 67 años en 2027. Así, que quienes pretenden jubilarse en el ejercicio actual deben tener cumplidos 65 años y cuatro meses para ser acreedores a la pensión. Hasta el 2018, la edad de jubilación aumentará progresivamente un mes por año, y pasando el 2018 incrementará en dos meses cada ejercicio hasta el 2027 cuando se pactará un nuevo acuerdo.

Para poder acceder a una pensión tendrás que tener por lo menos 35 años cotizando, y por cada trimestre que se adelante respecto a la edad de jubilación oficial, sufrirás una penalización progresiva en la pensión, que va desde el 2% de lo establecido en la base reguladora, si se ha cotizado por menos de 38,5 años, hasta el 1,625% si se ha cotizado por más de 44,5 años.

El retraso en el acceso a la jubilación, antes mencionado tiene ciertas excepciones para no perjudicar a los trabajadores que ya acumulan una larga vida laboral, cotizando en la Seguridad Social, podrán seguir jubilándose con su pensión completamente íntegra a los 65 años de edad, siempre y cuando hayan cotizado 36 años o más.

La generación que se está jubilando en este año, empezó a laborar a temprana edad, por tanto, acumula muchos años de aportaciones al sistema. Pero el serio problema será el que enfrenten los jóvenes actuales, que usualmente empiezan a cotizar más tarde de lo que solían hacerlo sus padres.

Para trabajadores que tengan 65 años o más, su pensión viene determinada por el importe de la base reguladora y el porcentaje que recibirá de pensión dependiendo del número de años cotizados:

Años cotizados Porcentaje de pensión de la base reguladora

  • A los quince años                                        50
  • A los dieciséis años                                     53
  • A los diecisiete años                                   56
  • A los dieciocho años                                   59
  • A los diecinueve años                                62
  • A los veinte años                                         65
  • A los veintiún años                                     68
  • A los veintidós años                                    71
  • A los veintitrés años                                    74
  • A los veinticuatro años                               77
  • A los veinticinco años                                 80
  • A los veintiséis años                                    82
  • A los veintisiete años                                  84
  • A los veintiocho años                                  86
  • A los veintinueve años                                88
  • A los treinta años                                         90
  • A los treinta y un años                                92
  • A los treinta y dos años                              94
  • A los treinta y tres años                              96
  • A los treinta y cuatro años.                        98
  • A los treinta y cinco años o más             100

Desde el 2013 también se abrió un periodo hasta el 2022 en el que el periodo de cotización exigido para calcular la pensión incrementará progresivamente desde los 15 a los 25 años. En cada año a partir de 2013, se le sumará un año hasta cumplir los 25 años antes mencionados para el 2022.

Es por esto que la complicidad de la jubilación es cada vez mayor de soportar para la economía y más complicada de acceder para el ciudadano español.


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